Ley de cajas: la hora de su reforma
La LORCA, o lo que es lo mismo, la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulaci¨®n de las Normas B¨¢sicas sobre ?rganos Rectores de las Cajas de Ahorro, naci¨® con la pretensi¨®n de alcanzar tres objetivos: la democratizaci¨®n de sus ¨®rganos de gobierno, su gesti¨®n eficaz a trav¨¦s de criterios profesionales y la adaptaci¨®n de la normativa a la estructura territorial del Estado surgida de la Constituci¨®n.
Por su parte las Comunidades Aut¨®nomas, casi en su totalidad, en ejercicio de las competencias atribuidas en sus estatutos, han realizado desarrollos normativos del marco estatal b¨¢sico contenido en la Ley 31/ 1985.
En la Comunidad Valenciana, la modificaci¨®n de la ley 1/1990 de Cajas de Ahorros realizada por el gobierno del PP en 1997, supuso reducir la representaci¨®n en sus ¨®rganos de gobierno de los impositores, trabajadores y entidades fundadoras en favor de los representantes designados por la Generalitat Valenciana, situ¨¢ndose los miembros designados por las administraciones p¨²blicas en el 56% del total (posteriormente rebajado al 50% por exigencias de la Ley 44/ 2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, que a su vez transpon¨ªa una Directiva Europea). El cambio normativo supuso adem¨¢s, convertirnos en la ¨²nica Comunidad Aut¨®noma donde los designados por la c¨¢mara auton¨®mica, no son elegidos con car¨¢cter proporcional a la representaci¨®n de los grupos parlamentarios.
Cada tres a?os, un chalaneo partidista, deteriora la imagen de nuestras cajas
La presencia de las cajas en sectores empresariales exige reforzar el r¨¦gimen de incompatibilidades
Con el vivido esta semana, ya son cinco los procesos de renovaci¨®n donde el PP, vali¨¦ndose de la amenaza de exclusi¨®n (que lleg¨® a materializar en 2001), ha ido minorando progresivamente la representaci¨®n real que corresponde a los partidos de la oposici¨®n en el cupo de representantes designados por las Cortes. S¨®lo por poner un ejemplo: en el caso de Bancaja, el PSPV tiene una representaci¨®n 15 puntos por debajo de su porcentaje en n¨²mero de diputados (25% frente al 40%), los mismos 15 puntos que tiene de m¨¢s el PP.
Los ¨®rganos de gobierno resultantes cuentan con mayor¨ªas absolutas del PP y act¨²an como correa de transmisi¨®n, facilitando las intromisiones reiteradas del Consell en las decisiones de las entidades: Terra M¨ªtica, Aguas de Valencia, la participaci¨®n en la gesti¨®n de hospitales como el de la Ribera y Torrevieja, o las empresas mixtas con el Instituto Valenciano de la Vivienda para promover Programas de Actuaci¨®n Integrada (PAI), son s¨®lo los casos m¨¢s notorios.
El af¨¢n intervensionista del PP en cada proceso de renovaci¨®n parcial, para perpetuar su posici¨®n dominante, ha sometido a nuestras entidades financieras a una fuerte tensi¨®n, trasladando a la opini¨®n p¨²blica la imagen de un campo de batalla partidista. Con esta actitud irresponsable, dentro del actual marco legal, cada tres a?os nos vemos abocados a ese tira y afloja, a ese chalaneo partidista, con el consiguiente deterioro de la imagen de nuestras cajas. Y como es bien sabido, la intermediaci¨®n en el sector financiero se hace con poco dinero y con mucha confianza.
Por consiguiente, la obligaci¨®n y la responsabilidad del PSPV es impulsar una modificaci¨®n del marco normativo b¨¢sico, es decir, una modificaci¨®n de la LORCA, que tendr¨¢ necesariamente su traslaci¨®n a la legislaci¨®n auton¨®mica, con el objetivo fundamental de fortalecer y dar estabilidad a nuestras Cajas de Ahorros, alej¨¢ndolas de la vor¨¢gine partidista y de la intromisi¨®n permanente del Consell, permitiendo as¨ª mantener la confianza de sus clientes. La modificaci¨®n debe incorporar los principios de proporcionalidad y paridad, as¨ª como dificultar al m¨¢ximo la aparici¨®n de conflictos de intereses mediante la aplicaci¨®n de un r¨¦gimen incompatibilidades mas riguroso.
Proporcionalidad
Mientras que la representaci¨®n de los empleados, los impositores y las entidades fundadoras son expresiones de intereses parciales, la representaci¨®n de las Administraciones territoriales (Ayuntamientos y Autonom¨ªas) es la ¨²nica representaci¨®n de intereses generales, y es en ella donde se hace patente el "car¨¢cter social" de las cajas.
Sobre la base del objetivo democratizador de la LORCA, la representaci¨®n de la corporaci¨®n municipal o de la comunidad aut¨®noma en los ¨®rganos de gobierno de las cajas, s¨®lo puede ser entendida como representativa de todo el cuerpo social que forma su poblaci¨®n. Adem¨¢s, los ¨®rganos de gobierno de las cajas, por voluntad de la LORCA, tienen una composici¨®n democr¨¢tica y pluralista para permitir la expresi¨®n de todos los intereses de las zonas donde operan.
Por tanto, cuando los grupos representativos en los ¨®rganos de gobierno de las cajas lo son de intereses colectivos y generales, la estructura organizativa democr¨¢tica exige que la designaci¨®n de sus representantes refleje el pluralismo de las fuerzas pol¨ªticas que sirven de cauce a dichos intereses, siendo por ello necesario la aplicaci¨®n del criterio de proporcionalidad, a fin de asegurarse la representaci¨®n del conjunto de intereses colectivos sin exclusiones.
Paridad
La ley org¨¢nica de igualdad entre mujeres y hombres, en fase de anteproyecto, contempla en su art¨ªculo 70 una aplicaci¨®n progresiva del principio de igualdad en los ¨®rganos de decisi¨®n de las empresas. El objetivo es alcanzar, en un plazo de cuatro a?os, una composici¨®n equilibrada en todos los ¨®rganos de decisi¨®n, incorporando, al menos, un 10% anual de mujeres. Sin embargo, las Cajas de Ahorros, dada su especial naturaleza y la importante presencia de las Administraciones territoriales en sus ¨®rganos de gobierno, deber¨ªan regirse de manera inmediata por el principio de representaci¨®n equilibrada entre hombres y mujeres. No son tolerables situaciones como la propiciada por el PP que, en su propuesta del pasado jueves, inclu¨ªa cuatro mujeres de un total de 19 candidatos en la lista para la asamblea de Bancaja.
Incompatibilidades
La presencia cada vez mayor de las Cajas de Ahorros en sectores empresariales no crediticios, especialmente el inmobiliario o el tur¨ªstico en el caso de la Comunidad Valenciana, hace que algunos consejeros, con importantes intereses en los citados sectores, puedan no s¨®lo incurrir en conflicto de intereses si no que gocen de informaci¨®n privilegiada respecto de los restantes actores en esos mercados, lo que exige una ampliaci¨®n del r¨¦gimen de incompatibilidades.
En definitiva, los socialistas valencianos, a trav¨¦s de una proposici¨®n no de ley en el Congreso de los Diputados, pueden y deben instar con car¨¢cter de urgencia al Gobierno para que introduzca modificaciones en la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulaci¨®n de las Normas B¨¢sicas sobre ?rganos Rectores de las Cajas de Ahorro (LORCA). Y no s¨®lo para cumplir de verdad el objetivo democratizador de la Ley, si no por que debemos y podemos contribuir activamente a que el poder p¨²blico ponga en marcha pol¨ªticas activas que hagan efectivos principios constitucionales como el de igualdad entre hombres y mujeres. Al tiempo, debemos ser capaces tambi¨¦n de adaptarnos a nuevas realidades como la presencia creciente de las cajas en ¨¢mbitos empresariales no crediticios y los posibles conflictos de intereses derivados de esta situaci¨®n. Han pasado m¨¢s de 20 a?os desde que se aprobara la LORCA, por el bien de nuestras cajas, ha llegado la hora de su reforma.
Jos¨¦ Villar Rivera es ex secretario general de la Federaci¨®n Valenciana de Cajas de Ahorros
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