La justicia avala el derecho ciudadano a conocer todos los actos urban¨ªsticos
A Guarda se escud¨® en la protecci¨®n de datos para negar informaci¨®n p¨²blica
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reafirmado el derecho de los ciudadanos a conocer los expedientes urban¨ªsticos que tramiten las Administraciones p¨²blicas sin necesidad siquiera de que se hayan archivado ni concluido previamente. As¨ª lo establece una sentencia que el alto tribunal ha dictado al hilo de la denegaci¨®n, por parte del Ayuntamiento de A Guarda, del expediente de la urbanizaci¨®n R¨ªo Mi?o, de 115 viviendas, aprobado por la Comisi¨®n Provincial de Urbanismo hace 30 a?os y cuya ejecuci¨®n a¨²n no ha sido certificada por el Ayuntamiento pese a que las viviendas est¨¢n ocupadas desde hace m¨¢s de dos d¨¦cadas.
La Xunta de Goberno de A Guarda deneg¨® en julio de 2009 el expediente a Santiago G¨®mez-Reino, a la saz¨®n presidente de la comunidad de vecinos. Al no haber recepcionado el Ayuntamiento la citada urbanizaci¨®n, sus vecinos siguen costeando servicios municipales como la reparaci¨®n de las calles o el alumbrado p¨²blico. De ah¨ª su inter¨¦s en conocer el expediente completo del proyecto, un derecho que les fue reconocido en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 1 de Pontevedra. El Ayuntamiento recurri¨® el fallo aduciendo las leyes de protecci¨®n de datos y de la propiedad intelectual, lo que ahora ha desestimado el TSXG confirmando la sentencia del juzgado.
Ya el primer fallo del juzgado de Pontevedra consideraba "obvio" que la petici¨®n de G¨®mez-Reino no comportaba "ning¨²n secreto de car¨¢cter t¨¦cnico que el autor del proyecto pudiera querer preservar del conocimiento ajeno" y que "el proyecto de ejecuci¨®n de una edificaci¨®n es un compendio de datos t¨¦cnicos que no afectan a la intimidad de las personas".
Aunque la protecci¨®n intelectual incluye "los proyectos, planos, maquetas y dise?os de obras arquitect¨®nicas y de ingenier¨ªa", refrenda ahora el TSXG, "semejante extremo no empece, ampara ni motiva aquella denegaci¨®n de acceso al expediente de autos ni aquella denegaci¨®n de expedici¨®n de copias autenticadas" que se hab¨ªa solicitado.
La Ley del R¨¦gimen Jur¨ªdico de las Administraciones P¨²blicas y del Procedimiento Administrativo -a?ade la sentencia- consagra el derecho ciudadano "a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitaci¨®n de los procedimientos en los que tengan la condici¨®n de interesados y obtener copias de documentos contenidos en ellos".
Tambi¨¦n cita el fallo del TSXG la Ley de Ordenaci¨®n Urban¨ªstica y Protecci¨®n del Medio Rural de Galicia (Louga), "a la saz¨®n directa e inmediatamente aplicable al caso de autos", la cual prescribe que "los instrumentos de ordenaci¨®n urbana, con todos sus documentos, tanto si se encuentran aprobados como durante su tramitaci¨®n, ser¨¢n p¨²blicos y cualquier persona podr¨¢, en todo momento, consultarlos, obtener copias de los mismos previo pago del precio correspondiente y recabar informaci¨®n sobre los mismos en el Ayuntamiento".
En igual sentido abundar¨ªa la propia Louga, prosigue la sentencia del TSXG, cuando se?ala que "toda persona tendr¨¢ derecho a que el municipio correspondiente le informe por escrito sobre el r¨¦gimen y condiciones urban¨ªsticas aplicables a un terreno concreto o al sector, pol¨ªgono o ¨¢mbito de planeamiento en que se encuentre incluido".
"No consta, pues", concluye el fallo del TSXG, "motivaci¨®n denegatoria bastante ni tampoco acreditaci¨®n de inter¨¦s de tercero tutelable alguno que justifiquen aquella denegaci¨®n de acceso al expediente de autos ni tampoco a la expedici¨®n de aquellas copias autenticadas interesadas" por el demandante. En consecuencia, impone las costas procesales a la Administraci¨®n municipal apelante.
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