Pensiones de poligamia
Muchos jueces conceden la ayuda a viudas de pol¨ªgamos
El senegal¨¦s Mor Diop falleci¨® el 14 de agosto de 1995 en un accidente de tr¨¢fico cuando recorr¨ªa Galicia como vendedor ambulante. Era un emigrante con papeles, y diligente. Cotizaba a la Seguridad Social como trabajador aut¨®nomo y era miembro de una asociaci¨®n dedicada a mejorar la situaci¨®n de la inmigraci¨®n africana. Mor Diop era, adem¨¢s, pol¨ªgamo. Hab¨ªa contra¨ªdo matrimonio, conforme a la legislaci¨®n de su pa¨ªs, con Awa Dieng el 20 de junio de 1974, y con Anima Sow el d¨ªa 1 de febrero de 1981.
La poligamia es ilegal en Espa?a, pero cuando las dos viudas de Diop solicitaron sendas pensiones al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y ¨¦ste las deneg¨®, result¨® que los jueces, primero el Juzgado de lo Social 3 de A Coru?a, en 1998, y despu¨¦s el Tribunal Superior de Galicia, en abril de 2002, sentenciaron que las dos mujeres ten¨ªan igual derecho a cobrarlas.
En el mundo hay 50 pa¨ªses que permiten la poligamia, la mayor¨ªa africanos
Han pasado los a?os y el caso de Mor Diop se repite una y otra vez. Muchos se resuelven en los tribunales, con fallos en ocasiones contradictorios; unos pocos, pac¨ªficamente. De momento, la Seguridad Social, a falta de normativa expresa y de un pronunciamiento del Tribunal Supremo sentando doctrina, aplica dos criterios. Cuando el pol¨ªgamo fallecido es nacional de un pa¨ªs con el que Espa?a tiene establecido un convenio, se reconoce pensi¨®n de viudedad a las personas que acrediten la condici¨®n de c¨®nyuges con el fallecido y la pensi¨®n se distribuye por partes iguales, con independencia del tiempo de convivencia. E igual soluci¨®n se aplica en los casos de fallecimientos de trabajadores, cuya ley personal permite la poligamia, aunque sean nacionales de pa¨ªses con los que Espa?a no tenga suscritos convenios sociales.
No hay pol¨ªgamos espa?oles porque lo impide el C¨®digo Civil (art¨ªculo 46) y porque lo castiga con penas de hasta un a?o de c¨¢rcel el C¨®digo Penal (217). Tampoco est¨¢ permitida la inscripci¨®n registral de segundos matrimonios contra¨ªdos por hombres, aunque su estatuto personal les permita la poligamia. La ley de derechos y libertades de los extranjeros, conocida como Ley de Extranjer¨ªa (enero de 2000), al regular el reagrupamiento familiar, estableci¨® que en ning¨²n caso se puede reagrupar m¨¢s de un c¨®nyuge, aunque la ley personal del emigrante le permita tener dos o m¨¢s.
Pero en el mundo hay medio centenar de pa¨ªses donde la poligamia es una forma de unidad familiar aceptada o legalizada. La mayor parte son africanos y de religi¨®n musulmana, pero tambi¨¦n el juda¨ªsmo permite la poligamia en sus comunidades de Yemen o Marruecos. Israel la penaliz¨® como delito en 1959.
Nada puede impedir, por tanto, que un hombre pol¨ªgamo (con dos, tres o hasta cuatro esposas) se instale en Espa?a y cotice a la Seguridad Social. Los problemas surgen a su muerte, con la pensi¨®n de viudedad. Como en Galicia con las dos viudas del senegal¨¦s Diop, un juzgado de Barcelona tambi¨¦n decidi¨® en 1999 repartirla a partes iguales con las viudas de Kejaw Drammeh, un gambiano vecino de Matar¨®.
Drammeh lleg¨® a Catalu?a con su primera mujer, Kadidja K., con la que se hab¨ªa casado en Gambia en 1980. Pero en 1993 contrajo matrimonio con otra gambiana, F¨¢tima C., durante un viaje a su pa¨ªs de origen, y la trajo a su hogar de Matar¨®. Cuando el marido falleci¨®, los dos v¨ªnculos matrimoniales eran vigentes as¨ª que el INSS dividi¨® a partes iguales entre las mujeres la pensi¨®n de viudedad (481 euros).
La primera de las esposas, que estuvo casada 19 a?os con Drammeh, no acept¨® compartir la pensi¨®n y reclam¨® en los tribunales. Un juzgado de lo social de Barcelona le dio la raz¨®n a la Seguridad Social. Argumento principal, entre otros: El Consulado de Gambia hab¨ªa expedido la correspondiente "legitimaci¨®n" de ambos matrimonios.
Quedaba la sanci¨®n del Tribunal Superior de Catalu?a. "Si se reconoce el derecho a la pensi¨®n de las dos viudas, ¨¦stas han de percibirla en su totalidad", argument¨® el abogado de la mujer recurrente, Joan Bagu¨¦. ?Fallar¨ªan los magistrados de Catalu?a en consonancia con los de Galicia, o como lo han hecho m¨¢s tarde los de Madrid o Andaluc¨ªa, entre otros, ordenando repartir a partes iguales la pensi¨®n de los pol¨ªgamos fallecidos?
El Tribunal Superior de Catalu?a dijo que no. Es, de momento, el ¨²nico en discrepar. Para revocar la sentencia de primera instancia -ordenando entregar la pensi¨®n ¨ªntegra a la primera esposa de Drammeh-, el tribunal catal¨¢n analiz¨® la regulaci¨®n de la poligamia en Espa?a y concluy¨® que "a efectos de la ley espa?ola el segundo matrimonio es nulo y por lo tanto quod nullum est ab initio, nullum efectum producet". La sala invalid¨® as¨ª el criterio de la Seguridad Social sobre el reparto del 50% a cada una de las mujeres del fallecido.
El caso queda, por tanto, en manos del Tribunal Supremo para la unificaci¨®n de la doctrina a seguir cuando un emigrante con varias esposas leg¨ªtimas fallece y sus viudas discuten ante la Seguridad Social espa?ola sobre el cobro de la pensi¨®n de viudedad.
L¨ªderes musulmanes piden la legalizaci¨®n
No es Espa?a el ¨²nico pa¨ªs de la Uni¨®n Europea con este conflicto entre legalidades nacionales. Y a mayor n¨²mero de emigrantes musulmanes, m¨¢s casos en litigio, y m¨¢s pol¨¦mica. Es el caso del Reino Unido. Unas palabras del primado de la Iglesia anglicana, Rowan Williams, la semana pasada, sobre la inevitabilidad de que su pa¨ªs termine aceptando ciertos aspectos de la shar¨ªa o ley isl¨¢mica han provocado una aut¨¦ntica tormenta.
Tambi¨¦n hay debate en Francia e Italia, con decenas de miles de pol¨ªgamos censados entre sus habitantes. Organizaciones pol¨ªticas y colectivos sociales influyentes piden cambios legislativos para atender a este tipo de situaciones. En Espa?a, lo han hecho directores de mezquitas y l¨ªderes musulmanes. Exigen que se legalicen las segundas mujeres "ya que se han regulado los matrimonios entre homosexuales".
El Gobierno socialista ni entra ni sale en estos debates, al menos de momento. Lo dice Octavio Granados, secretario de Estado de Seguridad Social, preocupado sobre todo por la vertiente social del conflicto. Dice: "Es una cuesti¨®n complicada, porque pugnan dos principios: el de proteger a los familiares que dependen econ¨®micamente del trabajador fallecido, y el de no respaldar una pr¨¢ctica vejatoria para la dignidad de las mujeres. Por eso ni en la ¨¦poca de Felipe Gonz¨¢lez ni en la actual del presidente Rodr¨ªguez Zapatero hemos firmado ning¨²n convenio en que se reconozca la poligamia, y nos limitamos a aplicar ante casos concretos criterios similares a los de otros pa¨ªses europeos, que en cualquier momento pueden ser modificados por la acci¨®n de los tribunales espa?oles o del legislador".
Este criterio no valdr¨ªa para los emigrantes procedentes de Marruecos y T¨²nez, que tienen convenios bilaterales con Espa?a sobre c¨®mo proceder con las pensiones de viudedad.
Fueron firmados por los Gobierno de UCD y el PP, lo que permite a Octavio Granados calificar tal circunstancia de "sorprendente". A?ade: "Los dos convenios que reconocen la poligamia han sido firmados por Gobiernos de derecha, el de UCD, en el caso de Marruecos, y el de T¨²nez, siendo ministro de Trabajo Juan Carlos Aparicio, por el Gobierno de Aznar. Adem¨¢s, en este segundo caso el convenio se firm¨® despu¨¦s de promulgada la Ley de Extranjer¨ªa, en la que no se reconoce la poligamia a efectos de reagrupaci¨®n familiar. Pero firmaron estos convenios y los aplicaron. Ahora el PP se inventa un problema, que de existir s¨®lo est¨¢ provocado por su acci¨®n de Gobierno, y saltan a la plaza p¨²blica con grandes aspavientos y desgarr¨¢ndose las vestiduras. Es hip¨®crita y farisaico".
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