Estatuto de tercera generaci¨®n
El nuevo Estatuto es por fin el Estatuto de los valencianos. Un Estatuto debatido, negociado y acordado en las Cortes Valencianas antes y despu¨¦s de la aprobaci¨®n reservada a las Cortes espa?olas. A diferencia del Estatuto de 1982, la carta magna que acabamos de darnos los valencianos y valencianas, rompe con un lastre que ha acompa?ado a aquel, como era la sensaci¨®n de que nos hab¨ªamos quedado un escal¨®n por debajo de las nacionalidades eufem¨ªsticamente llamadas "hist¨®ricas". Esa diferencia cualitativa nos obligaba a un esfuerzo suplementario. Con el nuevo Estatuto se abandona la secundarizaci¨®n y nos situamos donde siempre deb¨ªamos haber estado.
Los parlamentos, el valenciano y el espa?ol, han ejercido su soberan¨ªa en un momento en que cabe separar muy n¨ªtidamente lo que son esperanzas o expectativas de lo que son resultados palpables. El Estatuto valenciano es una realidad que nos garantiza un futuro de solidaridad con el resto de comunidades aut¨®nomas. Refuerza nuestra capacidad de autogobernarnos al asumir la capacidad de disolver las Cortes y fortalece la capacidad del Presidente del Consell para ordenar y organizar el gobierno de todos los valencianos. El nuevo Estatuto sit¨²a, adem¨¢s, en la parrilla de salida un paquete legislativo de futuro, de car¨¢cter social e hist¨®rico, hace un expl¨ªcito reconocimiento de instituciones surgidas a lo largo de estos a?os de gobierno popular como es el caso de la Acad¨¨mia Valenciana de la Llengua, e incorpora derechos b¨¢sicos de ciudadan¨ªa como es la renta m¨ªnima. La gran mayor¨ªa de los valencianos y valencianas hemos apostado por un Estatuto de largo alcance con el horizonte situado en los derechos de tercera generaci¨®n
Como acostumbra a ocurrir en estas situaciones, el ¨¢rbol no debe tapar el bosque. El acuerdo final no debe hacernos olvidar las dificultades por las que ha transitado el proceso negociador, algunas de ellas aut¨¦nticos ¨®rdagos para la ruptura. El sentido com¨²n y el esfuerzo de meses no se correspond¨ªan con las propuestas planteadas por el PSPV-PSOE tras el acuerdo alcanzado y rubricado en las Cortes Valencianas y que pretendieron esquilmar mediante regate corto en Madrid. El gui?o del PSPV-PSOE a sus futuros socios de oposici¨®n, no justificaba una ruptura, por otro lado, anunciada si desandaban el camino andado: quien se hab¨ªa autoexcluido del proceso de reforma, como era EU, no pod¨ªa convertirse en ¨¢rbitro de una coyuntura a la que la posici¨®n de debilidad del PSPV-PSOE, en aras de su futura estrategia electoral, le diese alas. Al final, la claridad de ideas y la robustez del programa presentado al principio de la legislatura por el presidente Francisco Camps recondujo la situaci¨®n hacia el sentido com¨²n.
La senda transitada ha dado sus resultados. Unos resultados democr¨¢ticos, pol¨ªticos, sociales y c¨ªvicos. Al contrario de lo ocurrido en otras comunidades que han iniciado este proceso de reforma estatutaria, el PP de la Comunidad Valenciana ha mostrado su capacidad para conducir este proceso desde la responsabilidad, la capacidad de liderazgo y, al mismo tiempo, la fortaleza de los derechos de la ciudadan¨ªa.
A nadie se le escapa que el Estatuto valenciano, el antiguo y el nuevo, es la norma m¨¢xima de nuestra convivencia junto con la Constituci¨®n. All¨ª se recogen nuestros derechos y obligaciones, y tambi¨¦n nuestra identidad y nuestra capacidad para autogobernarnos como resultado de una realidad hist¨®rica de presente en la que ciudadanos y ciudadanas asumimos nuestra responsabilidad mediante los derechos y obligaciones civiles.
En este contexto cabe situar la importancia del paso que acabamos de dar en las Cortes Valencianas. La Comunidad Valenciana gracias a la pol¨ªtica del doble consenso, mayoritario aqu¨ª y mayoritario en las Cortes Espa?olas, nos permite avanzar por espacios de progreso que las circunstancias nos hab¨ªan hurtado en otros momentos. El presidente Camps y los representantes del PP, tanto en la Comunidad Valenciana como en Madrid, han sabido llevar adelante y desatascar un proceso negociador arduo sin abandonar la mirada de un horizonte que no era otro que disponer de las m¨¢ximas competencias de autogobierno sin por ello poner en peligro la convivencia y la solidaridad con el resto de pueblos de Espa?a.
Los cambios en pol¨ªtica acostumbran a ganar nitidez con la perspectiva. Al contrario de lo que ocurre en otros ¨¢mbitos de la realidad social o personal. Y con perspectiva de futuro habr¨¢ que analizar un Estatuto que pone el ¨¦nfasis en los derechos de tercera generaci¨®n. Una vez garantizados los derechos de primera generaci¨®n, hoy transformados en derechos fundamentales, como son la libertad o la vida, una de las grandes revoluciones de nuestra democracia fue incorporar con car¨¢cter universal derechos como la educaci¨®n y la sanidad. Son los llamados derechos de segunda generaci¨®n, equiparados en la pr¨¢ctica a los primeros.
La tercera gran asunci¨®n de derechos proviene de ¨¢mbitos hasta ahora considerados perif¨¦ricos como el medio ambiente, la vivienda, el desarrollo sostenible o la garant¨ªa ante las situaciones de dependencia. Algunos de estos derechos han ocupado una parte importante de los objetivos de este gobierno durante los ¨²ltimos a?os y ello nos permite acometer tal asunci¨®n de derechos desde una posici¨®n de mayor fortaleza en una perspectiva temporal relativamente corta. Trabajar para que esta tercera generaci¨®n de derechos incremente el bagaje c¨ªvico de los ciudadanos y ciudadanas de esta Comunidad es un objetivo que podr¨¢ alcanzarse con el nuevo Estatuto y la colaboraci¨®n de los grupos pol¨ªticos.
Todos estos derechos han sido objeto de pol¨ªticas concretas por parte de la Generalitat, como campos de acci¨®n p¨²blica establecidos en la Constituci¨®n, y ahora el Estatuto los recoge como derechos ciudadanos. Podemos decir que el Estatuto da un paso m¨¢s. Por ejemplo, en el caso de las cat¨¢strofes naturales (art. 14), se establece el derecho a prever y minorar las cat¨¢strofes, lo mismo ocurre con la vivienda (art. 16), el derecho a disponer de abastecimiento de agua (art. 17.1), el derecho al medio ambiente seguro, sano y ecol¨®gicamente equilibrado (art. 17.2) y finalmente la exigencia, por primera vez, de un modelo territorial sostenible y equitativo no solo con el presente sino con las generaciones futuras.
En estos casos, la pol¨ªtica que est¨¢ llevando a cabo la Consejer¨ªa de Territorio y Vivienda ha sido fundamental para que todos estos derechos tengan un largo camino recorrido a¨²n antes de la entrada en vigor del Estatuto.
En el caso de las competencias, el t¨ªtulo IV consagra como competencia exclusiva de "ordenaci¨®n del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda" (art. 49.9), as¨ª como los montes y espacios naturales (art. 49.11). De este modo refuerza los pronunciamientos que ha habido del Tribunal Constitucional sobre estas materias.
Si en el Estatuto de 1982 una de las prioridades era sentar las bases para una convivencia s¨®lida entre los valencianos, ahora, en 2006 el objetivo es y as¨ª debe ser consolidar e incrementar nuestra capacidad de desarrollarnos de una manera sostenible.
Rafael Blasco Castany es Consejero de Territorio y Vivienda.
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