El Constitucional ratifica la igualdad de la mujer en la sucesi¨®n nobiliaria
"Nobleza obliga", la m¨¢xima 51 de las M¨¢ximas y preceptos del duque de L¨¦vis, tendr¨¢ que enunciarse a partir de ahora como nobleza obligada a reconocer, por la ley de igualdad, que el hombre y la mujer tienen "igual derecho a suceder en las grandezas de Espa?a y t¨ªtulos nobiliarios", sin que quepa preferencia por raz¨®n de sexo. El Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad que la aplicaci¨®n transitoria de esa ley a los pleitos pendientes sea inconstitucional, lo que le va a costar el t¨ªtulo al vizconde de Torre Mayor, su actual poseedor desde 1993, y que pasar¨¢ hoy a su hermana mayor, Mar¨ªa de los ?ngeles Barrionuevo Dronda.
El vizcondado de Torre Mayor era uno de tantos t¨ªtulos en juego cuando se promulg¨® la Ley 33/2006 de igualdad del hombre y la mujer en la sucesi¨®n nobiliaria. Una disposici¨®n transitoria preven¨ªa la igualdad en la sucesi¨®n a todos los expedientes relativos a grandezas de Espa?a y t¨ªtulos nobiliarios que el 27 de julio de 2005 (fecha de la proposici¨®n de ley) estuviesen pendientes de resoluci¨®n administrativa o jurisdiccional. Quedaban exceptuados aquellos sobre los que hubiera reca¨ªdo sentencia firme en el momento de la entrada en vigor de la ley.
La hermana mayor del vizconde de Torre Mayor se har¨¢ hoy con el t¨ªtulo
El abogado Ram¨®n L¨®pez Vilas plante¨® en julio de 2006 la demanda de Mar¨ªa de los ?ngeles Barrionuevo contra su hermano menor, reclamando "su mejor y preferente derecho geneal¨®gico" a usar y disfrutar del t¨ªtulo. Pero como a¨²n no se hab¨ªa promulgado la Ley, el juzgado desestim¨® la demanda. El abogado recurri¨® a la Audiencia de Madrid, que aplaz¨® el fallo hasta hoy y elev¨® una cuesti¨®n de inconstitucionalidad.
La Audiencia cuestion¨® la aplicaci¨®n de la disposici¨®n porque supondr¨ªa que Jos¨¦ Antonio Barrionuevo y Dronda, perder¨ªa su derecho a ostentar, usar y disfrutar del t¨ªtulo que le fue reconocido en 1993, mediante una reclamaci¨®n que se hizo al amparo "de una legalidad futura". La Audiencia entendi¨® adem¨¢s que la ley vulneraba el principio de igualdad, al proteger las transmisiones de t¨ªtulos anteriores a la ley, mientras denegaba el mantenimiento de sus t¨ªtulos a aquellos que estuviesen sometidos a pleito.
El Constitucional ha considerado la cuesti¨®n "notoriamente infundada" dado que el legislador ha ponderado entre los valores "seguridad jur¨ªdica" e "igualdad" y ha atribuido un mayor peso a la igualdad, porque proscribe la discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo. En cuanto a la retroactividad de la ley, el Constitucional explica que una norma es retroactiva cuando afecta a "situaciones agotadas" y los procesos pendientes de sentencia firme no lo son.
La decisi¨®n, seg¨²n L¨®pez Vilas, supone que la Audiencia tendr¨¢ que fallar hoy el traspaso del t¨ªtulo de Torre Mayor, "con todos sus honores, preeminencias y prerrogativas" a favor de la demandante.
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