Un juez falla que los apartamentos de las cuatro torres del Atrium Beach carecen de c¨¦dula de habitabilidad
Las viviendas de las cuatro torres de apartamentos del complejo Atrium Beach, en La Vila Joiosa, carecen de c¨¦dula de habitabilidad -documento preceptivo que acredita que una vivienda cumple los requisitos m¨ªnimos de uso y solidez exigidos por la normativa-, seg¨²n ha fallado el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n¨²mero 3 de Alicante, Ricardo Est¨¦vez, en una sentencia notificada a las partes el pasado 10 de noviembre.
La empresa promotora del Atrium Beach, Hotel Luna, SA, recurri¨® el acuerdo municipal que rechaz¨® su petici¨®n de obtener los certificados por silencio administrativo positivo -no contestar en plazo legal a una solicitud- y pidi¨® al juez que obligara al Ayuntamiento a emitir certificaci¨®n acreditativa de las c¨¦dulas de habitabilidad de los edificios Atrium Centro Sol, Atrium Centro Playa, Atrium Centro Costa y Atrium Centro Mar.
El Ayuntamiento aleg¨® en el juicio que la primera solicitud de la empresa para obtener las c¨¦dulas y las licencias de primera ocupaci¨®n, de 18 de marzo de 2002, fue archivada por "caducidad", ya que la promotora no present¨® la documentaci¨®n pertinente. En una solicitud posterior, de 24 de febrero de 2003, Hotel Luna volvi¨® a solicitar las acreditaciones, pero la documentaci¨®n, seg¨²n el Consistorio, tambi¨¦n estaba "incompleta".
Entretanto, el Ayuntamiento denunci¨® que la promotora hab¨ªa realizado "obras ilegales", demanda que deriv¨® en la suspensi¨®n de los trabajos y en un requirimiento de legalizaci¨®n. "Pese al certificado de final de obra, ¨¦stas no hab¨ªan concluido", aleg¨® el Ayuntamiento en la contestaci¨®n del recurso.
La representaci¨®n legal del Ayuntamiento asegur¨® que en septiembre de 2004 comunic¨® a Hotel Luna que las obras no se correspond¨ªan con los planos y le pidi¨®, de nuevo, que subsanara la deficiencia.
El juez, sobre la base de una disposici¨®n adicional de la Ley Regularadora de la Actividad Urban¨ªstica (LRAU), entiende que el procedimiento para la concesi¨®n de una licencia s¨®lo ser¨¢ efectivo cuando la petici¨®n vaya acompa?ada de un proyecto t¨¦cnico y de los dem¨¢s documentos indispensables para dotar de contenido la resoluci¨®n.
En este caso, seg¨²n el juez, no hay constancia de que el resultado de una inspecci¨®n de los servicios t¨¦cnicos municipales a las obras "fuese favorable", es decir, que las obras se ajusten a la licencia, y tampoco de que la documentaci¨®n estuviese completa en el momento de la interposici¨®n del recurso.
Un portavoz de la promotora asegur¨® ayer que ¨¦sta no ha recurrido la sentencia y ha optado por iniciar un nuevo procedimiento que incluye, adem¨¢s de la petici¨®n de la c¨¦dula de habitabilidad, la licencia de primera ocupaci¨®n. "El juez ha entendido que ambos documentos [la c¨¦dula de habitabilidad y la licencia de primera ocupaci¨®n) son indisolubles y, por eso, la empresa los solicita a la vez", dijo el portavoz.
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