Gesto en Caja Madrid
Los bonus han de premiar mejoras objetivas y aprobarse por comisiones independientes
La decisi¨®n del Consejo de Caja Madrid de no reconocer y no pagar los bonus de 25 millones de euros que correspond¨ªan, seg¨²n acuerdo aprobado en 2006, al expresidente de la entidad, Miguel Blesa, y a otras nueve personas del comit¨¦ de direcci¨®n constituye un precedente significativo (es la primera vez que se revoca un acuerdo sobre una retribuci¨®n variable en una sociedad espa?ola) y, al mismo tiempo, un motivo obligado de reflexi¨®n sobre el papel que han jugado y deben jugar los incentivos variables en el buen funcionamiento conjunto de la econom¨ªa. El Consejo de Caja Madrid justifica la revocaci¨®n de los incentivos pactados en la Directiva europea 2020/76, todav¨ªa no traspuesta a la legislaci¨®n espa?ola, que permite cuestionar los derechos de cobro de los directivos cuando la entidad percibe ayudas p¨²blicas o aumenta la morosidad en el balance.
No es dif¨ªcil pronosticar una larga batalla legal, en la que los directivos afectados luchar¨¢n por demostrar que tienen derecho a esos 25 millones, puesto que se cumplieron los tr¨¢mites societarios para consolidar tales derechos. Los tribunales decidir¨¢n, pero desde el punto de vista societario y pol¨ªtico, la decisi¨®n es acertada. La opini¨®n p¨²blica no acaba de entender que una caja que disminuy¨® dr¨¢sticamente sus beneficios entre 2006 y 2010 premie a los gestores de esa ¨¦poca. Los bonus salariales a la direcci¨®n, dicta el sentido com¨²n, retribuyen la mejora de una compa?¨ªa en las variables econ¨®micas o financieras que el Consejo de Administraci¨®n considere prioritarias. No deber¨ªan quedar sujetos, de una vez para siempre y sin m¨¢s, a un criterio de fidelizaci¨®n o de pacto al margen de la situaci¨®n de la compa?¨ªa.
La legislaci¨®n espa?ola, como la europea, est¨¢ hu¨¦rfana de criterios y pautas para legitimar los bonus y retribuciones variables que se han prodigado en todos los pa¨ªses durante el periodo de prosperidad y que han causado notorios esc¨¢ndalos cuando estall¨® el crash financiero. El incentivo perverso de premiar salarialmente a los directivos que mejoraban los resultados trimestrales est¨¢ en el origen de esta crisis. La legislaci¨®n societaria (en Espa?a y en Europa) tiene que esmerarse en vincular los extras salariales a los resultados a medio y largo plazo, y exigir que los salarios extraordinarios sean aprobados por comisiones de retribuciones independientes. Si no se acotan estas y otras condiciones, sobrevivir¨¢ la tendencia a autopremiarse de algunos directivos.
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