Vigilar a los vigilantes
LA INDEPENDENCIA del Poder Judicial es administrada por magistrados inamovibles, responsables y sometidos s¨®lo al imperio de la ley, que no pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por las causas y con las garant¨ªas previstas por las normas. Esa blindada protecci¨®n tiene como l¨ªmites las infracciones a las leyes, juzgadas por los tribunales, y las faltas disciplinarias, sancionadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pero los delitos t¨ªpicamente judiciales -como la prevaricaci¨®n- son dif¨ªciles de probar; de a?adidura, el corporativismo y el compadreo pol¨ªtico toleran demasiadas veces la impunidad de magistrados culpables. La m¨¢xima de Juvenal "Sed quis custodiet ipsos custodes?" ("?Pero qui¨¦n vigilar¨¢ a los propios vigilantes?") ense?a que la desconfianza ciudadana hacia el control de los jueces por sus pares es antigua.
El Supremo hace p¨²blica la sentencia absolutoria de tres polic¨ªas, condenados antes por la Audiencia Provincial de Madrid, y el CGPJ abre expediente disciplinario a un juez de familia
Dos semanas despu¨¦s de anunciar el fallo, el Supremo ha hecho p¨²blica de forma ¨ªntegra la sentencia de 5 de julio que declara la inocencia de tres polic¨ªas previamente condenados por la Audiencia Provincial de Madrid en mayo de 2006 a penas de prisi¨®n y otras accesorias como autores de supuestos delitos de detenci¨®n ilegal, falsificaci¨®n de documento p¨²blico y coacciones. Los fundamentos jur¨ªdicos de la resoluci¨®n absolutoria no dejan t¨ªtere con cabeza. La introducci¨®n de matute durante la vista oral de un inventado delito de coacciones vulner¨® el principio acusatorio. El impertinente interrogatorio llevado a cabo por el presidente Manuel Hidalgo, que actu¨® tambi¨¦n como ponente, conculc¨® el derecho de los acusados a un juez imparcial. Si los polic¨ªas no hubiesen sido declarados inocentes por razones de fondo, esos dos motivos procesales habr¨ªan obligado a repetir el juicio con un nuevo tribunal.
El Supremo declara inexistente la supuesta detenci¨®n ilegal de dos militantes del PP, llamados por tel¨¦fono a declarar ante la Brigada de Informaci¨®n sobre su encolerizada presencia -gr¨¢ficamente documentada- en la manifestaci¨®n de 22 de enero de 2005 donde el ministro Bono fue agredido. Los dos imputados acudieron voluntariamente a comisaria con abogado, no estamparon sus huellas dactilares, no fueron esposados ni conducidos a una celda y se les puso en libertad menos de tres horas despu¨¦s de su llegada. El delito de falsedad era una fantas¨ªa, y el delito de coacciones no lo defiende ni el ¨²nico voto discrepante. Pero los dirigentes del PP que compararon en su d¨ªa -como Esperanza Aguirre- a los tres polic¨ªas absueltos con agentes de la Gestapo no se han disculpado.
Si la sentencia de la Audiencia Provincial proyecta sombras de prevaricaci¨®n sobre sus autores, el CGPJ ha abierto expediente disciplinario a un juez de familia de Murcia que priv¨® de la custodia de sus hijas a una mujer en tr¨¢mite de divorcio a causa de su presunta homosexualidad. Fernando Ferr¨ªn Calamita, que orden¨® en 1987 la detenci¨®n de dos j¨®venes por estar desnudas en una playa gaditana, hab¨ªa sido objeto previamente de 19 reclamaciones de justiciables ante la unidad de atenci¨®n al ciudadano del CGPJ.
Entre otras muchas lindezas, el auto dictado el 6 de junio por el juez murciano invita a equiparar la regulaci¨®n del divorcio, entendido como libertad de cada c¨®nyuge para no permanecer ligado por m¨¢s tiempo a su pareja, con un imaginario derecho "a desligarse de la obligaci¨®n hipotecaria" contra¨ªda con alguna entidad financiera "que nos tiene atados a la mayor¨ªa de los espa?oles veinte o treinta a?os llev¨¢ndose una parte importante de nuestros ingresos". El metaf¨®rico magistrado, tras poner en duda la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo g¨¦nero, considera que la homosexualidad de una pareja ofrece tantos peligros para la educaci¨®n de los hijos como la condici¨®n de toxic¨®mano, pederasta, prostituta o miembro de una secta sat¨¢nica de alguno de los c¨®nyuges. El entresacado de citas no hace el debido honor a un auto que debe ser le¨ªdo en su integridad: ?puede ese pintoresco orate continuar administrando la independencia judicial en la Espa?a constitucional sin que el edificio del Estado de derecho comience a tambalearse?
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