Absuelto un empresario acusado de arrasar yacimientos arqueol¨®gicos
El fiscal solicitaba dos a?os de c¨¢rcel por un delito contra el patrimonio
La titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 1 de Orihuela ha absuelto a un empresario procesado por un delito contra el patrimonio por arrasar dos yacimientos (una villa romana y una alquer¨ªa ¨¢rabe) en la roturaci¨®n ilegal de una finca. El fiscal solicitaba para el procesado dos a?os de c¨¢rcel por un delito contra el patrimonio hist¨®rico-art¨ªstico y, alternativamente, una multa de 18 meses a raz¨®n de 30 euros al d¨ªa por imprudencia. El ministerio p¨²blico fij¨® una indemnizaci¨®n de 776.417,20 euros, que la magistrada igualmente ha desestimado. El fiscal coordinador de medio ambiente de la Audiencia de Alicante, Juan Carlos Carranza, anunci¨® ayer que presentar¨¢ un recurso de apelaci¨®n en los mismos t¨¦rminos que la acusaci¨®n inicial.
Los restos estaban catalogados y el acusado rotur¨® el terreno sin permiso
En la sentencia, la juez da por probado que los vestigios arqueol¨®gicos da?ados estaban catalogados y se?alizados y, adem¨¢s, que el empresario realiz¨® los trabajados de roturaci¨®n de la finca sin autorizaci¨®n. No obstante, la magistrada se?ala que no est¨¢ debidamente delimitado si los da?os fueron ocasionados por este empresario acusado por el anterior propietario de la finca. Tambi¨¦n aduce contradicciones en los informes periciales. De ah¨ª, que concluya que no hay delito contra el patrimonio ni en la modalidad dolosa ni imprudente.
El fiscal mantiene que el propietario de unos terrenos incultos, ubicados en la pedan¨ªa oriolana de Torremendo, sin permisos ni licencias, orden¨® en agosto de 2002 su desmonte y roturaci¨®n para transformarlos en terreno de cultivo de c¨ªtricos mediante regad¨ªo por el m¨¦todo del goteo. Como consecuencia de la roturaci¨®n, resultaron destruidos el yacimiento arqueol¨®gico denominado Lo Cartagena, que incluye restos de una villa romana con construcciones hidr¨¢ulicas, datados entre los siglos I y IV, y el de Rambla de la Alcorisa, con vestigios de una alquer¨ªa musulmana, de entre los siglos X y XIII.
Los terrenos que albergan los vestigios, aparte de estar inscritos en la Direcci¨®n General del Patrimonio Cultural desde el 6 de mayo de 1998, tambi¨¦n estaban incluidos en el planeamiento urbano de Orihuela como suelo no urbanizable de explotaci¨®n agr¨ªcola de especial protecci¨®n arqueol¨®gica y paisaj¨ªstica. "Y los delimit¨® [la direcci¨®n general] sobre el terreno mediante la colocaci¨®n de estacas pintadas de rojo situadas en la parte central de los mismos por el t¨¦cnico arque¨®logo municipal en 997", remarca el fiscal.
En el juicio, celebrado el 4 de junio, el procesado se?al¨® que "actu¨® confiado en la actuaci¨®n del anterior propietario".
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