Nueva condena contra Interior por vulnerar el derecho de manifestaci¨®n
El TSJC afirma que la Generalitat actu¨® con "notoria temeridad"
Segunda condena por el mismo motivo. La justicia considera que el Departamento de Interior vulner¨® el derecho de manifestaci¨®n de unos j¨®venes antisistema por modificar el recorrido de una marcha para reclamar una vivienda digna unas horas antes de celebrarse. La sentencia tambi¨¦n afirma que se impidi¨® a los convocantes acudir a los tribunales y se vulner¨® as¨ª el derecho a la tutela judicial efectiva.
La sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a es id¨¦ntica a otra emitida en julio. Aqu¨¦lla se refer¨ªa a la ¨¦poca en la que Interior estaba dirigido por Montserrat Tura y ahora afecta a la etapa de Joan Saura. En esta segunda condena, sin embargo, el TSJC incluso condena en costas a la Generalitat porque actu¨® con "notoria temeridad" al oponerse al recurso judicial de los manifestantes conociendo cu¨¢l era la doctrina de la Sala.
Los hechos se refieren a la manifestaci¨®n celebrada en Barcelona la tarde del 24 de marzo, convocada por la Asamblea Popular para la Vivienda Digna. La marcha fue comunicada a la Direcci¨®n General de Seguridad Ciudadana el 12 de marzo. La ley prev¨¦ que si la Administraci¨®n no objeta nada, la marcha puede celebrarse seg¨²n el itinerario anunciado. Sin embargo, Interior comunic¨® por fax a los convocantes el d¨ªa 23, la v¨ªspera, a las 15.24 horas, que cambiaba sustancialmente el recorrido.
Ahora, el tribunal presidido por el magistrado Emilio Berlanga, que ha actuado como ponente, recuerda a Interior lo que dice la ley. Y es que se ha de posibilitar que los convocantes recurran ante la justicia la decisi¨®n de la Administraci¨®n como m¨ªnimo dos d¨ªas antes de celebrarse la manifestaci¨®n. En este caso, Interior lo comunic¨® apenas 24 horas antes y era viernes. Al d¨ªa siguiente, el de la manifestaci¨®n, era inh¨¢bil judicialmente.
Por todo eso, el TSJC constata que hubo un notorio retraso en la comunicaci¨®n de Interior y que al modificarse sustancialmente el recorrido previsto y el horario se vulner¨® el derecho constitucional de manifestaci¨®n. Y, adem¨¢s, se impidi¨® a los convocantes acudir a los tribunales. En t¨¦rminos jur¨ªdicos se denomina derecho a la tutela judicial efectiva y es un derecho recogido en el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n.
"Esperemos que Interior revise de una vez su forma de actuar y depure a los responsables", afirm¨® Jaume Asens, abogado de los manifestantes.
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