Tendr¨¢n que responder
El Constitucional ampara el derecho de la oposici¨®n valenciana a preguntar sobre G¨¹rtel
Las Cortes Valencianas tendr¨¢n que volver a pronunciarse sobre la admisi¨®n a tr¨¢mite de varias preguntas del grupo parlamentario Comprom¨ªs que la Mesa de la C¨¢mara inadmiti¨® a lo largo de 2009; entre esas preguntas figuran algunas referidas a posibles contratos de las distintas consejer¨ªas del Gobierno valenciano con empresas investigadas en relaci¨®n a la trama G¨¹rtel. As¨ª lo ha resuelto el Tribunal Constitucional en una sentencia que otorga el amparo solicitado en su momento por ese grupo opositor.
La resoluci¨®n incide sobre varios problemas relacionados con la calidad de la democracia. Uno de ellos es la resistencia de los Gobiernos a informar y facilitar documentaci¨®n sobre su actuaci¨®n, y en particular sobre el uso que hacen de los fondos p¨²blicos que gestionan. Esa opacidad es un est¨ªmulo objetivo para la corrupci¨®n: no es casual que sean los pa¨ªses con mayor transparencia sobre los usos del dinero p¨²blico, como las democracias del norte de Europa, aquellas en las que hay un menor ¨ªndice de corrupci¨®n.
Otro aspecto es el del abuso de la mayor¨ªa. Hay cosas que no pueden resolverse a votos. Por ejemplo, es consustancial al sistema parlamentario la funci¨®n de control del poder por parte de la oposici¨®n, correlativa de la obligaci¨®n de los Gobiernos de rendir cuentas. Pero ambas se desnaturalizan si se utiliza la mayor¨ªa para impedir debates sobre ciertos temas o para denegar las informaciones reclamadas.
Tambi¨¦n cabe relacionar la sentencia con la tendencia actual de muchos pol¨ªticos a considerar superflua la motivaci¨®n de sus decisiones. No basta, dice el tribunal, con invocar un determinado art¨ªculo del reglamento de la C¨¢mara para dar por evidente que se aplica al caso planteado. Suena a broma, por ejemplo, que la Mesa del Parlamento diera por supuesto que la informaci¨®n sobre la relaci¨®n entre la Administraci¨®n valenciana y la trama G¨¹rtel (o sobre la actuaci¨®n de esa Administraci¨®n en relaci¨®n con unos vertidos t¨®xicos) se refiere a personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas "sin trascendencia p¨²blica".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Arag¨®n, considera que se vulner¨® el derecho constitucional de los ciudadanos a "participar en los asuntos p¨²blicos, directamente o por medio de sus representantes", y obliga a la Mesa de las Cortes, en la que el PP tiene mayor¨ªa absoluta, a resolver de nuevo sobre las iniciativas en su d¨ªa denegadas.
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