Un juez desestima la demanda de una trabajadora contra el IAM
La empleada pidi¨® una reducci¨®n de jornada acumulada en d¨ªas
El Juzgado de lo Social n¨²mero cuatro de M¨¢laga ha desestimado la demanda de Isabel Arroyo, trabajadora del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), por denegarle una reducci¨®n de jornada acumulada en d¨ªas para cuidar de su hija de un a?o. Arroyo, coordinadora del programa ?ptima, que asesora a empresas en acciones para conciliar la vida laboral y familiar, pedir¨¢ el amparo del Tribunal Constitucional.
La demandante, de 43 a?os, solicit¨® por escrito acumular en dos d¨ªas a la semana, lunes y jueves, las dos horas diarias de trabajo resultantes de reducir su jornada a la mitad, menos una hora de lactancia y media hora de desayuno. Arroyo pidi¨® la acumulaci¨®n por dos causas: para evitar el desgaste f¨ªsico y el coste de los desplazamientos diarios desde M¨¢laga, donde reside, hasta Sevilla, donde se desplaz¨® su centro de trabajo desde la centralizaci¨®n del IAM en 2001; y porque como coordinadora del programa ?ptima, ha de visitar empresas en todas las provincias andaluzas, algo imposible en s¨®lo dos horas.
Seg¨²n la sentencia, dictada por el magistrado Ernesto Utrera Mart¨ªn, "no cabe la menor duda de que la propuesta reductora es absolutamente beneficiosa para el menor". "Y es indudable que aceptar una modificaci¨®n del tiempo de trabajo como la que se pretende, el Instituto demandado se significar¨ªa en la defensa de los fines que le dan sentido", como "promover las condiciones para que la igualdad del hombre y la mujer sea real y efectiva".
Pero el magistrado no entra deliberadamente a valorar "consideraciones de tipo personal", por lo que de la interpretaci¨®n de la ley y del convenio colectivo del personal laboral de la Junta, concluye que la jornada es diaria y no semanal, por lo que la reducci¨®n ha de concretarse de forma diaria. Tambi¨¦n prima las razones organizativas alegadas por el IAM.
El abogado y marido de Arroyo, Francisco Luque, critic¨® la "falta de an¨¢lisis y de estudio del problema" de una sentencia "regresiva". Seg¨²n Luque, el magistrado no contempla otros principios existentes para interpretar la norma, como son la realidad social, el esp¨ªritu de la ley o la equidad.
La directora del IAM, Soledad Ruiz, matiz¨® que no se hab¨ªa denegado a Arroyo un derecho, sino que exist¨ªa una controversia sobre c¨®mo realizarlo. Ruiz destac¨® que la sentencia confirma su resoluci¨®n denegatoria, en la que s¨®lo "se aten¨ªa a la legislaci¨®n vigente".
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