Velo y escuela
La aparici¨®n de nuevos casos de conflicto entre escuelas p¨²blicas y alumnas que portan el hiyab ha reabierto la pol¨¦mica del velo en los centros docentes. Tanto en el episodio de Girona como en los dos m¨¢s recientes de Ceuta, las autoridades educativas han decidido permitir que las ni?as asistan a clase con el hiyab, desautorizando la negativa de los centros en virtud del derecho constitucional a la educaci¨®n. Ha sido una decisi¨®n acertada, porque lo que est¨¢ en juego no es la conveniencia, o no, de prohibir el velo en la escuela, sino la posibilidad de hacerlo con los instrumentos jur¨ªdicos existentes. Rechazar en los colegios p¨²blicos a las alumnas con hiyab supondr¨ªa dictar una prohibici¨®n que, seg¨²n se exige en un Estado de derecho, no tiene apoyo en una ley y que, adem¨¢s, podr¨ªa entrar en conflicto con el art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n.
Si existe alg¨²n terreno para la pol¨¦mica, y ojal¨¢ lo fuese s¨®lo para el debate, es el de decidir si conviene aprobar una norma en la que apoyar la prohibici¨®n del hiyab. Los argumentos a favor se han buscado, por lo general, en la necesidad de prohibir el significado que se otorga al uso del velo, identificado con un s¨ªmbolo de sometimiento de la mujer en el islam. El punto d¨¦bil de este razonamiento radica en la modestia de su objetivo: si el uso de un pa?uelo en la cabeza representase, en efecto, un s¨ªmbolo de la discriminaci¨®n de la mujer, la respuesta de una sociedad democr¨¢tica ser¨ªa prohibirlo en cualquier espacio p¨²blico, no s¨®lo en la escuela.
Legislar sobre el velo obligar¨ªa a toda la comunidad de estudiantes a regirse por una norma pensada s¨®lo para una exigua minor¨ªa de ellos, lo que, a plazo, podr¨ªa favorecer la animosidad en su contra e, incluso, la xenofobia: no habr¨ªan de faltar, por ejemplo, grupos de cat¨®licos que se quejasen de tener que renunciar a los signos de su religi¨®n por culpa del velo de las musulmanas, a las que, adem¨¢s, se presentar¨ªa como extranjeras. En un Estado democr¨¢tico como el que est¨¢ vigente en Espa?a se establece la aconfesionalidad de las instituciones precisamente para que los ciudadanos puedan optar por la fe que prefieran, o por ninguna. Si la aconfesionalidad se trasladase a la manera de vestir, aunque fuera en determinados lugares como la escuela, el problema jur¨ªdico que se abre exigir¨ªa discutir una materia distinta y altamente sensible como son los l¨ªmites de la libertad religiosa.
El sistema de arbitraje entre los centros y las autoridades educativas que se ha establecido impl¨ªcitamente en los casos de Girona y de Ceuta, as¨ª como el que ya se produjo en El Escorial en 2002, no es en el fondo una soluci¨®n tan desacertada como se ha repetido durante los ¨²ltimos d¨ªas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.