El Gobierno reformar¨¢ la ley para evitar m¨¢s condenas del Comit¨¦ de Derechos Humanos
El organismo de la ONU declara de nuevo que Espa?a vulnera el derecho al doble recurso
El Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU ha vuelto a condenar a Espa?a por violaci¨®n del Pacto de Derechos Civiles y Pol¨ªticos, esta vez a instancias del financiero Jacques Hachuel, sentenciado a cuatro a?os de prisi¨®n por el caso Banesto. Se trata de la decimoquinta condena de la ONU contra Espa?a por no proporcionar al demandante un recurso efectivo que permita la revisi¨®n del fallo condenatorio por un tribunal superior. Para evitar m¨¢s condenas, el Gobierno quiere reformar cuanto antes la ley org¨¢nica del Poder Judicial, introduciendo la doble instancia penal.
Hasta la fecha, Espa?a ha hecho caso omiso de los dict¨¢menes del Comit¨¦ de la ONU
Desde 1985, Espa?a ha sido llevada en 105 ocasiones ante el Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU, que en 15 ocasiones ha apreciado violaci¨®n del Pacto y en otras seis ha estimado las alegaciones del Estado parte. El resto de lo casos est¨¢n en fase de preadmisi¨®n o, en su mayor¨ªa (54) han sido rechazados. Sin embargo, Espa?a es el cuarto pa¨ªs que cuenta con m¨¢s dict¨¢menes de violaci¨®n del Pacto por detr¨¢s de Jamaica (100 violaciones del Pacto) Uruguay (45 violaciones) y Australia (24). Est¨¢ a la par con Colombia y supera en dict¨¢menes condenatorios a Per¨², Filipinas, o Uzbekist¨¢n, con 14 incumplimientos cada una.
La estad¨ªstica no es muy favorecedora, y adem¨¢s Espa?a lleva siete a?os dando largas al Comit¨¦ de Derechos Humanos con una reforma legal aplazada una y otra vez. Ahora se quiere cerrar el asunto, para lo cual se intentar¨¢ aprobar en los ¨²ltimos meses de legislatura la reforma de la ley org¨¢nica del Poder Judicial, para introducir el sistema de doble instancia penal.
Espa?a se siente inc¨®moda ante la lluvia de resoluciones de Naciones Unidas que proclaman la vulneraci¨®n del derecho a la revisi¨®n de un proceso y dan la raz¨®n a personajes como Mario Conde, Jacques Hachuel o Luis Oliver¨®. As¨ª lo reconoce incluso la Exposici¨®n de Motivos de la ley que se quiere reformar, que explica que la reforma se hace "para satisfacer las exigencias derivadas del art¨ªculo 14.5 del Pacto, ante las reiteradas resoluciones del Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU que declaran el incumplimiento de Espa?a del citado precepto".
El caso m¨¢s reciente, dictaminado el pasado 6 de agosto, declara la violaci¨®n del Pacto respecto de Jacques Hachuel, involucrado en la operaci¨®n de Carburos Met¨¢licos del caso Banesto. La Audiencia Nacional le absolvi¨® en marzo de 2000 de un delito de apropiaci¨®n indebida, por considerar que el delito hab¨ªa prescrito.
Pero en julio de 2002, la Sala Penal del Tribunal Supremo revoc¨® la absoluci¨®n y le conden¨® a cuatro a?os de c¨¢rcel y a indemnizar a Banesto con la suma de 1.344 millones de pesetas, (m¨¢s de ocho millones de euros). Hachuel sali¨® en libertad en septiembre, debido a su edad (73 a?os en esa ¨¦poca) y a padecer una enfermedad coronaria. El Tribunal Constitucional rechaz¨® su recurso de amparo, alegando, entre otros motivos, que se hab¨ªa rechazado su derecho a la doble instancia.
Como otros hab¨ªan hecho antes, Hachuel acudi¨®, de la mano del abogado Jos¨¦ Luis Maz¨®n, al Comit¨¦ de Derechos Humanos de Naciones Unidas, con sede en Ginebra y denunci¨® la violaci¨®n del art¨ªculo 14.5 del Pacto, alegando que su condena, impuesta por primera vez por el Tribunal Supremo en apelaci¨®n, no fue revisada por un tribunal superior.
Espa?a, en sus alegaciones como Estado parte, indic¨® que el Tribunal Constitucional hab¨ªa rechazado el amparo. Aleg¨® adem¨¢s que, o bien se reconoce el derecho de la acusaci¨®n a obtener una sentencia condenatoria recurriendo a una instancia superior, o se establece una cadena indefinida e interminable de recursos.
Pero tambi¨¦n como en casos anteriores, el Comit¨¦, tras tomar nota de las alegaciones de Espa?a, consider¨® que el Constitucional examin¨® los hechos "en el contexto de la revisi¨®n de las cuestiones constitucionales planteadas". Para el Comit¨¦, la sentencia del Constitucional "no alcanza el nivel exigido por el art¨ªculo 14.5 para una revisi¨®n de la condena".
El dictamen de Naciones Unidas concluye con una declaraci¨®n de violaci¨®n del Convenio por parte de Espa?a, establece la obligaci¨®n de proporcionar al demandante "un recurso efectivo que permita la revisi¨®n del fallo por un tribunal superior" y una requisitoria para que Espa?a informe al Comit¨¦, en el plazo de 90 d¨ªas, de las medidas adoptadas para aplicar el dictamen.
Hasta la fecha, Espa?a ha hecho caso omiso de los dict¨¢menes del Comit¨¦. Tras cada condena, se le remite una nota reiterando el compromiso de reformar la ley, con lo cual da por cumplido el dictamen.
Pero las declaraciones de incumplimiento siguen recayendo una y otra vez. De ah¨ª que, seg¨²n fuentes parlamentarias socialistas, se pretenda sacar adelante la reforma de la doble instancia y la del recurso de casaci¨®n a la vuelta de las vacaciones.
Seg¨²n el abogado Jos¨¦ Luis Maz¨®n, "ni los gobiernos del PP ni este del PSOE han respetado el contenido de los dict¨¢menes. A la hora de la verdad, los pactos no se cumplen". Maz¨®n afirma que a los perjudicados les queda reclamar una indemnizaci¨®n por violaci¨®n de la legalidad internacional. El abogado ya tiene en estudio alguna demanda de reclamaci¨®n de responsabilidad patrimonial del Estado.
Para aforados y financieros
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos, conocido como Pacto de Nueva York por haber sido suscrito en esa ciudad en 1966, establece en su art¨ªculo 14.5: "Toda persona declarada culpable de un delito tendr¨¢ derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un Tribunal superior, conforme a lo prescrito por la Ley".
En sus primeros dict¨¢menes condenatorios all¨¢ por el 2000, el Comit¨¦ consider¨® que el recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo espa?ol, al limitarse a revisar los aspectos formales o legales de la sentencia de instancia, no cumpl¨ªa las garant¨ªas del art¨ªculo 14.5, pues no ser revisaba "¨ªntegramente" el fallo condenatorio y la pena.
De nada han servido desde entonces las protestas de los Tribunales Supremo y Constitucional. Los primeros casos en que se apreci¨® violaci¨®n del Pacto se refer¨ªan a delitos comunes de homicidio o tr¨¢fico de drogas. Pronto se subieron al carro del Comit¨¦ aforados juzgados por el Supremo en "¨²nica instancia". As¨ª, lograron dict¨¢menes de violaci¨®n de sus derechos humanos el diputado do regional del PP, Jes¨²s Terr¨®n Cant¨®n, condenado por falsificar un documento seg¨²n el cual su esposa le dar¨ªa parte de su fortuna en caso de separaci¨®n, o Luis Oliver¨®, del caso Filesa. Ahora son financieros como Mario Conde, -el Supremo le elev¨® la pena de 10 a 20 a?os- o Hachuel, los que, tras a?os de dispone de legiones de los m¨¢s excelsos abogados, exigen un recurso m¨¢s que no vulnere sus derechos humanos.
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