Un juzgado de lo social condena a la Iglesia a indemnizar a un docente de religi¨®n despedido
El Gobierno canario, tambi¨¦n sancionado por "da?os morales", dice que obedece ¨®rdenes
"Una conducta violadora de los derechos fundamentales". As¨ª reza la ¨²ltima sentencia de los juzgados de lo social de Las Palmas contra el Gobierno y el Obispado canarios, por despedir esta vez al profesor de religi¨®n y moral cat¨®lica Mart¨ªn Domingo Su¨¢rez Quesada. Obispado y Gobierno deber¨¢n indemnizar a este docente con 6.010,12 euros por los "da?os y perjuicios morales y de imagen". La sentencia del Juzgado de lo Social n¨²mero 6 de Las Palmas condena, adem¨¢s, a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n a readmitirlo por segunda vez en su puesto de trabajo.
Esta sentencia, dada a conocer la semana pasada por la Confederaci¨®n Canaria de Trabajadores, colma a¨²n m¨¢s la paciencia de los juzgados de lo social de Las Palmas, porque "encaja como anillo al dedo a lo referido sobre la vulneraci¨®n del derecho de garant¨ªa de indemnidad que la Constituci¨®n considera fundamental", dice en uno de sus fundamentos jur¨ªdicos.
Hace apenas un mes, el 3 de abril pasado, se hizo p¨²blico que la tambi¨¦n profesora de religi¨®n Araceli G¨®mez Ja¨¦n hab¨ªa ganado su quinto pleito consecutivo al Gobierno y al Obispado de Canarias "por despido nulo y vulneraci¨®n de derechos fundamentales". Adem¨¢s de tener que pagar una vez m¨¢s los salarios dejados de percibir por esta docente desde septiembre pasado -a raz¨®n de 3.001,02 euros mensuales-, la Consejer¨ªa de Educaci¨®n tambi¨¦n era conminada, en aquel caso por la magistrada Mar¨ªa de los ?ngeles Cort¨¦s Vida, del Juzgado de lo Social n¨²mero 2 de Las Palmas, "a la readmisi¨®n inmediata" de la despedida y a indemnizarla de nuevo con 3.000 euros por "el da?o moral ocasionado y la reparaci¨®n de la alteraci¨®n psicol¨®gica producida".
Los hechos probados en este nuevo caso de abuso laboral dicen que el docente Su¨¢rez Quesada ha prestado servicios para la Consejer¨ªa de Educaci¨®n desde 1993, como profesor de religi¨®n, hasta que fue despedido en el curso 2005. Iniciado inmediatamente un pleito por supuesto despido nulo, se estim¨® su demanda "por vulneraci¨®n del derecho de libertad sindical", primero, y tambi¨¦n otro posterior por "vulneraci¨®n del derecho al honor", adem¨¢s de las correspondientes indemnizaciones por valor de 3.000 euros. Pese a ello, el docente no fue contratado para este curso.
En sus fundamentos jur¨ªdicos, la juez ?lvarez del Vayo sostiene que el Obispado y la Consejer¨ªa de Educaci¨®n no justificaron sus actos contra el docente despedido, habiendo "indicios de que el no nombramiento obedece a un m¨®vil contrario al derecho de la tutela judicial efectiva reconocida en el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n". A?ade: "Constatando la existencia de indicios razonables y no habiendo los demandados ni siquiera intentado probar una justificaci¨®n objetiva y razonable de la medida adoptada, ha de concluirse que fue la acci¨®n de despido planteada [la actividad sindical] la verdadera raz¨®n por la que el obispado no procedi¨® a la renovaci¨®n de su contrato".
La novedad de esta sentencia es que la indemnizaci¨®n solicitada por el demandante debe ser satisfecha tambi¨¦n por el obispado, adem¨¢s de por la Consejer¨ªa de Educaci¨®n, porque ¨¦sta ha justificado su actuaci¨®n "con el simple argumento de que s¨®lo 'obedece ¨®rdenes del obispado", seg¨²n sostiene la Intersindical Canaria.
La sentencia tambi¨¦n considera l¨®gicos los temores del profesor Su¨¢rez Quesada a "futuras represalias (da?os morales en sentido amplio), as¨ª como el da?o a su imagen", en el momento de decidir la indemnizaci¨®n que debe percibir, por valor de 6.010,12 euros. "Del pago de dicha suma", a?ade, "es responsable, adem¨¢s del empleador [la Consejer¨ªa educativa], el Obispado, pues es quien genera la situaci¨®n contraria a derecho", resuelve la juez. Tambi¨¦n ordena a los condenados a pagar los salarios dejados de recibir por el docente.
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