Choque de tribunales
El Supremo reivindica frente al Constitucional su jurisdicci¨®n para condenar a "los Albertos"
La sentencia absolutoria del Tribunal Constitucional en el caso de los Albertos, reinterpretando la doctrina del Supremo sobre la prescripci¨®n del delito, ha provocado un nuevo encontronazo institucional entre los dos altos tribunales. Los magistrados del Supremo se quejan de que el Constitucional ha invadido una vez m¨¢s sus competencias, utilizando indebidamente el recurso de amparo para corregirles en cuestiones de legalidad ordinaria que s¨®lo a ellos competen.
En el caso de los Albertos el motivo de la refriega ha sido la prescripci¨®n del delito. Pero en el pasado han sido otras cuestiones las que han puesto al rojo vivo las relaciones entre los dos altos tribunales, llegando el Supremo incluso a apelar al Rey. La situaci¨®n se enrarece en el caso de los Albertos al reconocer el Constitucional que los dos empresarios fueron condenados con pruebas v¨¢lidas por los delitos de estafa y falsedad en documento de que eran acusados por sus socios minoritarios en la compra de los terrenos de las Torres KIO, en Madrid.
El Supremo tiene raz¨®n al se?alar que le corresponde determinar el momento procesal en que se interrumpe la prescripci¨®n del delito, que es la presentaci¨®n de una denuncia o querella por parte de los perjudicados o v¨ªctimas y no su admisi¨®n a tr¨¢mite, como quiere el Constitucional. Pero, en contra de lo que se ha dado a entender, esta doctrina no la ha inventado el Constitucional para exculpar a los Albertos; se aplic¨® por primera vez hace tres a?os a un matrimonio de Ourense contra el que se hab¨ªa querellado Hacienda por una deuda tributaria. Pero entonces se interpret¨® como un acto de protecci¨®n al ciudadano normal frente a la voracidad de la Hacienda P¨²blica.
Se aplique a ciudadanos pudientes o no, esa doctrina constituye un exceso de jurisdicci¨®n, adem¨¢s de una interpretaci¨®n desajustada del derecho a la tutela judicial efectiva que favorece la impunidad del delito y produce indefensi¨®n a sus v¨ªctimas. Ni el Supremo ni el Constitucional est¨¢n por encima el uno del otro. Pero es cierto que el recurso de amparo otorga al ¨²ltimo un instrumento de control sobre el Supremo que, a falta de fronteras legislativas o de otro orden m¨¢s precisas, deber¨ªa ser utilizado con la m¨¢xima prudencia para evitar roces que redundan en descr¨¦dito de la justicia.
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