Arag¨®n abre la puerta legal de la custodia compartida en Espa?a
El juez fijar¨¢ el tiempo de uso de la vivienda familiar y el r¨¦gimen de visitas de otros parientes - Catalu?a y Pa¨ªs Vasco tambi¨¦n promueven 'otra ley del divorcio'
Las Cortes de Arag¨®n aprobar¨¢n hoy la primera ley en Espa?a que considera la custodia compartida de los hijos como el r¨¦gimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separaci¨®n o divorcio cuando no haya acuerdo de los progenitores. La aprobaci¨®n se produce en un momento social y pol¨ªtico en el que arrecia el debate para modificar la reforma de la ley del divorcio aprobada en 2005, que califica la custodia compartida como una situaci¨®n "excepcional" que s¨®lo se otorgar¨¢ si el fiscal informa a favor.
Catalu?a tambi¨¦n ultima una ley, menos ambiciosa que la aragonesa, que pretende la mayor implicaci¨®n de los hombres en el cuidado de los hijos y mitigar los efectos del divorcio. Igualmente, las Juntas Generales de Vizcaya aprobar¨¢n hoy una proposici¨®n no de ley en la que se insta al Gobierno, con car¨¢cter urgente, a que presente en las Cortes un proyecto de modificaci¨®n de la ley del divorcio para que la custodia compartida sea el modelo preferente. En ese mismo sentido se posiciona el Ararteko (Defensor del Pueblo del Pa¨ªs Vasco) en su ¨²ltimo informe anual. En la Comunidad Valencia el debate est¨¢ encima de la mesa. Han comenzado las reuniones para legislar en ese sentido.
El C¨®digo Civil vigente califica esta medida de "excepcional"
Anualmente se producen m¨¢s de 100.000 rupturas en todo el Estado
"Algo se est¨¢ moviendo poco a poco en la sociedad espa?ola", explica Isidro Ni?erola, presidente de la Asociaci¨®n Espa?ola de Abogados de Familia, que viene reclamando desde hace a?os otra legislaci¨®n en materia de familia. Es por eso que la ley que aprueban hoy las Cortes de Arag¨®n tiene precedentes en Espa?a. El proyecto fue impulsado por el Partido Aragon¨¦s (PAR), que gobierna en coalici¨®n con el PSOE, aunque al final lo apoyar¨¢n tambi¨¦n el PP y la Chunta Aragonesista. En total, 66 de los 67 diputados. El de Izquierda Unida se opondr¨¢.
La Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que "el juez adoptar¨¢ de forma preferente la custodia compartida en inter¨¦s de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea m¨¢s conveniente".
La decisi¨®n judicial se basar¨¢, entre otros factores, en el plan de relaciones familiares que presentar¨¢ cada progenitores tras la ruptura, algo que ahora no se reconoce en el C¨®digo Civil espa?ol. El plan deber¨¢ detallar el destino de la vivienda, el r¨¦gimen de convivencia y visitas de los hijos, as¨ª como la pensi¨®n compensatoria a la madre, si procede, aspectos que ahora decide el juez o que se incluyen en cualquier convenio regulador de divorcio que presentan las partes si es de mutuo acuerdo. Sin embargo, la ley aragonesa va m¨¢s all¨¢ y precisa que ese plan tambi¨¦n deber¨¢ referirse al r¨¦gimen de relaci¨®n de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas. Se pretende acabar as¨ª con una situaci¨®n que afecta a centenares de miles de abuelos de Espa?a, casi siempre paternos, que dejan de ver a sus nietos tras el divorcio.
Anualmente se producen en Espa?a m¨¢s de 100.000 rupturas. El Instituto Nacional de Estad¨ªstica (INE) cifra las separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales en 118.939, lejos de las 145.919 que se alcanzaron en 2006, cuando no hab¨ªa crisis. No hay estudios rigurosos sobre las custodias compartidas que se conceden, pero nadie duda que apenas superan el 5% del total. La inmensa mayor¨ªa son por mutuo acuerdo, pues las estrecheces de la actual legislaci¨®n le impiden al juez optar por esa v¨ªa. Otra cosa es que, hecha la ley, hecha la trampa, porque los jueces ¨²ltimamente est¨¢n concediendo lo que se llama amplios reg¨ªmenes de visitas que, en la pr¨¢ctica son custodias compartidas de hecho, que no de derecho.
Como el caso de Joan Carles Casta?¨¦, que salt¨® a los medios en 2006, cuando un juzgado de Gav¨¤ (Barcelona), le neg¨® la custodia compartida, entre otros motivos, porque sufre una ligera cojera. Tras una larga batalla judicial ha conseguido que sus hijos, que cumplir¨¢n 11 y siete a?os, est¨¦n con ¨¦l martes, jueves y fines de semana alternos que se inician el viernes, cuando salen del colegio, y finalizan el lunes, cuando regresan. Igual que la madre, que los tiene lunes, mi¨¦rcoles y fines de semana, pero oficialmente es ella quien tiene la custodia.
La ley aragonesa precisa que no se conceder¨¢ la custodia, ni individual ni compartida, "cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia dom¨¦stica o de g¨¦nero". Algunos voces alertan que este redactado puede favorecer el abuso del C¨®digo Penal. El proyecto inicial hablaba de sentencia firme y no indicios, pero finalmente fue modificado, seg¨²n explica Mar¨ªa Herrero, coordinadora de la ponencia parlamentaria y diputada del PAR.
Otro art¨ªculo establece que el juez limitar¨¢ la atribuci¨®n del uso de la vivienda a uno de los progenitores si las partes no se ponen de acuerdo acuerdo e incluso podr¨¢ dictar su venta si beneficia a las relaciones familiares. La sentencia al uso que se dicta en Espa?a atribuye a la mujer la custodia de los hijos, una pensi¨®n de alimentos y el uso de la vivienda sin acotarlo en el tiempo. Aunque no lo parezca, es una telara?a que atrapa a la mujer, pues cuando los hijos se emancipan, el padre pide la divisi¨®n de la cosa com¨²n. Y ella, con una cierta edad, se ve obligada a abandonar la casa si no le puede comprar a ¨¦l su parte.
La ley aragonesa contiene tambi¨¦n una disposici¨®n transitoria que permite su retroactividad, de manera que cuando entre en vigor dentro de tres meses, se podr¨¢n revisar todas las sentencias ya dictadas.
"La fiscal¨ªa tiene la llave"
?A alguien se le ocurre que un juez espa?ol no pueda tomar una decisi¨®n si se opone el fiscal? Pues eso es lo que ocurre en Espa?a con el art¨ªculo 92.8 del C¨®digo Civil, que impide al juez dictar una custodia compartida si el fiscal no est¨¢ de acuerdo. Es lo que sali¨® de las Cortes en una votaci¨®n de madrugada celebrada en 2005, cuando se reform¨® la ley del divorcio.
El PSOE dijo entonces que hab¨ªa sido un error y que se modificar¨ªa la ley, pero han pasado cinco a?os y sigue igual. Las audiencias provinciales de Las Palmas y Navarra han planteado dos cuestiones de inconstitucionalidad sobre ese art¨ªculo. "La fiscal¨ªa tiene la llave de la custodia compartida y en ocasiones nos gustar¨ªa dictar m¨¢s sentencias as¨ª, pero no podemos", explica Jos¨¦ Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de M¨¢laga, especializado en familia.
Y ante ese imperativo legal lo que hacen muchas sentencias es llenar de contenido la patria potestad, que sigue siendo compartida tras el divorcio, de manera que los jueces establecen, por ejemplo, que el progenitor custodio no podr¨¢ cambiar a los hijos de domicilio sin acuerdo del otro, ni de centro escolar, ni organizar actos sociales o familiares, ni visitas m¨¦dicas o al psic¨®logo.
El juez Utrera coincide con los abogados de familia en que tambi¨¦n hay que cambiar el art¨ªculo 96, que atribuye autom¨¢ticamente la vivienda al progenitor custodio, sin temporalizar el derecho de uso ni regular su posible venta, como hace la ley aragonesa. "Esperamos que produzca un efecto domin¨® en otras comunidades y en Espa?a para invertir la tendencia actual y darle la vuelta al C¨®digo Civil", explica la diputada del PAR Mar¨ªa Herrero. "Los jueces siguen siendo reacios a la custodia compartida, pero la sociedad va por delante de la ley y con el paso del tiempo llegar¨¢n los cambios legales", asegura el abogado Ni?erola.
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