El juzgado ve mala fe en la actuaci¨®n de TV-3 contra Audiovisual Sport
El juez rechaza las medidas cautelares pedidas por el ente catal¨¢n y avala a AVS
El Juzgado de lo Mercantil n¨²mero 2 de Barcelona ha desestimado ¨ªntegramente la solicitud de medidas cautelares presentadas por Televisi¨®n de Catalu?a (TV-3) contra Audiovisual Sport (AVS) para que esta ¨²ltima pudiera vender los derechos internacionales de la Liga espa?ola de f¨²tbol.
El Juzgado, que ha condenado en costas a TV-3, sostiene que la televisi¨®n catalana, con una participaci¨®n del 20% en AVS, estar¨ªa actuando de mala fe y contra el inter¨¦s social de AVS, anteponiendo sus intereses y los de terceros.
Los derechos de explotaci¨®n de un partido pierden valor cuando acaba
TV-3 solicit¨® estas medidas para suspender el acuerdo adoptado por AVS, en su Consejo de Administraci¨®n celebrado el pasado 27 de septiembre con el objeto de buscar "acuerdos de explotaci¨®n de los derechos audiovisuales con operadores internacionales" de todos los partidos de la Liga de f¨²tbol. La resoluci¨®n sostiene que, "teniendo en cuenta que los derechos de explotaci¨®n de un acontecimiento deportivo se extinguen o pierden buena parte de su valor despu¨¦s de concluir el evento, de accederse a la petici¨®n de la parte actora se ocasionar¨ªa un grave perjuicio a la sociedad demandada que ver¨ªa malogrados, irremediablemente, los beneficios derivados de la cesi¨®n de esos derechos".
"En ese contexto", a?ade el auto, "sin negar en absoluto el buen derecho de la parte actora, entiendo que el juicio provisional e indiciario que necesariamente debe realizarse en sede cautelar no le es del todo favorable, o, mejor dicho, no lo es en la medida necesaria atendida la gravedad del da?o que se causar¨ªa a AVS de accederse a la suspensi¨®n".
El Juzgado recuerda que el acuerdo que pretend¨ªa impugnarse tiene por objeto la explotaci¨®n, "con car¨¢cter transitorio, ¨²nicamente hasta que se reanude la entrega de la se?al a Mediapro, de los derechos que pertenecen a AVS para los operadores internacionales", y precisa que debe tenerse en cuenta que AVS sostiene que el acuerdo del 24 de julio de 2006 est¨¢ suspendido por previo incumplimiento de Mediapro. El auto explica que, "si no se ha respetado el auto de 8 de octubre de 2006 del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 36 de Madrid, corresponder¨¢ a dicho Juzgado, a instancias de quien corresponda, llevarlo a efecto".
El Juzgado explica en el fundamento cuarto de su resoluci¨®n que "tambi¨¦n puede cuestionarse la actuaci¨®n de los representantes de las demandantes en el Consejo de Administraci¨®n desde la perspectiva del art¨ªculo 7 del C¨®digo Civil, norma que exige que los derechos se ejerciten conforme a las exigencias de la buena fe". "La minor¨ªa de bloqueo que los estatutos atribuyen a los socios no puede ser utilizada en contra del inter¨¦s de la sociedad", dice el auto, que asegura: "Cuanto antecede arroja dudas sobre el buen derecho de los demandantes en este procedimiento". El Juzgado n¨²mero 10 de Madrid ha admitido a tr¨¢mite una querella por un supuesto delito de estafa presentado por AVS contra Joan Maj¨®, director general de la Corporaci¨®n Catalana de Radio y Televisi¨®n y ex consejero de AVS; Daniel Margalef, ex director general de AVS; Jaume Roures y Jos¨¦ Mar¨ªa Benet, responsables de Mediapro y los dirigentes de la Liga de F¨²tbol Profesional, Jos¨¦ Luis Astiazar¨¢n y Javier Tebas.
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