Faltas que ser¨¢n delitos a partir de enero
Una sentencia condena a seis meses a un hombre que golpe¨® varias veces a su mujer, la amenaz¨® y coaccion¨®
"El acusado Jos¨¦ Andr¨¦s R.S. zarande¨® y dio pu?etazos por todo el cuerpo a su mujer y ense?¨¢ndole una navaja cerrada le dijo: 'ves esto, no me jodas que un d¨ªa te corto el cuello". Fue agredida al menos en dos ocasiones m¨¢s, seg¨²n consta en la sentencia que se ha resuelto un caso que se produjo en mayo de 2003 en Valencia.
La secci¨®n tercera de la Audiencia de Valencia ha confirmado una pena que a partir del pr¨®ximo 1 de enero, fecha prevista de entrada en vigor de la Ley Integral contra la Violencia Dom¨¦stica una vez superado el tr¨¢mite en el senado, ser¨ªa muy superior. El autor de los hechos ha sido condenado a seis meses de prisi¨®n, que no cumple, por un delito de malos tratos habituales en el ¨¢mbito familiar. Adem¨¢s, la sentencia confirmada fija una pena de 15 d¨ªas por una falta de amenazas con cuota diaria de 8 euros y como autor de una falta de coacciones a la pena de otros 15 d¨ªas por id¨¦ntica cantidad. La v¨ªctima recibir¨¢ 50 euros de indemnizaci¨®n por las lesiones. Y el condenado tiene prohibida cualquier comunicaci¨®n con ella, lo que es equivalente a una orden de alejamiento.
La nueva norma pretende que no sean levemente castigados episodios que hasta ahora han sido calificados como faltas, se entiende en este caso las de coacciones y amenazas, sino que tendr¨¢n la consideraci¨®n de delito, lo que supondr¨¢ la imposici¨®n de un castigo mayor.
La Ley Integral de Violencia Dom¨¦stica hubiera, adem¨¢s, acelerado los tr¨¢mites para que los hechos hubieran tenido una respuesta m¨¢s r¨¢pida. Los hechos denunciados ocurrieron el 17 de mayo de 2003. La sentencia del juzgado de Lo Penal n¨²mero dos de Valencia tiene fecha del 6 de julio pasado, m¨¢s de un a?o despu¨¦s, porque la denuncia se produjo escasos doce d¨ªas antes de la entrada en vigor de los juicios r¨¢pidos, que hubieran permitido resolver en primera instancia en menos de 15 d¨ªas el contencioso.
La sentencia inicial recog¨ªa que meses despu¨¦s de las agresiones denunciadas, Jos¨¦ Andr¨¦s S. S., que present¨® recurso por supuesta vulneraci¨®n de la presunci¨®n de inocencia, impidi¨® la entrada al domicilio de su mujer y que al menos en dos ocasiones m¨¢s la agredi¨® cogi¨¦ndola del cuello, aunque no constan lesiones".
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