"Un documento que nunca fue oficial y jam¨¢s fue autentificado"
Este es el contenido del auto del juez Baltasar Garz¨®n con el que imputa a los tres peritos que vincularon ETA y el 11-M.
Hechos.
Primero. En el d¨ªa de ayer se convocaron como testigos para prestar declaraci¨®n en esta causa, entre otros, a Isabel L¨®pez Cidad, Pedro Manrique Manrique y Manuel Escribano, peritos policiales que elaboraron el informe 48-Q3-05 de fecha 21 de marzo de 2005 sobre an¨¢lisis de ¨¢cido b¨®rico hallado en el domicilio de Hassan El Haski, preso en esta causa por integraci¨®n en organizaci¨®n terrorista, y lo presentaron al Jefe de Secci¨®n D. Francisco Ram¨ªrez quien, al discrepar del contenido del documento, que, en ese momento ten¨ªa el car¨¢cter de documento interno no oficial en la Comisar¨ªa General de Polic¨ªa Cient¨ªfica, le indic¨® al Sr. Escribano que deb¨ªan reelaborarlo, eliminando las observaciones que conten¨ªa al extralimitarse de lo que se les hab¨ªan solicitado y responder esas observaciones a opiniones subjetivas y faltas de consistencia; al negarse a modificar el informe presentado los tres peritos, el Sr. Escribano le sugiri¨® al Sr. Ram¨ªrez que reasignase el caso a otro perito, sin que conste que le devolvieran su informe original.
El Sr. Ram¨ªrez se reasign¨® a s¨ª mismo el caso como perito, lo cual estaba dentro de sus competencias como Jefe de Secci¨®n a la vez que recibi¨® de manos del Sr. Escribano copia del informe en un archivo en Word, que ha sido aportado por el Sr. Ram¨ªrez en el d¨ªa de la fecha, para que pudiera trabajar con el mismo, lo que efectivamente hizo redactando el informe oficial el 22 de marzo de 2005, sin incluir las observaciones, remiti¨¦ndose a la Comisar¨ªa General de Informaci¨®n, organismo peticionario (Unidad Central de Informaci¨®n Exterior).
En el d¨ªa de ayer, 28.09.06, en el curso de la declaraci¨®n de la testigo-perito Isabel L¨®pez Cidad ¨¦sta present¨® un documento consistente en una copia del documento de 21.03.05, que coincide con el publicado en el diario El Mundo del d¨ªa 21.09.06, y, que dio inicio a una serie de actuaciones judiciales, tras ser presentado en el JuzgadoCentral de Instrucci¨®n n¨²mero 6.
El referido documento, lo presentaron como elaborado y correspondiente al documento de 21.03.05, sin advertir inicialmente que dicho documento hubiera sido realizado en otra fecha. Lo cierto es que el informe hab¨ªa sido extra¨ªdo el d¨ªa 11 de julio de 2006 de su archivo inform¨¢tico por el Sr. Escribano y firmado por ¨¦l y por los otros dos peritos el mismo 11 de julio pero con fecha 21.03.05, presentando una copia al Sr. Andradas, responsable jer¨¢rquico de los tres, sin advertirle de la alteraci¨®n que simulaba la fecha de firma y creaci¨®n del documento.
Razonamientos jur¨ªdicos. Los hechos relatados de los que se tuvo conocimiento en el d¨ªa de ayer en el transcurso de las declaraciones testificales acordadas, hasta este momento procesal desvelan la posible comisi¨®n de un delito de falsedad, del art. 390.-2 del C. Penal producido en documento oficial, en tanto que ha sido presentado como tal en este Juzgado en el d¨ªa de ayer, y previamente, a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n, ha tenido acceso a varios organismos judiciales.
El documento de fecha 21 de marzo de 2005 que aparece publicado en el diario El Mundo del d¨ªa 21 de septiembre y que ha sido reconocido por los peritos Isabel L¨®pez Cidad, Pedro Manrique Manrique y Manuel Escribano Escribano y que responde a la identificaci¨®n de 48-Q3-05 aportado por el Ministerio Fiscal y en el d¨ªa de ayer por Isabel L¨®pez Cidad fue extra¨ªdo de un archivo inform¨¢tico por el Sr. Escribano y firmado el d¨ªa 11 de julio de 2006 por los tres peritos, para ser entregado por medio de fotocopia al Sr. Andradas, Jefe de la Unidad de An¨¢lisis Cient¨ªfico de la Comisar¨ªa General de Polic¨ªa Cient¨ªfica en ese mismo d¨ªa, como as¨ª consta en el documento o "recib¨ª" que el Sr. Andradas les firm¨® en ese mismo d¨ªa, sin que en ning¨²n momento aludieran los ahora imputados a que no era el documento entregado por ellos el 21 de marzo de 2005 sino otro preparado al efecto en el mes de julio de 2006. Con ello, queda, indiciariamente acreditada la intenci¨®n de producir un efecto oficial de un documento, que nunca lo fue y que jam¨¢s fue autentificado con los sellos oficiales de la Comisar¨ªa General Polic¨ªa Cient¨ªfica, en un momento posterior (un a?o y casi 4 meses despu¨¦s). Con la presentaci¨®n del documento en este Juzgado en el d¨ªa de ayer y, con la pr¨¢ctica de las diligencias del d¨ªa de hoy, no queda otra alternativa que la de cambiar la condici¨®n de testigos de Isabel L¨®pez Cidad, Manuel Escribano Escribano y Pedro Manrique Manrique a la de imputados, para prevenir sus Derechos y poder practicar las diligencias que correspondan con asistencia de letrados de su libre designaci¨®n, suspendi¨¦ndose la declaraci¨®n que como testigos deb¨ªa tener lugar en el d¨ªa de hoy.
Vistos los art¨ªculos citados y dem¨¢s de general y pertinente aplicaci¨®n
Parte dispositiva. Se acuerda suspender las declaraciones testificales de Isabel L¨®pez Cidad, Manuel Escribano Escribano y Pedro Manrique Manrique y tenerlos por imputados en esta causa, por un presunto delito de falsedad en documento oficial.
Se acuerda citar a los anteriores para que comparezcan en este Juzgado el d¨ªa 18 de octubre de 2006 a fin de recibirles declaraci¨®n, debiendo comparecer con letrado(s) que les asista, se?al¨¢ndose para la Sra. Isabel L¨®pez Cidad la hora de las 10 de su ma?ana, para el Sr. Pedro Manrique las 10,30 de su ma?ana y para el Sr. Escribano Escribano las 11 horas de su ma?ana.
As¨ª por este auto, lo acuerda, manda y firma Don Baltasar Garz¨®n Real, Magistrado de este Juzgado Central de Instrucci¨®n n¡ã 5 de la Audiencia Nacional; doy fe.
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