Dos a?os de c¨¢rcel para el hombre que no reparti¨® con una pe?a los seis millones de euros de un Cuponazo
El Tribunal Supremo ha condenado a dos a?os de c¨¢rcel a Antonio Lloreda Capilla, un hombre que se apropi¨® del importe de los seis millones de euros del Cuponazo de la ONCE y se neg¨® a repartirlo con los otros 19 integrantes de una pe?a con la que jugaban desde hac¨ªa a?os. El cup¨®n est¨¢ retenido en una entidad bancaria desde que sucedieron los hechos, el 7 de noviembre de 2003.
La sentencia ya es firme, por lo que, tres a?os y medio despu¨¦s, los agraciados podran recuperar el dinero m¨¢s los intereses generados desde entonces. La resoluci¨®n del Supremo se produce al estimar el recurso de los perjudicados, defendidos por el abogado Pep L¨®pez, en contra de la sentencia que dict¨® la Secci¨®n Tercera de la Audiencia de Barcelona y que conden¨® al acusado a tres meses de c¨¢rcel por un delito de apropiaci¨®n indebida en grado de tentativa. El alto tribunal considera que el delito se consum¨® y estima que hubo una especial gravedad en el mismo por el perjuicio sufrido por las v¨ªctimas.
La Audiencia declar¨® probado que 20 compa?eros de trabajo formaban una pe?a de juego que, cada viernes, compraban 20 boletos de series consecutivas, cupones, con el acuerdo verbal entre ellos de repartirse el denominado Cuponazo en el caso de que a alguno de ellos le tocara la serie o fracci¨®n premiada con el mismo y que estaba dotado con seis millones de euros. El 7 de noviembre de 2003, el encargado de adquirir los boletos compr¨® los billetes del n¨²mero 85.646 con las series correlativas correspondientes del 21 al 40 y se encarg¨® de repartirlas. El n¨²mero result¨® premiado y la serie 22, que pose¨ªa el acusado, fue agraciada con el premio extraordinario de seis millones de euros, pero ¨¦ste se neg¨® a repartir el premio especial con sus compa?eros y lo deposit¨® al d¨ªa siguiente en su cuenta particular bancaria, aunque fue retenido por orden judicial en noviembre de 2003.
El Supremo, de acuerdo con la tesis del fiscal, admite la alegaci¨®n de la acusaci¨®n particular respecto a que el delito fue consumado y no en grado de tentativa. Para el Alto Tribunal, es evidente que el acusado "realiz¨® todos los actos necesarios para quedarse con el cup¨®n, cuya integridad no le correspond¨ªa, en detrimento de los dem¨¢s copart¨ªcipes del mismo, e ingres¨® en su cuenta particular" el d¨¦cimo premiado con el Cuponazo.
Respecto a la cuant¨ªa de lo apropiado, el Supremo explica que se est¨¢ consolidando el criterio de operar con la cifra de 36.060,73 euros con la que a partir de la cual se aplicar¨ªa la agravante de especial gravedad. En este caso concreto, dice la sentencia, la entidad del perjuicio es evidente pues "cuando se defrauda un billete de loter¨ªa, no solamente se compromete" la expectativa del premio sino precisamente su alcance cualitativo cuando ha sido agraciado con una "importante suma de dinero".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.