La asociaci¨®n de Pilar Manj¨®n ser¨¢ acusaci¨®n en el juicio del 11-M
La Audiencia Nacional acord¨® ayer admitir a la Asociaci¨®n 11-M Afectados por Terrorismo, que preside Pilar Manj¨®n, como acusaci¨®n particular en la causa que se investiga los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid, en los que murieron 191 personas y m¨¢s de 1.500 resultaron heridas. En un auto notificado ayer, la secci¨®n cuarta de la Sala de lo Penal estima as¨ª el recurso presentado contra la decisi¨®n del juez Juan del Olmo, quien no hab¨ªa admitido la personaci¨®n de esta asociaci¨®n en la causa. Del Olmo argumentaba que no consta que la asociaci¨®n "se persone en nombre de alguno de los perjudicados".
El juez le daba la opci¨®n de adherirse a la acusaci¨®n que ejerce la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo, aceptada en 2004. Con la decisi¨®n de ayer, la asociaci¨®n de Pilar Manj¨®n podr¨¢ ser una segunda acusaci¨®n popular, con voz propia independiente de la AVT. Las diferencias entre ambos colectivos llevaron a la Asociaci¨®n 11-M incluso a manifestarse frente a la Audiencia Nacional.
El magistrado s¨ª estaba dispuesto a aceptar como acusadores particulares, a t¨ªtulo individual, a cada uno de los socios de la asociaci¨®n de Pilar Manj¨®n, siempre que figuraran en el listado de perjudicados de que dispone el Juzgado. Del Olmo sosten¨ªa que no le constaba que los afectados pertenecientes a la Asociaci¨®n 11-M hubieran conferido a la misma capacidad jur¨ªdica para actuar en su nombre.
Voluntad clara
La sala, sin embargo, entiende que basta con leer la petici¨®n que present¨® la asociaci¨®n -que comenzaba diciendo "las personas que firmamos el presente escrito, como miembros de la Asociaci¨®n 11-M Afectados por el Terrorismo, venimos a personarnos como acusaci¨®n particular..."- para que quede clara su voluntad. El tribunal asegura que la frase que encabeza el escrito "es suficientemente clara como para exigir cualquier otra manifestaci¨®n de voluntad espec¨ªfica de los afectados a favor de la indicada asociaci¨®n".
La posibilidad que se hab¨ªa ofrecido hasta ahora a los familiares o afectados para personarse era la delegaci¨®n de poderes en la asociaci¨®n. Seg¨²n el auto, "no es necesario" que deleguen poder especial alguno a favor de la agrupaci¨®n de afectados ni tampoco que comparezcan ante el juzgado para ratificar la personaci¨®n de la asociaci¨®n de perjudicados por los atentados.
Desestima el auto la pretensi¨®n del juez Del Olmo de precisar qui¨¦nes son realmente los perjudicados, por lo dif¨ªcil que ser¨ªa establecer un criterio sobre las sucesivas personaciones, ya que hay "multiplicidad de personaciones efectuadas por varios miembros de una misma familia en la que hubo fallecidos o lesionados". La sentencia pospone este asunto al momento en el que se dicte sentencia, que ser¨¢ cuando el tribunal tendr¨¢ que decidir "sobre cada una de las pretensiones" de los afectados.
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