En memoria de los 'sin nombre'
Los cuatro polizones enterrados en Las Palmas destapan la indefensi¨®n de otros 2.000 que llegaron a Espa?a en tres a?os
Dos formas de escapar, la misma de morir. Eso debi¨® pensar Mar¨ªa M¨¦ndez, que se abalanz¨® este s¨¢bado sobre los 26 f¨¦retros de los cuerpos rescatados sin vida por el buque-hospital Esperanza del Mar a 70 millas (126 kil¨®metros) de la costa de Mauritania, donde d¨ªas antes ya hab¨ªan naufragado y fallecido otros 70 inmigrantes m¨¢s, 1.500 en este a?o, seg¨²n Cruz Roja. Mar¨ªa M¨¦ndez no quiso que estos 26 sin nombre "estuvieran tan solitos en este momento". Tom¨® flores de las cuidadas l¨¢pidas de alrededor, deposit¨® una en cada caja y los acompa?¨® en su entierro, entre los nichos dispersos del cementerio de San L¨¢zaro, de Las Palmas de Gran Canaria.
A pocos metros, otros cuatro sin nombre recib¨ªan sepultura, pero de lujo. Se trata de los cuatro polizones cuyos cuerpos aparecieron sepultados por un valios¨ªsimo cargamento de cacao que viajaba de Costa de Marfil a Turqu¨ªa. Los agentes de la consignataria Stier & Co. les procuraron toda la dignidad posible, cuatro cajas de alta calidad y espl¨¦ndidos ramos de flores. Caso cerrado: sin nombre, sin historia, sin patria, sin familia que los reclame, el avance de la autopsia apunta una muerte "probablemente accidental" a causa de una "parada cardiorrespiratoria".
C¨¢diz, Barcelona y Las Palmas son los puertos espa?oles que m¨¢s polizones reciben
Las mafias chinas declaran como mercanc¨ªa contenedores llenos de inmigrantes
El caso de los cuatro infelices del C-Akabey encierra el drama de los 2.005 polizones que viven presos, recluidos a la fuerza durante a?os, en barcos que hicieron escala en Espa?a entre los a?os 2000 y 2003, obligados por una legislaci¨®n que castiga a quien los encuentra a bordo e impide su desembarco seguro en el puerto m¨¢s cercano. La historia reciente de la navegaci¨®n recuerda los 12 polizones del Victoria, los tres del Manora Nares, los 15 argelinos y el palestino del Isla de los Volcanes, el abandono en alta mar de los cuatro del Wisteria, los seis del Smirna, los seis del Urla y los ocho del African Kalahari. Sin olvidar los muertos del Tinsdal, del Sea Lion, del Mc Ruby. Parte de lo que pudieron vivir a bordo queda reflejado en la pel¨ªcula Cargo, dirigida por Clive Gordon, a¨²n en las pantallas.
Entre los a?os 2000 y 2003 llegaron a puertos espa?oles 2.303 polizones, 26 de ellos menores, de los que 2.005 continuaron su viaje a bordo del buque, inform¨® Javier Galparsoro, presidente del Comit¨¦ Espa?ol de Ayuda al Refugiado (CEAR) en el Pa¨ªs Vasco. Sin la asistencia letrada que s¨ª reciben los llegados en pateras y cayucos al Estrecho o Canarias, s¨®lo 192 polizones llegaron a solicitar asilo, aunque ¨²nicamente a 61 se les admiti¨® a tr¨¢mite, y 24 fueron repatriados, seg¨²n la informaci¨®n suministrada por el Gobierno al diputado socialista Antonio Hernando. La estad¨ªstica de esta ONG se?ala que los puertos con mayor presencia de polizones son C¨¢diz (con un 27% del total), Barcelona (25%) y Las Palmas (15%).
Los responsables de Stier & Co. en Las Palmas rechazaron la posibilidad de que el capit¨¢n se hubiera deshecho de los cuerpos y no hubiera comunicado el macabro hallazgo al armador. Desembarazarse de estos cuerpos sin nombre "no ocurre", es "una pr¨¢ctica totalmente fuera de la legalidad, no es utilizada y no es una opci¨®n para la tripulaci¨®n", declar¨® a este peri¨®dico Cristophe Moreno, portavoz de Stier Shipagency en el puerto de Las Palmas. Esta compa?¨ªa, representante de la mayor¨ªa de los clubes P & I (siglas de Protecci¨®n e Indemnizaci¨®n, que cubren los gastos a terceros de los armadores), manifiesta su inter¨¦s en que cambie la legislaci¨®n actual y se permita desembarcar los polizones en el puerto m¨¢s cercano. Seg¨²n Moreno, "adem¨¢s de un problema administrativo", este colectivo "representa un grave problema para las tripulaciones de los buques" y constituye "un asunto muy complicado y costoso para la industria mar¨ªtima".
En alta mar, el descubrimiento de un poliz¨®n puede suponer a bordo "una amenaza posible por su violencia, la obligaci¨®n de estar recluidos en todo momento bajo llave" sacrificando una de las habitaciones o compartimentos, la obligaci¨®n de atenderlos y alimentarlos como un tripulante m¨¢s, peligro de enfermedad o contagio. Para el capit¨¢n y el armador, cada escala en un puerto supone una multa por tener un poliz¨®n a bordo. Si su presencia no se declara y se descubre durante la escala, la multa es mayor. Algunos pa¨ªses imponen la contrataci¨®n de vigilantes locales, cuyo coste debe asumir la naviera. En Alemania, se custodia en tierra y se reembarca en el momento de zarpar. Si escapa, el capit¨¢n es detenido y el barco no puede partir. La multa llega a los 360.000 euros en Espa?a. "Algunos llegan a perder la raz¨®n" despu¨¦s de a?os confinados en el barco, asegura Cristophe Moreno.
El portavoz de Stier & Co. afirma que los polizones embarcan por razones de supervivencia, buscan cualquier escondite, desde cajas de cadenas hasta sentinas de la sala de m¨¢quinas o la plataforma del radar o la caja exterior del tim¨®n en el exterior del casco, pero, en especial las bodegas de carga, donde muchos, como los del C-Akabey mueren aplastados o asfixiados por la falta de ox¨ªgeno.
Los nav¨ªos asegurados por Stier & Co. tienen bien marcadas las ¨¢reas de alto riesgo de embarque de polizones: Marruecos, ?frica Occidental, Argelia, ?frica del Sur, Tanzania, Europa del este, China y Colombia. En China se han encontrado con que las redes de la inmigraci¨®n clandestina declaran contenedores llenos de personas con agujeros para respirar como carga de cualquier tipo para eludir los controles.
La Convenci¨®n de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar de 1982 a?ade a¨²n m¨¢s incertidumbre sobre los polizones: "La jurisdicci¨®n criminal del Estado costero no se ejercer¨¢ a bordo de un barco extranjero que transite por las aguas territoriales para arrestar a ninguna persona o para llevar a cabo ninguna investigaci¨®n en relaci¨®n con cualquier crimen cometido a bordo del barco durante la traves¨ªa, excepto en los siguientes casos: (a) si las consecuencias del crimen se extienden al Estado costero; (b) si el crimen es de una naturaleza que perturbe la paz del pa¨ªs o el buen orden del agua territorial; (c) si se ha solicitado la asistencia de las autoridades locales por el capit¨¢n del barco o por un agente diplom¨¢tico o consular del Estado de la bandera; o (d) si tales medidas son necesarias para la supresi¨®n de tr¨¢fico il¨ªcito en narc¨®ticos o sustancias psicotr¨®picas".
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