Interior halla "abusos de autoridad" en 'ertzainas' fuera de servicio
Una circular interna obliga a actuar s¨®lo ante delitos o emergencias
El Departamento de Interior ha hallado, a trav¨¦s de denuncias y quejas presentadas por un n¨²mero no precisado de ciudadanos, la existencia de agentes de la Ertzaintza que fuera de servicio act¨²an con un claro "abuso de autoridad" o que intentan "prevalerse del cargo" en ¨¢mbitos puramente privados. Una circular remitida a finales de abril pasado por el jefe de Divisi¨®n de Inspecci¨®n General (Asuntos internos), Gervasio Gabirondo, recuerda al resto de jefes de Divisi¨®n que "no debemos olvidar que incluso en nuestra vida privada ostentamos una representaci¨®n que nos obliga a observar un comportamiento digno y adecuado, que no comprometa la imagen de la Ertzaintza y del colectivo".
El jefe de la unidad de Asuntos Internos de la Ertzaintza da credibilidad a las quejas formuladas por ciudadanos en las que se acusa a determinados ertzainas de hacer valer su condici¨®n de agentes del orden, estando fuera de servicio, en el trascurso de incidentes, discusiones o altercados diversos. En la circular Remisi¨®n de informaci¨®n sobre utilizaci¨®n indebida de la documentaci¨®n profesional y conservaci¨®n de la misma, a la que ha tenido acceso este peri¨®dico, Interior recalca que "lejos de constituir un comportamiento necesario y esperable, en la mayor¨ªa de los casos los ciudadanos consideran esta actitud como absolutamente inadecuada y extempor¨¢nea, percibiendo un abuso de autoridad o intento de prevalerse del cargo en un ¨¢mbito puramente privado". Un ¨¢mbito ¨¦ste que, seg¨²n insiste el jefe de Asuntos Internos, es ajeno al del polic¨ªa como agente del orden.
Ante estos "abusos de autoridad" denunciados por ciudadanos, la Inspecci¨®n General ha plasmado en la citada circular de qu¨¦ manera los ertzainas deben trabajar para tener un comportamiento "digno y adecuado" y sobre todo, para que "no comprometa la imagen de la Ertzaintza", una de las fijaciones de Gabirondo desde que se hizo cargo de la unidad de Asuntos Internos. La circular est¨¢ concebida para ser difundida entre los 7.500 agentes.
En principio, un ertzaina que se encuentra fuera de servicio s¨®lo podr¨¢ actuar en calidad de agente de la autoridad ante infracciones penales (delitos o faltas) o en situaciones de emergencia o necesidad, como accidentes de tr¨¢fico, calamidades p¨²blicas o desgracias particulares. Y la orden deja tambi¨¦n claro que "no es procedente" que un polic¨ªa fuera de servicio se identifique ante infracciones de car¨¢cter administrativo. Y pone de ejemplo de este segundo bloque los casos relacionados con el tr¨¢fico y la seguridad vial. Pero donde es rotunda la circular es en los casos en los que un ertzaina traiga a colaci¨®n su condici¨®n de agente para "asuntos estrictamente personales" o para "mediar en conflictos en los que tenemos inter¨¦s, directa o indirectamente" por ser "parte implicada". Lo desautoriza aunque sea de "buena fe" y el agente se sienta "tentado" a hacerlo para resolver o encauzar el conflicto.
"Fuera de servicio somos como cualquier ciudadano, sin m¨¢s ni menos prerrogativas que el resto", concluye, al tiempo que recuerda que exhibir el carn¨¦ profesional sin causa justificada est¨¢ tipificado como falta en el r¨¦gimen disciplinario interno.
La segunda parte de la circular est¨¢ dedicada a la sustracci¨®n, p¨¦rdida o extrav¨ªo de la documentaci¨®n profesional. El jefe de Asuntos Internos, Gervasio Gabirondo, cree que cualquiera de esas situaciones constituye "un grave problema de seguridad p¨²blica de notable trascendencia". Primero, porque puede ser utilizada para cometer delitos, por su posible uso para burlar la seguridad de centros, instituciones y personas y, de nuevo, por su "posible incidencia en la imagen de la Ertzaintza". Y se apostilla en la orden interna que la mayor¨ªa de los supuestos de sustracci¨®n, extrav¨ªo o perdida del carn¨¦ profesional se "suelen producir cuando los ertzainas se hallan fuera de servicio". Como recordatorio, se apunta que, salvo que se porten armas amparadas en el carn¨¦ profesional, la tenencia de la documentaci¨®n profesional ¨²nicamente es obligatoria durante el servicio o en periodos asimilados que no se concretan.
Agentes y deber de residencia
La comunicaci¨®n interna de la Divisi¨®n de Inspecci¨®n General se?ala en su ¨²ltimo apartado algo que, en s¨ª mismo, no est¨¢ exento de cierta contradicci¨®n con las ¨®rdenes que impone para los agentes fuera de servicio. Considera plenamente "compatible" todas las limitaciones atribuidas a los agentes fuera de servicio con la "obligaci¨®n de intervenir siempre en cualquier momento y lugar, incluso fuera de servicio, en defensa de la ley y la seguridad ciudadana, algo recogido en la Ley de Polic¨ªa vasca, de 1992. Y recuerda que un ertzaina fuera de servicio ha de modular su actuaci¨®n y adaptarse de "forma racional y proporcionada" a las circunstancias y medios de que se disponen. "Los cuales, evidentemente, no son los mismos que cuando est¨¢n de servicio", recuerda.
Pero un polic¨ªa, como se?ala la ley, lo es las 24 horas del d¨ªa. En todo momento. ?Cu¨¢l es el ¨¢mbito privado del que habla la circular? De hecho, ese era el argumento utilizado por el consejero de Interior, Javier Balza, frente al sindicato Erne en el Consejo de Polic¨ªa del 4 de agosto de 1999 para negar la posibilidad de que los ertzainas puedan vivir fuera de Euskadi, algo prohibido expresamente por la ley de polic¨ªa vasca. Balza advirti¨® de que no ten¨ªa intenci¨®n de instar a la modificaci¨®n de ese apartado de la ley, como solicitaba el sindicato independiente de la Ertzaintza para, entre otras razones, zafarse de la presi¨®n del entorno de ETA.
Algunos agentes se?alan que, si es posible hacer excepciones a la condici¨®n de polic¨ªa, ese mismo argumento deber¨ªa ser valido para limitar el deber de residencia en Euskadi.
Agentes y deber de residencia
La comunicaci¨®n interna de la Divisi¨®n de Inspecci¨®n General se?ala en su ¨²ltimo apartado algo que, en s¨ª mismo, no est¨¢ exento de cierta contradicci¨®n con las ¨®rdenes que impone para los agentes fuera de servicio. Considera plenamente "compatible" todas las limitaciones atribuidas a los agentes fuera de servicio con la "obligaci¨®n de intervenir siempre en cualquier momento y lugar, incluso fuera de servicio, en defensa de la ley y la seguridad ciudadana, algo recogido en la Ley de Polic¨ªa vasca, de 1992. Y recuerda que un ertzaina fuera de servicio ha de modular su actuaci¨®n y adaptarse de "forma racional y proporcionada" a las circunstancias y medios de que se disponen. "Los cuales, evidentemente, no son los mismos que cuando est¨¢n de servicio", recuerda.
Pero un polic¨ªa, como se?ala la ley, lo es las 24 horas del d¨ªa. En todo momento. ?Cu¨¢l es el ¨¢mbito privado del que habla la circular? De hecho, ese era el argumento utilizado por el consejero de Interior, Javier Balza, frente al sindicato Erne en el Consejo de Polic¨ªa del 4 de agosto de 1999 para negar la posibilidad de que los ertzainas puedan vivir fuera de Euskadi, algo prohibido expresamente por la ley de polic¨ªa vasca. Balza advirti¨® de que no ten¨ªa intenci¨®n de instar a la modificaci¨®n de ese apartado de la ley, como solicitaba el sindicato independiente de la Ertzaintza para, entre otras razones, zafarse de la presi¨®n del entorno de ETA.
Algunos agentes se?alan que, si es posible hacer excepciones a la condici¨®n de polic¨ªa, ese mismo argumento deber¨ªa ser valido para limitar el deber de residencia en Euskadi.
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