El Constitucional condena al PP por bloquear a la oposici¨®n en las Cortes
La Mesa vulner¨® derechos fundamentales de tres diputados de EU-L'Entesa
El Tribunal Constitucional considera "vulnerado el derecho fundamental" a ejercer la representaci¨®n de los ciudadanos en condiciones de igualdad de tres diputados de Esquerra Unida-L'Entesa y anula los acuerdos adoptados por la Mesa de las Cortes cuando se neg¨® a tramitar varias preguntas parlamentarias y una solicitud de comparecencia formuladas en mayo y septiembre de 2005. Es la primera vez en la historia de las Cortes Valencianas que el Tribunal Constitucional ampara "la facultad de formular preguntas al Consell", establece que "la inadmisi¨®n de las preguntas en cuesti¨®n supone una limitaci¨®n de los derechos y facultades que integran el estatuto constitucionalmente relevante de los representantes pol¨ªticos", y considera que cuando la Mesa de las Cortes rechaza admitir a tr¨¢mite determinadas iniciativas sus resoluciones deben incorporar "una motivaci¨®n expresa, suficiente y adecuada".
El fallo subraya el car¨¢cter "lac¨®nico y estereotipado" de los acuerdos de la Mesa
La sentencia del alto tribunal, que ayer se comunic¨® a las partes, responde al recurso de amparo presentado en noviembre de 2005 por Carles Arnal, portavoz de Esquerra Unida-L'Entesa, y por los diputados Joan Antoni Oltra y Ram¨®n Cardona contra la negativa de la Mesa de las Cortes a tramitar una solicitud de comparecencia del consejero de Territorio y Vivienda, entonces Rafael Blasco, y varias preguntas sobre el centro de ocio Mundo Ilusi¨®n; sobre unas excavaciones arqueol¨®gicas afectadas por el vial de Oropesa-Cabanes; y sobre el nombramiento como delegado territorial de la Consejer¨ªa de Territorio de un funcionario vinculado a empresas urban¨ªsticas.
El presidente de las Cortes era Julio de Espa?a. Mayra Barrieras y Juan Manuel Cabot eran vicepresidenta y secretario por el PP.
La Mesa de las Cortes rechaz¨® las preguntas de Esquerra Unida-L'Entesa alegando que en ning¨²n caso afectaban a persona de trascendencia p¨²blica en la Comunidad Valenciana, como establece el Reglamento de las Cortes. La actual Mesa de las Cortes, presidida por Milagrosa Mart¨ªnez, recurre sistem¨¢ticamente al mismo argumento para rechazar centenares de preguntas formuladas por la oposici¨®n.
La comparecencia de Blasco se rechaz¨® sin motivo aparente y en las alegaciones del letrado de las Cortes se apunta que no fue tramitada porque as¨ª lo decidi¨® la Junta de Portavoces.
El fallo del Constitucional establece que "el contenido lac¨®nico y estereotipado de las resoluciones, carente de cualquier tipo de justificaci¨®n argumentada, pone en evidencia un vicio de falta de motivaci¨®n que impide conocer las razones por las que la Mesa de las Cortes considera que las iniciativas rechazadas incurren en la causa prevista por el Reglamento de las Cortes, por lo que resulta obligado concluir que se ha vulnerado el derecho fundamental en juego, lo que conlleva el necesario otorgamiento del amparo solicitado".
Respecto a la negativa a tramitar la solicitud de comparecencia, el fallo considera que aceptar como v¨¢lida la mera negativa de la Junta de Portavoces "supondr¨ªa someter a razones de oportunidad pol¨ªtica el ejercicio de las facultades de control otorgadas a los parlamentarios". El portavoz del PP era entonces Seraf¨ªn Castellano, actual consejero de Gobernaci¨®n.
La sentencia a?ade una precisi¨®n "sobre el alcance del fallo", puesto que los acuerdo anulados se adoptaron en "una legislatura ya finalizada" y es imposible el "pleno restablecimiento del derecho vulnerado". Por esa raz¨®n, el texto concluye: "La pretensi¨®n de los demandantes de amparo ha de quedar satisfecha mediante la declaraci¨®n de la lesi¨®n de su derecho".
Uno de los seis magistrados de la Sala Segunda del Constitucional emite un voto particular en contra de parte del fallo.
Vicios de la mayor¨ªa absoluta
- Tres diputados de Esquerra Unida-L'Entessa solicitaron amparo al Tribunal Constitucional en noviembre de 2005 porque la Mesa de las Cortes se neg¨® a tramitar varias preguntas parlamentarias alegando que afectaban a "personas sin trascendencia p¨²blica".
- Las Cortes afirma que la Mesa tramit¨® preguntas similares sobre los mismos asuntos y que, por lo tanto, los derechos de representaci¨®n de sus se?or¨ªas estaban garantizados.
- El fiscal alerta sobre la arbitrariedad de los acuerdos de la Mesa.
- La sentencia destaca el control al gobierno como tarea parlamentaria y detecta "un vicio de falta de motivaci¨®n" en las resoluciones de la Mesa que vulnera derechos fundamentales.
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