C¨®mo modernizar la justicia
Con juzgados r¨¢pidos y eficaces, se reforzar¨ªa la seguridad jur¨ªdica y se contribuir¨ªa al desarrollo econ¨®mico y al bienestar. Pero los pol¨ªticos son cicateros en esta materia: hay pocos jueces y sus recursos son escasos
Son alarmantes las carencias de la Administraci¨®n de Justicia. Mucho se ha escrito sobre la necesidad de modernizarla. El debate es positivo. Pero con la perspectiva que da el tiempo, hay que reconocer que el recorrido ha sido muy corto. Es momento de preguntarnos d¨®nde estamos y d¨®nde vamos. Ello requiere indagar en cuestiones clave para la modernizaci¨®n de la justicia, algunas advertidas hace a?os, y analizarlas m¨¢s all¨¢ de discursos optimistas:
1) La insuficiencia de jueces. Nadie discute que es imprescindible incrementar el n¨²mero de jueces en Espa?a. En 10 a?os, los asuntos en los Juzgados de 1? Instancia, Social, Mercantil y Contencioso-administrativo han aumentado en un 150%. El n¨²mero de jueces solo un 21%. Se ha pasado, de 3.917 en 1999, a 4.711 en 2010 para una entrada de millones de asuntos al a?o. Esa proporci¨®n es insostenible.
Seguimos en el pleistoceno inform¨¢tico. Cada ¨®rgano judicial desconoce lo que hace el de al lado
Hay que simplificar, desjudicializar materias, despenalizar faltas, potenciar el arbitraje...
2) La insuficiencia de recursos. Es consecuencia de la inercia de una centenaria cicater¨ªa de sucesivos Gobiernos. Es necesaria una mayor atenci¨®n de los poderes p¨²blicos a la justicia. Es imposible la modernizaci¨®n sin recursos econ¨®micos. Con juzgados r¨¢pidos y eficaces, se reforzar¨ªa la seguridad jur¨ªdica y se contribuir¨ªa al desarrollo econ¨®mico y al bienestar. Se trata de apostar, de forma decidida y valiente, por la tutela de los derechos de los ciudadanos partiendo de una premisa: no hay inversi¨®n m¨¢s social y rentable que la que se efect¨²a en justicia.
3) La obsoleta organizaci¨®n territorial. La actual data del XIX. Hoy no tienen sentido micropartidos judiciales con dos, tres o cuatro juzgados, donde la implantaci¨®n de la oficina judicial ser¨¢ in¨²til. Debemos tender a la concentraci¨®n en grandes sedes (?provinciales?) dotadas de medios. Esta medida, junto con las dos siguientes, se contempl¨® en el informe de 2009 de una comisi¨®n designada por el Ministerio, pero se ha avanzado muy poco. Ni siquiera se ha logrado hacerlo en la comarcalizaci¨®n de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que est¨¢n infrautilizados al extender su jurisdicci¨®n a territorios demasiado reducidos.
4) Creaci¨®n de Tribunales de Base o de Primer Grado. Estos ¨®rganos conocer¨ªan de asuntos menores y evitar¨ªan desplazamientos a los ciudadanos. Los jueces ya alertamos del clamoroso error de suprimir los Juzgados de Distrito en 1989.
5) Creaci¨®n de Tribunales de Instancia. Supondr¨ªa la desaparici¨®n de los cl¨¢sicos juzgados y su agrupaci¨®n en ¨®rganos colegiados. Su principal ventaja: incrementar el n¨²mero de jueces sin crear juzgados. La idea fue bien acogida por los jueces, pero el proyecto de ley que lo regula ha pecado de precipitaci¨®n, se ha elaborado de espaldas a los magistrados, debilita sus ¨®rganos de representaci¨®n, no prev¨¦ cambios en la planta judicial e incluye soluciones que han logrado aunar a los jueces en un rotundo rechazo, algunas por su dudosa constitucionalidad.
6) Carga de trabajo judicial. Es imprescindible determinar la carga de trabajo de cada juez para averiguar cu¨¢ntos necesitamos. Hoy, es indiferente que se registren en un juzgado 50 o 2.000 litigios. Siempre habr¨¢ un juez obligado a resolver a destajo lo que buenamente pueda. Los ciudadanos no merecen eso. Detr¨¢s de cada expediente hay personas que sufren y esperan una soluci¨®n meditada, razonada, trabajada. Son conflictos que requieren dedicaci¨®n y que, a veces, esconden dramas. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en un informe reciente, se?ala los juzgados m¨¢s sobrecargados y las plazas judiciales de creaci¨®n urgente: 432 para toda Espa?a; 122 de ellas en Andaluc¨ªa, 59 en Catalu?a, 51 en Madrid y 63 en la Comunidad Valenciana.
7) Interconexi¨®n y modernizaci¨®n inform¨¢tica de los ¨®rganos judiciales. Seguimos en el pleistoceno inform¨¢tico. Cada ¨®rgano judicial desconoce lo que hace el de al lado, el sistema inform¨¢tico es incompatible con el de fiscal¨ªa, cada autonom¨ªa tiene uno y no existe conexi¨®n con las bases de datos policiales. Solo har¨ªa falta voluntad. Como muestra, una experiencia piloto: La "oficina de presentaciones" en Valencia, que en tres meses, con colaboraci¨®n policial y aprovechando bases de datos del Ministerio del Interior, ha detectado a 140 personas reclamadas judicialmente que se presentaban tranquilamente en los jugados para firmar peri¨®dicamente. Y a coste cero. Tambi¨¦n es necesario mejorar el sistema de averiguaci¨®n de bienes, que ofrece informaci¨®n anticuada y poco ¨²til. Tal vez podr¨ªa descansarse esa gesti¨®n en la Agencia Tributaria. Adem¨¢s, es urgente la implantaci¨®n absoluta del expediente y de la firma digital.
8) La ineficaz gesti¨®n de la Administraci¨®n de Justicia. La comparten CGPJ, Ministerio y comunidades aut¨®nomas con competencias. El sistema es burocr¨¢tico, lento, falto de coordinaci¨®n, insensible.
9) La falta de independencia econ¨®mica. El Poder Judicial carece de recursos propios, hay una subordinaci¨®n absoluta en lo econ¨®mico al Ejecutivo central o auton¨®mico. As¨ª, se condiciona y coarta a un Poder Judicial inerme y anquilosado, que vive de los recursos que el Ejecutivo tiene a bien proporcionarle... o no. Ya que se ha abierto un saludable debate sobre el sistema de nombramientos para el CGPJ y el Tribunal Constitucional, convendr¨ªa ampliarlo a que la independencia econ¨®mica es garant¨ªa de independencia funcional.
10) Excesiva interinidad funcionarial y la falta de formaci¨®n de los funcionarios interinos.
11) La oficina judicial, compromiso con una mejor expectativa para racionalizar y optimizar el trabajo, deber¨ªa permitir al juez centrarse en la resoluci¨®n de asuntos. Llega con ocho a?os de retraso, se regul¨® en 2003 y se pretende implantar con insuficiente presupuesto, en sedes puntuales y con escaso inter¨¦s de las autonom¨ªas. Solo contamos con cuatro ensayos en ciudades medias (Murcia, Burgos, C¨¢ceres y Ciudad Real) con resultados poco optimistas. Hay improvisaci¨®n, problemas inform¨¢ticos y organizativos, y un excesivo protagonismo invasivo del Ministerio de Justicia. Hay indefinici¨®n de funciones de jueces y secretarios judiciales, poca claridad en la delimitaci¨®n de responsabilidades y cierto arrinconamiento del juez, incluso de los ¨®rganos de gobierno de tribunales. Si es as¨ª en las poblaciones con experiencia piloto, ?qu¨¦ suceder¨¢ en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia?
12) Reforma de normas procesales. Urge la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 -nuestra Ley Procesal Penal-, excesivamente formalista y gestada para una sociedad que nada tiene que ver con la actual.
13) La desmesurada litigiosidad. Debe conocerse el excesivo coste social y econ¨®mico de los procesos en asuntos irrelevantes y transmitir a la sociedad que los litigios cuestan mucho dinero y ocasionan enormes molestias a los ciudadanos. Hay miles de juicios y vistas a diario por cuestiones nimias, evitables, que retrasan las causas importantes. Conviene debatir sobre la necesidad de simplificar los procedimientos, generalizar la oralidad, desjudicializar materias, despenalizar faltas, limitar los recursos, potenciar la mediaci¨®n y el arbitraje, implantar tasas... Son un avance el proyecto de ley de mediaci¨®n civil y mercantil o el proyecto de ley de medidas de agilizaci¨®n procesal, que recoge algunas sugerencias de los jueces decanos, pero caben dos importantes cr¨ªticas a este ¨²ltimo: es insuficiente, deja al margen parte de las propuestas y las medidas previstas benefician a la segunda instancia y al Tribunal Supremo, cuando el atasco principal est¨¢ en el primer escal¨®n, en los juzgados.
?Puede hablarse de aut¨¦ntico proceso de modernizaci¨®n de la justicia? Parece evidente que no. El debate no ha sido in¨²til. Contamos con la complicidad de los ciudadanos, pero no ha habido respuesta de sus representantes pol¨ªticos. Lo grave y desalentador es que no parece que haya una orientaci¨®n estrat¨¦gica seria, un proyecto global, integral y valiente de reforma y modernizaci¨®n judicial. Ello lleva a actuaciones t¨ªmidas, parciales e inconexas.
Es obvia la urgencia de un Pacto de Estado. Supongo que habr¨¢ que esperar a que la justicia ocupe y preocupe a los responsables pol¨ªticos, aunque es dif¨ªcil: no da votos y las actuaciones de los Tribunales, con frecuencia, no agradan. Estamos a tiempo de evitar un hundimiento definitivo, algo que nos entristecer¨ªa profundamente a quienes, como jueces, somos conscientes de la importancia de un Poder Judicial fuerte y efectivo en democracia.
Pedro Viguer es juez decano de Valencia.
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