Sanidad deber¨¢ pagar 162.000 euros por dejar incapacitada a una mujer
Casi 11 a?os ha tenido que esperar una vecina de Alicante para que la Consejer¨ªa de Sanidad la compense por haber quedado incapacitada tras someterse a una operaci¨®n de cadera en el Hospital General de Alicante. Despu¨¦s de que su demanda fuese rechazada sucesivamente por Sanidad y por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha dado ahora la raz¨®n a la reclamante y ha condenado a la Generalitat a indemnizar a la mujer con 162.020 euros por la lesi¨®n y secuelas que le provoc¨® la colocaci¨®n de una pr¨®tesis total de cadera, agravadas por la demora de los m¨¦dicos en paliar el da?o.
La paciente fue intervenida a mediados de febrero de 1997. Durante el periodo posoperatorio, la mujer, que entonces ten¨ªa 57 a?os, comenz¨® a sentir fuertes dolores y una alteraci¨®n en la sensibilidad de la pierna izquierda. En las pruebas diagn¨®sticas se apreciaba una leve par¨¢lisis del nervio ci¨¢tico, pero los m¨¦dicos prescribieron un tratamiento sintom¨¢tico y le dieron el alta a los 20 d¨ªas de operada. Como las molestias persist¨ªan, a mediados de abril se le realizaron nuevas pruebas que mostraron una lesi¨®n del nervio provocada por el desplazamiento de un tornillo de la pr¨®tesis, que se le cambi¨® por otro en una nueva operaci¨®n a finales de ese mes.
Pero el remedio lleg¨® demasiado tarde y la paciente sufre desde entonces una minusval¨ªa del 50%, con una percepci¨®n exagerada del dolor que le obliga a seguir tratamiento analg¨¦sico permanente, y con problemas para caminar que limitan considerablemente su actividad cotidiana y que le impidieron seguir trabajando como camarera en un hotel de Alicante.
El TSJ desestim¨® en 2004 la reclamaci¨®n de la mujer por considerar que la implantaci¨®n de pr¨®tesis hab¨ªa sido correcta y que la demandante no hab¨ªa podido demostrar una err¨®nea colocaci¨®n del tornillo que provoc¨® el da?o.
Sin embargo, la sentencia del Supremo afirma que es la Administraci¨®n la que ha incumplido su obligaci¨®n de probar que la lesi¨®n fue inevitable, "y m¨¢s cuando el inspector m¨¦dico dice que la complicaci¨®n padecida es poco frecuente tras una intervenci¨®n de pr¨®tesis total de cadera". Adem¨¢s, el TS sostiene que la operaci¨®n realizada dos meses despu¨¦s de la primera cirug¨ªa "evidencia sin ninguna duda un retraso en las medidas tomadas para paliar los efectos lesivos ocasionados a la paciente".
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