Secuestro in¨²til
A instancias del ministerio fiscal, el juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo orden¨® ayer el secuestro cautelar de la revista sat¨ªrica El Jueves por un supuesto delito de injurias a la Corona. El n¨²mero secuestrado publica una vi?eta con el dibujo de una caricatura de los pr¨ªncipes de Asturias en la que se les representa en trance de mantener relaciones sexuales a cuenta de los supuestos beneficios derivados de la reciente decisi¨®n del Gobierno de entregar 2.500 euros a los padres de cada reci¨¦n nacido en Espa?a. El principal objetivo de la vi?eta era ironizar sobre la medida natalista del Gobierno, pero hacerlo mediante las figuras del pr¨ªncipe heredero don Felipe y de su esposa do?a Letizia ha sido considerado por el ministerio fiscal "claramente denigrante, objetivamente infamante y posiblemente delictivo".
En un sistema democr¨¢tico como el espa?ol, el secuestro de publicaciones es una decisi¨®n reservada a los jueces que s¨®lo debe adoptarse cuando hay constancia de que se han vulnerado derechos fundamentales que no pueden repararse por otro medio. De ah¨ª su car¨¢cter excepcional, pues lo contrario ser¨ªa poner en entredicho el ejercicio de derechos -los de libertad de expresi¨®n e informaci¨®n- que el Tribunal Constitucional considera prevalentes y fundamento del r¨¦gimen de opini¨®n p¨²blica que son las democracias modernas. Es l¨®gico, pues, que se cuenten con los dedos de la mano los secuestros judiciales de publicaciones en la actual democracia espa?ola y que haya que retroceder a sus a?os iniciales, cuando el poder judicial ten¨ªa fuertes resabios de autoritarismo franquista, para encontrar los casos m¨¢s numerosos.
La representaci¨®n que hace la revista El Jueves de los pr¨ªncipes de Asturias es zafia y grosera, pero es dif¨ªcil admitir que tenga la intencionalidad injuriosa que el art¨ªculo 490 del C¨®digo Penal atribuye al delito de injurias cometido contra el Pr¨ªncipe heredero de la Corona "en el ejercicio de su funci¨®n o con motivo u ocasi¨®n de ¨¦stas". No es aventurado prever que, una vez pasada la conmoci¨®n del momento, el ministerio fiscal y el juez reconsiderar¨¢n su decisi¨®n y levantar¨¢n el secuestro. Hoy d¨ªa no es sostenible que la utilizaci¨®n sat¨ªrica de personajes reales, como de otros p¨²blicos representantes de altas instituciones, deba caer bajo la f¨¦rula del C¨®digo Penal. Cosa distinta es criticarla, rechazarla y denunciarla cuando cae en el mal gusto, la exageraci¨®n o la inconveniencia, como sucede en este caso.
El secuestro de publicaciones en la ¨¦poca de Internet y de las nuevas tecnolog¨ªas es, adem¨¢s, perfectamente in¨²til y contraproducente para los fines que pretende: amparar supuestos derechos vulnerados. ?C¨®mo impedir la cascada de reproducciones de la vi?eta secuestrada en papel en los incontrolados y variados soportes inform¨¢ticos hoy existentes? La decisi¨®n judicial contribuye a lo contrario de lo que dice pretender: da publicidad y facilita la circulaci¨®n de la caricatura. Sienta un precedente p¨¦simo e in¨²til. Lo mejor es que quede sin efecto.
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