El Consell valid¨® 25 PAI en Alicante sin el informe sobre abastecimiento de agua
Los proyectos urban¨ªsticos autorizados prev¨¦n 30.000 nuevas casas y 90.000 habitantes
Ninguno de los 25 PAI (Programas de Actuaci¨®n Integrada) aprobados por el Consell entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de octubre pasado en Alicante incluye el preceptivo informe del confederaci¨®n hidrogr¨¢fica competente -J¨²car o Segura- sobre la disponibilidad de agua para cubrir el abastecimiento de la futura poblaci¨®n. Los planes urban¨ªsticos (en total, 30.000 nuevas casas y 90.000 habitantes) tambi¨¦n carecen del obligatorio informe sobre la existencia de recursos h¨ªdricos de la direcci¨®n general de Recursos Hidr¨¢ulicos de la Consejer¨ªa de Infraestructuras.
Los ayuntamientos aportan estudios con previsiones para los primeros 50 habitantes
La Ley de Aguas (art¨ªculo 25.4 reformado el 22 de junio de 2005) establece como obligatorio la emisi¨®n de un informe previo de la confederaci¨®n hidrogr¨¢fica en el caso de los planes urban¨ªsticos que planteen nuevas demandas de agua. En el informe, el organismo de cuenca debe pronunciarse de manera "expresa" sobre la existencia o inexistencia de recursos h¨ªdricos suficientes. Con anterioridad a la reforma, la norma recog¨ªa la necesidad de que el organismo de cuenca informara sobre la compatibilidad de los planes urban¨ªsticos con los planes hidrol¨®gicos de cuenca.
Un estudio elaborado por el grupo Ecologistas en Acci¨®n del Pa¨ªs Valenciano refleja que ninguno de los 25 planes urban¨ªsticos autorizados en los dos ¨²ltimos a?os en Alicante por la Consejer¨ªa de Territorio y Vivienda (en el caso de los municipios de m¨¢s 50.000 habitantes o la Comisi¨®n Territorial de Urbanismo, para las localidades con una poblaci¨®n inferior) incluye el preceptivo informe especifico del organismo de cuenca correspondiente sobre la disponibilidad de agua para garantizar el abastecimiento de la futura poblaci¨®n. S¨®lo uno de los PAI, el de la Serreta, en plena huerta del t¨¦rmino municipal de La Nucia, cuenta con el mencionado dictamen preceptivo de la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del J¨²car, pero en este caso negativo.
En la mayor¨ªa de planes ya aprobados definitivamente, la ausencia de los informes del organismo de cuenca se sustituyen o contraponen por otros de empresas colaboradoras (Mancomunidad de Canales del Taibilla y Consorcio de Aguas de La Marina Baixa), o simplemente mediante la aprobaci¨®n por parte de los plenos de los ayuntamientos de un "informe de disponibilidad de recursos h¨ªdricos", elaborados al margen de los organismos competentes.
El caso del PAI de la Serreta es un ejemplo palmario de esta situaci¨®n. El plan, que prev¨¦ 3.834 nuevas casas, fue aprobado definitivamente el pasado 6 de mayo, pese a que el informe de la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del J¨²car recog¨ªa que no estaba justificada la procedencia de los recursos h¨ªdricos necesarios para el abastecimiento de la poblaci¨®n y el riego del campo del golf. El informe tambi¨¦n constataba que no estaba acreditada la capacidad para la depuraci¨®n de las aguas residuales generadas. Sin embargo, el Consorcio de Aguas de La Marina Baixa, en contra de la opini¨®n de la Confederaci¨®n, inform¨® favorablemente el proyecto en cuanto al suministro de agua y capacidad de depuraci¨®n. Este programa tambi¨¦n es objeto de un expediente por parte de la Confederaci¨®n por una supuesta invasi¨®n de suelo de dominio hidr¨¢ulico.
En cuanto a los informes de empresas colaboradas, alternativos a los del organismo de cuenca, elaborados en la mayor¨ªa de los casos por la Mancomunidad de Canales del Taibilla, los ecologistas subrayan que s¨®lo garantizan el suministro a los primeros 50 habitantes. Un ejemplo de esta f¨®rmula alternativa, es el Plan Parcial Sector Norte de Torrevieja, con 3.149 viviendas, cuyo apartado relativo a los recursos h¨ªdricos dice textualmente: "De la Mancomunidad de Canales del Taibilla, informe de fecha 15 de julio de 2002 en el que se refleja el d¨¦ficit de recursos hidr¨¢ulicos asignados al organismo para el cumplimiento de sus fines, e indicando que la actuaci¨®n en el sector se limitar¨¢ al establecimiento de una dotaci¨®n inicial correspondiente a 50 habitantes, pudiendo aumentarse escalonadamente en el futuro de acuerdo con las necesidades reales existentes y los recursos de agua disponibles seg¨²n los planes establecidos por el organismo". "?Qu¨¦ pasar¨¢ con los restantes habitantes residentes de ese sector, casi 10.00, tendr¨¢n garantizada el agua o depender¨¢ de que los recursos globales aumenten en el futuro, cuando se construya una nueva desaladora o se apruebe un determinado trasvase?", se pregunta Carlos Arribas, portavoz de Ecologistas en Acci¨®n en Alicante.
El grupo conservacionista destaca, por otra parte, que la legislaci¨®n auton¨®mica establece como obligatoria la emisi¨®n de un informe de la direcci¨®n general de Recursos Hidr¨¢ulicos para garantizar la existencia de recursos h¨ªdricos y la capacidad de depuraci¨®n de las aguas residuales generadas en las futuras urbanizaciones. Sin embargo, en s¨®lo uno de los 25 PAI aprobados por el Consell en los dos ¨²ltimos a?os en Alicante hay un informe gen¨¦rico de ese departamento dependiente de la consejer¨ªa que dirige Jos¨¦ Ram¨®n Garc¨ªa Ant¨®n, valido por el extremo de la depuraci¨®n. Pero en ninguno hay informe de esa Direcci¨®n General sobre la disponibilidad de agua.
Entre esos planes urban¨ªsticos hay algunos de gran relevancia como el PAU-21 de Orihuela -con 2.286 viviendas y 6.858 habitantes-, el RS-11 del R¨ªo Algar en Altea -5.755 viviendas y 17.000 habitantes- y el Plan Parcial Sector La Asomada (Norte y Sur) -2.250 viviendas y 7.268 habitantes- con una afecci¨®n cr¨ªtica a suelos con importantes valores ambientales.
El colectivo Ecologistas en Acci¨®n asegura que la ausencia de esos informes constata la "desobediencia" de la Administraci¨®n auton¨®mica a la Ley de Aguas. "Estos informes de los organismos de cuenca son ignorados o se sustituyen por otros informes favorables de entidad colaboradora autorizada, tal como contempla la nueva redacci¨®n de la Ley de Ordenaci¨®n del Territorio, dada por la Ley Urban¨ªstica Valenciana de 31 de diciembre de 2005", afirma Arribas.
El ecologista conf¨ªa en que el informe de la Administraci¨®n Hidr¨¢ulica previsto en el art¨ªculo 25 del Proyecto de Ley de Suelo para constatar la existencia de recursos h¨ªdricos para satisfacer las nuevas demandas "corra mejor suerte que el hasta ahora exigido por la Ley de Aguas", precisa.
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