El Tratado de Maastricht forz¨® la primera reforma de la Ley Fundamental
La consulta al Tribunal Constitucional para dirimir si un Tratado Internacional obligaba a la revisi¨®n previa de la Constituci¨®n Espa?ola, prevista en el art¨ªculo 95.2 de la Constituci¨®n, se hizo por primera vez en 1992. El Gobierno socialista de Felipe Gonz¨¢lez pregunt¨® al Tribunal si el Tratado de la Uni¨®n Europea firmado en Maastrich chocaba con alg¨²n aspecto de la Constituci¨®n Espa?ola.
Los magistrados del Tribunal, cuya resoluci¨®n era vinculante para el Ejecutivo, resolvieron que hab¨ªa que modificar el art¨ªculo 13 de la Constituci¨®n Espa?ola para que los ciudadanos de la Uni¨®n Europea residentes en Espa?a pudieran ser elegidos en las elecciones municipales.
El Tribunal Constitucional aprob¨® su resoluci¨®n por unanimidad y el Ejecutivo dej¨® en manos de las Cortes la reforma de la Constituci¨®n Espa?ola en su art¨ªculo 13. Aquella reforma no requiri¨® un refer¨¦ndum por lo que se hizo mediante la tramitaci¨®n de una proposici¨®n de Ley en el Congreso de los Diputados que necesitaba para su aprobaci¨®n un m¨ªnimo de tres quintos (210 votos en el Congreso y 153 en el Senado).
El Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez se resisti¨®, sin embargo, todo lo que pudo, a la reforma de la Constituci¨®n. Primero se apoy¨® en un dictamen del Consejo de Estado para mantener que bastaba una ley org¨¢nica para adaptarse al tratado. Despu¨¦s, en sus escritos al Tribunal Constitucional, aval¨® que se modificara la nacionalidad de los residentes europeos, a efectos electorales. Todo por no cambiar la Constituci¨®n.
El Gobierno acept¨® al final que la reforma se tramitara mediante una iniciativa legislativa de todos los grupos parlamentarios, al considerar que el primer cambio de la Constituci¨®n que se hac¨ªa en Espa?a desde su aprobaci¨®n en 1978 deb¨ªa ser pactada. Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, entonces jefe de la oposici¨®n, apoy¨® esta idea: "No debe ser el Gobierno el que env¨ªe un proyecto de Ley al Parlamento, sino que nazca de un compromiso de todos los grupos pol¨ªticos y se salvaguarde el principio de consenso constitucional".
Todos los grupos parlamentarios firmaron la proposici¨®n de Ley para modificar el art¨ªculo 13.2 de la Constituci¨®n Espa?ola. En el pleno donde se aprob¨® la reforma, celebrado el lunes 13 de julio de 1992, todos los grupos defendieron que para cualquier modificaci¨®n de la Constituci¨®n se exigiera el consenso.
El proceso concluy¨® definitivamente el 26 de agosto de 1992 con la firma del texto de la reforma Constitucional por parte del rey Juan Carlos y el presidente del Gobierno, Felipe Gonz¨¢lez. El Rey y el jefe del Ejecutivo rubricaron el texto en cuatro versiones distintas en otras tantas lenguas oficiales de Espa?a (castellano, catal¨¢n, gallego y euskera). El acto de la firma entre don Juan Carlos y Felipe Gonz¨¢lez se celebr¨® en el Palacio de Oriente con la presencia de las principales autoridades pol¨ªticas y judiciales.
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