El Poder Judicial estudia si un juez de guardia puede parar expulsiones
Letrados de extranjer¨ªa protestan porque no pueden recurrir en festivo
Cuando se decide la repatriaci¨®n de un extranjero irregular, la ley le da el derecho a recurrir a un juez de lo Contencioso para que la pare y se estudie si procede. Si la expulsi¨®n se decide el fin de semana hay que esperar a que el lunes abra el juzgado, con el riesgo de que el inmigrante ya se encuentre en su pa¨ªs. Un grupo de abogados pide que los jueces de guardia tambi¨¦n puedan parar expulsiones. El CGPJ lo est¨¢ estudiando.
Eso es lo que estuvo a punto de ocurrirle a la abogada Olga Hern¨¢ndez de Paz, vicepresidenta de la Associaci¨® Catalana de Professionals de l'Estrangeria (ACPE), que el pasado 10 de marzo intent¨® sin ¨¦xito que un juez de guardia de Barcelona suspendiera la repatriaci¨®n de su cliente, un menor marroqu¨ª. La letrada supo ese s¨¢bado por el personal del centro de acogida en el que se encontraba el ni?o al que asist¨ªa que la polic¨ªa se iba a presentar all¨ª de madrugada para conducirlo por la fuerza al aeropuerto con el fin de enviarlo de vuelta a su pa¨ªs, en un proceso de reagrupaci¨®n familiar al que el menor se opon¨ªa.
Al ser s¨¢bado, los juzgados de lo Contencioso-Administrativo se encontraban cerrados, por lo que Hern¨¢ndez, ante la inminencia de la ejecuci¨®n de la medida, decidi¨® acudir al juzgado que se encontraba de guardia ese d¨ªa, donde present¨® un escrito en el que solicitaba la "suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la repatriaci¨®n del menor" hasta que no se resolviera el recurso que, contra ella, anunciaba que iba a interponer. El documento relataba que el menor iba a ser devuelto a su pa¨ªs sin que ning¨²n abogado le hubiera defendido y recordaba otros casos similares en los que la justicia dio la raz¨®n al extranjero.
Fuera de su competencia
Al d¨ªa siguiente, el titular del juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 23 de Barcelona -el que se encontraba de guardia ese d¨ªa-, Joan Francesc Ur¨ªa, se declar¨® incompetente para detener la repatriaci¨®n del ni?o. El juez argumentaba que, seg¨²n un reglamento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), "la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la autorizaci¨®n de la repatriaci¨®n" no se encuentra entre las actuaciones contencioso-administrativas que puede adoptar un juzgado de Instrucci¨®n de guardia (especializado en procedimientos penales y no administrativos, como son los de extranjer¨ªa), por lo que archiv¨® el expediente sin m¨¢s tr¨¢mite.
Hern¨¢ndez logr¨® detener la repatriaci¨®n por otra v¨ªa, pero escandalizada por "el grave problema competencial", ante el juzgado de guardia, escribi¨® a la presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), Mar¨ªa Eugenia Alegret. La abogada aseguraba en su carta que la situaci¨®n vivida con el menor se repet¨ªa tambi¨¦n "respecto a las denegaciones de entrada en el aeropuerto de El Prat cuando las mismas acaecen durante el fin de semana o simplemente cuando el abogado acude a la comisar¨ªa del aeropuerto al mediod¨ªa y el extranjero va a ser devuelto en la madrugada del d¨ªa siguiente", es decir, cuando los juzgados de lo Contencioso-Administrativo permanecen cerrados.
El TSJC ha planteado ahora la cuesti¨®n al CGPJ, que solicit¨® la semana pasada un informe al respecto a su comisi¨®n de estudios. Pero si el ¨®rgano de gobierno de los jueces estima correcta la actuaci¨®n del juez de guardia con el menor marroqu¨ª se habr¨ªa producido, seg¨²n el alto tribunal catal¨¢n, "un vac¨ªo competencial" y, por tanto, "una ausencia de facto del derecho
[fundamental] de tutela judicial [efectiva]".
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