Campa?a de renta 'en tablas'
El pr¨®ximo 2 de mayo comienza el plazo para presentar la declaraci¨®n correspondiente al ejercicio de 2006
La campa?a de la declaraci¨®n de la renta correspondiente al ejercicio de 2006 comienza oficialmente el 2 de mayo y terminar¨¢ el lunes 2 de julio. Este a?o, Hacienda pr¨¢cticamente se quedar¨¢ en tablas: de las 17.620.000 declaraciones previstas, cerca de 13.275.000 tendr¨¢n derecho a devoluci¨®n por unos 10.480 millones de euros. A su vez, las declaraciones con resultado "a ingresar" (unas 4.210.000) sumar¨¢n 9.750 millones de euros. Aunque en esta ocasi¨®n, novedades fiscales no hay muchas, dos de ellas son relevantes para el bolsillo de los contribuyentes: cambia radicalmente la tributaci¨®n de las plusval¨ªas antiguas y de determinados contratos de seguros.
Atenci¨®n a las novedades que afectan a las plusval¨ªas logradas con acciones, fondos e inmuebles adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994
Este a?o se ha actualizado -se ha tenido en cuenta una inflaci¨®n del 2%- la tarifa del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF) en sus dos escalas, estatal y auton¨®mica, con objeto de evitar, al menos en parte, la llamada "progresividad en fr¨ªo", es decir, que los contribuyentes paguen m¨¢s s¨®lo por el hecho de que suben nominalmente sus rentas pero no realmente.
Adem¨¢s, en esta declaraci¨®n se han declarado exentas (no pagan impuestos) algunas ayudas p¨²blicas percibidas en 2005 y 2006 para reparar la destrucci¨®n de elementos patrimoniales por incendio, inundaci¨®n o hundimiento, as¨ª como para compensar el desalojo temporal o definitivo de la vivienda habitual del contribuyente o del local de negocio por estas causas; determinadas pensiones excepcionales derivadas de atentados terroristas...
A la vez se han modificado algunos de los principales indicadores econ¨®micos necesarios para, en algunos casos, presentar correctamente la declaraci¨®n: as¨ª, el importe del indicador p¨²blico de renta de efectos m¨²ltiples (IPREM) en el ejercicio 2006 se ha colocado en 6.707,40 euros; el inter¨¦s legal del dinero se ha fijado en el 4%; el tipo de inter¨¦s de demora para 2006 queda en el 5%, mientras que para 2007 sube al 6,25%; el salario medio anual del conjunto de los declarantes del IRPF pasa a ser de 20.500 euros.
Precio del gas¨®leo
Para las actividades agr¨ªcolas y ganaderas en estimaci¨®n directa simplificada se ha elevado del 5% al 10% el porcentaje de las provisiones deducibles y gastos de dif¨ªcil justificaci¨®n para tratar de paliar el efecto de la subida del precio del gas¨®leo. Por el mismo motivo y para las mismas actividades, pero en el r¨¦gimen de estimaci¨®n objetiva, se han aprobado nuevas reducciones para calcular los rendimientos netos. Tambi¨¦n han variado para las actividades de transporte los m¨®dulos iniciales aprobados para 2006.
Entre otros cambios tambi¨¦n destaca la elevaci¨®n del 10% al 15% del porcentaje de la deducci¨®n para el fomento de las tecnolog¨ªas de la informaci¨®n y de la comunicaci¨®n y la subida del 10% al 12% de la deducci¨®n por determinadas inversiones medioambientales.
Todas estas novedades no son nada si se comparan con las que afectan a las ganancias patrimoniales (plusval¨ªas) logradas por las operaciones llevadas a cabo sobre acciones, fondos de inversi¨®n e inmuebles adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994. Gracias a la disposici¨®n transitoria novena de la nueva Ley del IRPF, su nueva tributaci¨®n ha de aplicarse en esta declaraci¨®n de renta.
Para realizar correctamente los c¨¢lculos es importante conocer que:
1. Si la venta de las acciones, participaciones en fondos de inversi¨®n, inmuebles... se produjo entre el 1 de enero de 2006 y el 20 de enero de ese a?o, sus ganancias, en esta declaraci¨®n de renta, tributar¨¢n bajo el paraguas del que ya se puede considerar antiguo IRPF. Es decir, tributar¨¢n a unos tipos efectivos que oscilar¨¢n (en funci¨®n de la antig¨¹edad de estos activos) entre el 0% y el 15%, pues se seguir¨¢n aplicando ¨ªntegramente los llamados coeficientes de abatimiento. El importe de sus plusval¨ªas se reducir¨¢ a efectos fiscales, en un 11,11% en inmuebles; 14,28% en fondos y 25% acciones por cada a?o de m¨¢s en el patrimonio del particular hasta el 31 de diciembre de 1996, redondeado por exceso. Sobre la parte de estas ganancias que no est¨¦ exenta se aplicar¨¢ un tipo de tributaci¨®n fijo del 15%.
2. Para el caso de las acciones y los fondos de inversi¨®n vendidos con posterioridad al 20 de enero de 2006 se debe aplicar un sistema especial que pivota sobre el valor patrimonial de estos activos financieros al cierre de 2005. As¨ª, si el valor de transmisi¨®n (venta) es mayor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, los coeficientes de abatimiento s¨®lo se aplicar¨¢n a la ganancia registrada hasta el 31 de diciembre de 2005. Todas las plusval¨ªas que no est¨¦n exentas tras la aplicaci¨®n de estos coeficientes (porque los t¨ªtulos no tengan antig¨¹edad suficiente) y las adicionales que se hayan logrado desde esa fecha tributar¨¢n a un tipo fijo del 15%.
Si el valor de transmisi¨®n (venta) es menor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, sobre la totalidad de la ganancia se aplicar¨¢n los coeficientes reductores a los que se tenga derecho y sobre la plusval¨ªa no exenta de pagar impuestos, el 15%.
3. Si el elemento patrimonial que se vendi¨® en 2006 (m¨¢s tarde del 20 de enero) fue un inmueble, el sistema de c¨¢lculo de impuestos es distinto. Carece de importancia el valor a efectos de patrimonio de la vivienda y se establece un sistema de prorrateo. Hay que calcular los d¨ªas que ese inmueble ha permanecido en el patrimonio del particular. Este total de d¨ªas habr¨¢ que dividirlo en dos partes: una primera que recoger¨¢ el tiempo transcurrido entre su compra y el 20 de enero (no incluido); una segunda, que recoger¨¢ el plazo que ha mediado, en d¨ªas, desde el 20 de enero hasta la fecha de su venta efectiva. El porcentaje temporal que se derive de esta divisi¨®n del plazo se aplicar¨¢ sobre las ganancias totales, con lo que, de nuevo, habr¨¢ dos tipos de plusval¨ªas. Sobre las primeras se aplicar¨¢n los coeficientes de abatimiento pertinentes; sobre las segundas, no. La parte no exenta tributar¨¢ al 15%.
Capitales diferidos
Por ¨²ltimo, y como novedad significativa, en los capitales diferidos percibidos con anterioridad a 20 de enero de 2006 derivados de contratos de seguros, la parte de prestaci¨®n correspondiente a cada una de las primas satisfechas con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 deben reducirse en un 14,28% por cada a?o, redondeado por exceso, que medie entre el abono de la prima y el 31 de diciembre de 1994. En los capitales diferidos percibidos a partir del 20 de enero de 2006, para determinar la parte de la prestaci¨®n que se ha generado antes de esa fecha, se multiplicar¨¢ la misma por el siguiente coeficiente de ponderaci¨®n: en el numerador, el tiempo transcurrido entre el pago de la prima y el 20 de enero de 2006; en el denominador, el tiempo transcurrido entre el pago de la prima y la fecha de cobro de la prestaci¨®n.
Servicios de asistencia e informaci¨®n
- Internet. Sin necesidad de certificado de firma electr¨®nica se puede pedir (www.agenciatributaria.es), modificar y confirmar el borrador del IRPF; pedir cita previa, anularla y cambiarla; descargar el programa PADRE.
Con certificado de firma electr¨®nica se puede, adem¨¢s, presentar de forma telem¨¢tica la declaraci¨®n de renta y pagar si el resultado es "a ingresar".
- Tel¨¦fono. Servicio autom¨¢tico: 901 12 12 24. V¨¢lido para solicitar borrador, confirmar borradores a devolver, cita previa. Con operador. 901 200 345 para la solicitud, rectificaci¨®n y confirmaci¨®n del borrador. Solicitud cita previa. 901 22 33 44.Informaci¨®n tributaria. 901 33 55 33 para resolver dudas tributarias a la hora de confeccionar la declaraci¨®n.
- ETDT. Con descodificador interactivo MHP. V¨¢lido para solicitar cita previa o borrador; permite tambi¨¦n confirmar el borrador de renta si su resultado es "a devolver".
- ESMS. Hay que mandar al 5025 el siguiente mensaje: Renta (espacio) n¨²mero de justificante del borrador (espacio) NIF. S¨®lo v¨¢lido para borradores con resultado a devolver.
- Alertas a m¨®viles Los declarantes pueden suscribirse a un servicio de alertas por m¨®vil por el que se les informar¨¢ sobre la emisi¨®n del borrador de renta o de la devoluci¨®n en la campa?a de renta del a?o pr¨®ximo. Para ello bastar¨¢ que incluyan su n¨²mero de tel¨¦fono m¨®vil en la casilla preparada para ello en la declaraci¨®n del IRPF.
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