Del 'caso Mari Luz' a la huelga de jueces
En materia judicial siempre ha sido muy dif¨ªcil para los Gobiernos del Partido Socialista desarrollar una pol¨ªtica acertada. Sin duda existen factores de peso y circunstancias atenuantes -como el enraizamiento del pensamiento conservador en la carrera judicial- que han impedido que las pol¨ªticas de progreso se desenvuelvan en el ¨¢mbito judicial con el mismo ¨¦xito alcanzado en otros tambi¨¦n tradicionalmente muy dif¨ªciles para los socialistas como puede ser el militar, y donde no obstante se han hecho importantes cambios y transformaciones en la organizaci¨®n y el funcionamiento de nuestras Fuerzas Armadas.
Desde la izquierda hemos hablado y escrito mucho sobre esa patolog¨ªa del "corporativismo" judicial expresado con toda crudeza con motivo de la pol¨¦mica decisi¨®n del Consejo General del Poder Judicial sobre la sanci¨®n disciplinaria impuesta a un juez de Sevilla a ra¨ªz del llamado caso Mari Luz. Sin duda los retrasos y la desidia de la Audiencia Provincial y del propio juez de lo Penal en resolver, notificar y ejecutar una sentencia condenatoria al inculpado por el asesinato de la ni?a onubense, integran uno de los episodios m¨¢s negros de la historia judicial espa?ola. Aquel p¨¦simo funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia fue sin duda imputable a los titulares de dichos ¨®rganos jurisdiccionales, pero tambi¨¦n a la insuficiencia de medios materiales y personales con que se trabaja en las oficinas judiciales de este pa¨ªs. La desastrosa gesti¨®n del caso se solap¨® sobre esta cruda realidad, provocando una reacci¨®n en cadena de jueces de todas las tendencias ideol¨®gicas y si cabe un mayor escoramiento de las posturas corporativistas, pecado gremialista al que no escapan los grandes cuerpos de la Administraci¨®n.
La izquierda, que solucion¨® el problema militar, no termina de acertar con los jueces
Se precisa una reforma urgente del sistema de acceso a la carrera judicial
Y en lugar de torear dicho corporativismo con acciones decididas, y de reaccionar ante el larvado malestar judicial por lo que se consider¨® "intromisiones del Ejecutivo", se insisti¨® en se?alar con el dedo inquisitivo a los jueces como una casta que s¨®lo se mueve por s¨®rdidos intereses personales, olvidando que la pol¨ªtica judicial es una pol¨ªtica de Estado que incide sobre una materia muy compleja, muy fragmentada y con protagonistas muy distintos que s¨®lo los jueces protagonistas (comunidades aut¨®nomas, fiscales, secretarios judiciales, funcionarios, abogados y procuradores).
La pol¨ªtica judicial es sin duda dif¨ªcil desde el momento en que tiene que estar dirigida al servicio de la funci¨®n jurisdiccional, que es lo mismo que decir, en palabras de Fernando Ledesma, "al servicio de la independencia de jueces y magistrados". Por eso mismo, ante la insoportable deficiencia estructural que impide que la funci¨®n judicial sea eficaz y ante una pol¨ªtica err¨¢tica y desorientada que desatiende esa pri-maria obligaci¨®n de servicio material a la independencia judicial, se lleg¨® al momento actual en que los jueces reaccionamos con la torpeza de una huelga anunciada que dif¨ªcilmente entienden los ciudadanos.
En este estado de cosas son muchos los que cuestionan el sistema de autogobierno judicial que ni siquiera cuenta con antecedentes democr¨¢ticos: la autogesti¨®n judicial -?as¨®mbrese el lector!- data ya de la dictadura de Primo de Rivera, que ide¨® en 1923 la Junta Organizadora del Poder Judicial "para confiar a la propia Magistratura su depuraci¨®n, su reforma y su r¨¦gimen". La existencia de un CGPJ fomenta las tendencias corporativistas por la evidente mayor¨ªa judicial que lo integra, y cuando en 1985 se trat¨® de corregir al mal del corporativismo se uni¨® el mal del reparto de cuotas entre los grupos parlamentarios que reiteradamente desatendieron la admonici¨®n que en ese sentido les hizo el Tribunal Constitucional. Y as¨ª llegamos al procedimiento actual, del a?o 2001, decantado por el dirigismo de las asociaciones profesionales a la hora de la renovaci¨®n de los vocales de procedencia judicial del CGPJ.
El mejor sistema de autogobierno judicial es la aplicaci¨®n rigurosa del principio del imperio de la ley, extra e intra judicialmente. Es decir, se tratar¨ªa de que las funciones y competencias de los vocales del consejo est¨¦n cada vez m¨¢s regladas y predeterminadas en la propia ley emanada del Parlamento, en cuya aplicaci¨®n quedara reducido pr¨¢cticamente a cero el margen de discrecionalidad. De la misma forma que est¨¢n reglados los ascensos y concursos de traslados, habr¨ªa que lograr que tambi¨¦n quedaran reglados los motivos tanto para los premios a los jueces (nombramientos, promociones y ascensos) como para los castigos (infracciones y sanciones) hasta lograr un sistema objetivo de carrera judicial.
Por otra parte, hay que ser muy contundentes en el destierro definitivo de cualquier intento de instaurar un "gobierno de los jueces". El gobierno es de los ciudadanos, surge leg¨ªtimamente de la expresi¨®n de la voluntad popular manifestada en unas elecciones que sirven adem¨¢s para configurar el sentido pol¨ªtico de la realidad social de cada momento, realidad con la que tiene que sintonizar el juez en su funci¨®n aplicativa del derecho tal y como viene ordenando desde hace tiempo el art¨ªculo 1? del C¨®digo Civil. Esto justifica que la decisi¨®n fundamental sobre la oportunidad y los concretos contenidos de la ley proceda siempre del poder legislativo. Y es precisamente en la aplicaci¨®n de la ley donde el juez encuentra su legitimidad democr¨¢tica.
Lo que enlaza con la reforma urgente del acceso a la carrera judicial, de cara a una formaci¨®n integral de los jueces en los valores de una sociedad democr¨¢tica avanzada y para paliar al mismo tiempo el clamoroso d¨¦ficit de jueces que padecemos en este pa¨ªs. Pero tambi¨¦n una reforma para que la funci¨®n judicial sea atractiva y accesible a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad y para que los futuros jueces puedan realizar su trabajo con objetividad, inteligibilidad y capacidad dial¨¦ctica.
El vigente sistema de acceso, basado exclusivamente en la memorizaci¨®n de textos y la acreditaci¨®n de dicho conocimiento en uno o varios ejercicios, se ha demostrado insuficiente para conseguir este objetivo. No sirve, en la mayor¨ªa de los casos, para seleccionar a los m¨¢s cualificados, ni permite la valoraci¨®n de otros m¨¦ritos indispensables para el ejercicio de esta important¨ªsima responsabilidad p¨²blica y para que los ciudadanos no alberguen la menor duda de que cuentan con personas bien formadas que respondan adecuadamente a la creciente demanda de justicia en nuestra sociedad.
Y todo ello con la decidida puesta en marcha de una nueva organizaci¨®n judicial para el siglo XXI (nueva planta y demarcaci¨®n territorial, oficina con medios tecnol¨®gicos, formaci¨®n intensiva del personal colaborador) por unos ejecutores capaces de comprometerse seriamente con las necesarias medidas legislativas, ejecutivas y presupuestarias, y capaces de alcanzar acuerdos solventes para el desarrollo de un programa de actuaciones que va m¨¢s all¨¢ de una sola legislatura.
En definitiva, entre el corporativismo y el descr¨¦dito extremos tenemos que encontrar el espacio donde ofrecer a los ciudadanos una nueva pol¨ªtica m¨¢s sensata que contribuya a solucionar de una vez por todas nuestro problema judicial.
Alfonso Villag¨®mez Cebri¨¢n es magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y miembro de Jueces para la Democracia.
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