El S¨ªndic insta a Sanidad a responder a los pacientes
El S¨ªndic de Greuges, Carlos Morenilla, sugiere a la Consejer¨ªa de Sanidad que extreme "al m¨¢ximo" el deber de dar "respuesta expresa" a las reclamaciones que presenten los ciudadanos dentro de los plazos establecidos para la tramitaci¨®n de quejas y sugerencias en los servicios sanitarios.
Morenilla se pronuncia de esta manera en respuesta a la queja formulada por un ciudadano por la falta de respuesta recibida tras presentar una reclamaci¨®n en el Centro de Salud de D¨¦nia (Alicante) al no poder ser atendido por el m¨¦dico, que tuvo que salir a una urgencia domiciliaria. La Direcci¨®n General para la Calidad y Atenci¨®n al Paciente comunic¨® al S¨ªndic que la asistencia m¨¦dica en el centro de salud de D¨¦nia es "permanente, de tal modo que en caso de ausentarse un facultativo para atender una visita a domicilio, los m¨¦dicos que permanecen en el centro se hacen cargo de atender las urgencias que se producen, por lo que el servicio nunca queda desatendido". En este sentido, a?ade que el ciudadano que present¨® su reclamaci¨®n "decidi¨® abandonar el centro antes de ser atendido", pero reconoce que la respuesta a su queja se realiz¨® con "cierto retraso, lo que hemos trasladado a la Gerencia del Departamento".
El S¨ªndic afirma que del estudio de la reclamaci¨®n "se desprende la total discrepancia de posturas" entre la Administraci¨®n sanitaria y el autor de la queja. Morenilla recuerda que la ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico y Procedimiento Administrativo Com¨²n establece la "obligaci¨®n de resoluci¨®n expresa, es decir, la obligaci¨®n de no remitir al ciudadano a la v¨ªa de la presunci¨®n de los actos" y hace "responsables directos" de ello a las Administraciones P¨²blicas.
El S¨ªndic a?ade que del relato cronol¨®gico de los hechos, "se desprende que esa Administraci¨®n ha sobrepasado los plazos relativos a los procedimientos para la tramitaci¨®n de quejas y sugerencias en los servicios sanitarios", que establece un mes desde su entrada en el ¨®rgano competente. Al respecto, Morenilla destaca que la obligaci¨®n administrativa de "cumplir escrupulosamente con las normas que rigen los procedimientos, cuidando al m¨¢ximo de los tr¨¢mites que constituyen el expediente administrativo, dimana directamente" de la Constituci¨®n Espa?ola, para asegurar una administraci¨®n "eficaz que sirva con objetividad los intereses generales y que act¨²e con sometimiento a la ley y al derecho".
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