20.000 euros de indemnizaci¨®n para una manifestante que fue golpeada por la polic¨ªa
El Ministerio del Interior ya reconoci¨® su responsabilidad por los hechos
20.104 euros. Esa es la indemnizaci¨®n que ha fijado la justicia para Sara B. C., una mujer que fue golpeada por agentes del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa en 2004 al finalizar una manifestaci¨®n en la que no particip¨® y a la que era ajena. As¨ª se relata, al menos, en la sentencia que ha dictado el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n¨²mero 8 de la Audiencia Nacional en la que se reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado por los hechos.
Tras el incidente, la afectada present¨® una reclamaci¨®n administrativa y el 18 de septiembre de 2006 el Ministerio del Interior le reconoci¨® una indemnizaci¨®n de 4.155 euros. Pero la mujer consider¨® que era insuficiente, recurri¨® y ahora la justicia ha elevado la cantidad de manera considerable. La sentencia ya no puede ser recurrida.
Los hechos ocurrieron el 1 de mayo de 2004. Al finalizar una manifestaci¨®n convocada por grupos alternativos, diversas personas causaron destrozos en entidades bancarias, comercios y cabinas telef¨®nicas. Un grupo asalt¨® un antiguo edificio policial, cerrado desde 2003 y situado a unos 50 metros de la Jefatura Superior de Polic¨ªa de Barcelona, en la V¨ªa Laietana. Eso provoc¨® la intervenci¨®n de los antidisturbios y se lanzaron todo tipo de objetos. En esos incidentes fue golpeada Sara B.
En la reclamaci¨®n ante el ministerio, la mujer aport¨® unas fotograf¨ªas en las que aparece sola, tendida en el suelo, mientras es golpeada por un polic¨ªa al que no parece agredir ni ella ni un tercero. El informe policial, sin embargo, constata que la mujer particip¨® en los altercados y que "tanto la reclamante, una de las dos testigos, as¨ª como el fot¨®grafo y el abogado que presenta la reclamaci¨®n patrimonial, son miembros activos de los movimientos okupa y antisistema".
Y en esta tesitura de tener que inclinar la balanza, la magistrada da la raz¨®n a la joven manifestante. La sentencia rechaza la tesis invocada durante el proceso judicial por el Consejo de Estado que sostiene que la mujer se puso en una situaci¨®n de riesgo al acudir al lugar donde se estaban produciendo los enfrentamientos violentos. Seg¨²n aquel organismo, "resulta incomprensible la casualidad" de que la mujer pasara por la v¨ªa en la que se produc¨ªan los altercados, por lo que "necesariamente tuvo participaci¨®n en ellos".
Pero la sentencia entiende que "esta presunci¨®n es rigurosamente inaceptable y se basa en un hecho no s¨®lo no establecido, sino contradictorio" con las declaraciones de los testigos. Por tanto, la juez concluye que no est¨¢ probado el comportamiento antijur¨ªdico de la manifestante y que no ten¨ªa porqu¨¦ soportar el da?o padecido.
Para calcular la indemnizaci¨®n, la juez ha considerado los dos d¨ªas de hospitalizaci¨®n que sufri¨® la manifestante, otros 120 d¨ªas impeditivos de su trabajo y 81 d¨ªas m¨¢s no impeditivos, as¨ª como 10.303 euros por las lesiones causadas.
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