El Tribunal de la UE sentencia que Espa?a viol¨® la ley al no retirar las condiciones a E.ON
La Justicia europea da la raz¨®n a Bruselas y sostiene que Madrid incumpli¨® la libre circulaci¨®n de capitales en la OPA de Endesa. -Solbes advierte que la decisi¨®n afectar¨¢ al resto de pa¨ªses ya que si no hay margen de maniobra para Espa?a, "no existe para nadie"
El Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado hoy que Espa?a ha infringido el derecho comunitario al no retirar las condiciones impuestas para la adquisici¨®n de Endesa por parte de E.ON y ha creado una jurisprudencia que afectar¨¢ a la consolidaci¨®n del sector en todo el continente porque marca un antes y un despu¨¦s en las fusiones transfronterizas energ¨¦ticas.
Tras conocer la decisi¨®n del m¨¢ximo ¨®rgano judicial europeo, el titular de Econom¨ªa, Pedro Solbes, ha lamentado la contradicci¨®n entre la legislaci¨®n comunitaria sobre energ¨ªa, que permite a los pa¨ªses aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operaci¨®n en el sector, pero que en la pr¨¢ctica no las acepta. Por este motivo, el ministro, tras admitir que quiz¨¢ fallaron en la argumentaci¨®n, ha advertido que la sentencia afectar¨¢ al resto de pa¨ªses europeos ya que si no hay margen para Espa?a, "no existe para nadie".
En la sentencia dictada hoy, la primera de la Justicia europea sobre la disputa entre Bruselas y Madrid por este caso y contra la que no cabe recurso, el Tribunal declara que Espa?a "ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al derecho comunitario al no haber retirado determinadas condiciones impuestas por las resoluciones de la CNE y del Ministro, declaradas incompatibles con el derecho comunitario, dentro de los plazos se?alados".
La justicia comunitaria ha dado as¨ª la raz¨®n a la Comisi¨®n Europea, que hab¨ªa denunciado que los requisitos impuestos por Espa?a violaban los principios de libre circulaci¨®n de capitales y mercanc¨ªas y el derecho de establecimiento. En contraste, el Gobierno aleg¨® durante el procedimiento que las condiciones son compatibles con la normativa comunitaria y son esenciales para garantizar la seguridad de suministro. Adem¨¢s, ha condenado al Gobierno espa?ol a pagar las costas del proceso.
De este lado, los jueces europeos no han entrado a analizar el fondo de la cuesti¨®n, es decir, si efectivamente los requisitos son esenciales para garantizar la seguridad de suministro y compatibles con la normativa comunitaria. As¨ª, se limitan a se?alar que un Estado miembro "no puede invocar la supuesta ilegalidad de una decisi¨®n de la que es destinatario como motivo de oposici¨®n frente a un recurso por incumplimiento basado en la inobservancia de dicha decisi¨®n".
S¨®lo se podr¨ªa invocar este motivo si la decisi¨®n de Bruselas "adoleciera de vicios especialmente graves y videntes", cosa que, seg¨²n el Tribunal, no sucede en este caso. "En una situaci¨®n en la que el Estado miembro no ha comunicado los intereses protegidos por las medidas nacionales que ha adoptado, es inevitable que la Comisi¨®n examine en primer lugar si tales medidas est¨¢n justificadas", dice la sentencia.
Fuera de plazo
El Gobierno espa?ol tambi¨¦n aleg¨® en su defensa ante el Tribunal que la denuncia de la Comisi¨®n "carece de objeto" porque la OPA de E.ON se retir¨® el 10 de abril de 2007 y, en consecuencia, ya no le resultaba posible dar cumplimiento a las decisiones de Bruselas.
Sin embargo, la sentencia no acepta este argumento y se?ala que el hecho de que E.ON abandonara "no implica necesariamente una imposibilidad absoluta de cumplimiento, ya que, por ejemplo, la eliminaci¨®n formal de las disposiciones contrarias a las decisiones sigue siendo posible". Tambi¨¦n hace hincapi¨¦ en que a pesar de que el grupo alem¨¢n anunci¨® su abandono el 10 de abril, el plazo dado por la Comisi¨®n para retirar los obst¨¢culos a la OPA expir¨® el 16 de marzo.
Adem¨¢s, recalca que las autoridades espa?olas no adoptaron "ninguna medida para atenerse" a las ¨®rdenes de Bruselas en el plazo se?alado.
Entre las condiciones cuya retirada ped¨ªa el Ejecutivo comunitario se encontraban la obligaci¨®n de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco a?os, la prohibici¨®n de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla tambi¨¦n en cinco a?os, la exigencia de utilizar carb¨®n nacional, y la obligaci¨®n para E.ON de no adoptar decisiones estrat¨¦gicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislaci¨®n espa?ola.
Estos requisitos a la OPA de E.ON fueron impuestos por la Comisi¨®n Nacional de la Energ¨ªa (CNE) en julio de 2006 y enmendados por el ministerio de Industria en noviembre del mismo a?o en respuesta a los recursos contra la decisi¨®n del regulador.
Solbes denuncia las contradicciones de la legislaci¨®n europea
Tras darse a conocer la sentencia, el ministro de Econom¨ªa, Pedro Solbes, ha lamentado la contradicci¨®n que existe en la legislaci¨®n comunitaria sobre energ¨ªa, que permite a los pa¨ªses aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operaci¨®n en el sector, pero que en la pr¨¢ctica no las acepta.
As¨ª, ha recordado que la legislaci¨®n comunitaria reconoce la capacidad de los pa¨ªses para aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operaci¨®n. Sin embargo, ha lamentado, "en la pr¨¢ctica la interpretaci¨®n de la Comisi¨®n Europea" sobre la legislaci¨®n hace que esas razones "no existan".
El titular de Econom¨ªa ha advertido que se trata de una sentencia muy importante no s¨®lo para Espa?a, sino tambi¨¦n para el resto de pa¨ªses de la Uni¨®n Europea, porque interpreta si hay margen nacional de maniobra. Y si dicho margen "no existe para Espa?a, no existe para nadie", advirti¨®. En su opini¨®n, la decisi¨®n del Tribunal abrir¨¢ un debate "muy importante" sobre el futuro de la pol¨ªtica energ¨¦tica europea.
Adem¨¢s, Solbes, tras reconocer que no le gusta la condena, ha aseverado que las restricciones que hab¨ªa puesto el Ministerio de Industria "eran razonables" y se ha preguntado que, dado que no hay libre circulaci¨®n de energ¨ªa en Europa, qu¨¦ pasar¨ªa si se produjeran problemas de suministro dado que los pa¨ªses no tiene capacidad de reacci¨®n.
No obstante, el vicepresidente tambi¨¦n ha admitido que la estrategia del Gobierno no ha sido la m¨¢s acertada. "Quiz¨¢ no hemos sido capaces de explicar nuestros argumentos", ha sentenciado.
Desde la propia Endesa, aunque oficialmente ha eludido hacer comentarios en torno a la condena, una fuente de la compa?¨ªa que ha preferido mantener el anonimato ha indicado que las citadas condiciones "no ten¨ªan sentido" y en que "frenaban la libertad de decisi¨®n de los accionistas y menoscababan su inter¨¦s".
Por su parte, el presidente de E.ON, Wulf Bernotat, ha asegurado que el fallo del Tribunal de Luxemburgo ya no es "significativo" para la actividad del grupo alem¨¢n. Adem¨¢s, ha cifrado en 288 millones de euros los costes relacionados con el proceso fallido de adquisici¨®n de Endesa.
Expediente abierto por la Comisi¨®n Europea
En este sentido, la decisi¨®n del Tribunal de Justicia llega tarde para E.ON, que renunci¨® a su OPA en abril del a?o pasado tras la entrada en juego de Enel y Acciona, cuya oferta sobre Endesa fue la que acab¨® triunfando. Pero servir¨¢ para dilucidar el ¨²ltimo enfrentamiento entre la Comisi¨®n y el Gobierno, porque Bruselas ha abierto un nuevo expediente a Espa?a por las condiciones impuestas a la OPA de la italiana Enel y Acciona, que son parecidas a las que aplic¨® en su d¨ªa a E.ON.
En este sentido, el Tribunal europeo tampoco est¨¢ de acuerdo con algunas condiciones marcadas por el Ministerio de Industria a la propia Enel, empresa participada por el Estado de Italia, como que el centro de decisiones de Endesa se ubique en Espa?a y que el carb¨®n para la producci¨®n de energ¨ªa sea de producci¨®n nacional.
En este punto, el Gobierno espa?ol tiene recurrida esta decisi¨®n ante la Justicia europea y ha pedido que se suspenda la aplicaci¨®n de esa decisi¨®n hasta que haya una sentencia sobre el fondo del asunto. Actualmente, este proceso est¨¢ paralizado.
El Tribunal tiene adem¨¢s pendiente de resoluci¨®n otra denuncia de la Comisi¨®n contra Espa?a por el decreto que ampli¨® las competencias de la CNE.
El PP critica la actuaci¨®n "lesiva, sectaria y partidista" del Gobierno y dice que E.ON puede reclamar prejuicios
El secretario ejecutivo de Econom¨ªa y Empleo del Partido Popular, Miguel Arias Ca?ete, ha asegurado hoy a ra¨ªz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TUE) que la condena podr¨ªa dar lugar que la el¨¦ctrica alemana reclame perjuicios al Estado espa?ol por su actuaci¨®n "lesiva, sectaria y partidista".
Arias Ca?ete ha a?adido que el dictamen del TUE supone que el Gobierno tendr¨¢ que retirar tambi¨¦n las condiciones que impuso sobre la operaci¨®n lanzada por parte de Enel y Acciona sobre la primera energ¨¦tica espa?ola, y cuestiona "muy gravemente todo" todo el proceso.
A su juicio, la resoluci¨®n confirma el "intervencionismo" del Gobierno socialista, al que acus¨® de no respetar el libre juego del mercado, as¨ª como de no tener el "menor escr¨²pulo" en ignorar la legislaci¨®n comunitaria "para favorecer a unas operaciones y perjudicar a otras".
La UE espera que ni Espa?a ni sus socios vuelvan a imponer condiciones a ninguna fusi¨®n energ¨¦tica
La Comisi¨®n Europea ha acogido hoy con satisfacci¨®n la sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo que condena a Espa?a por no haber retirado las condiciones ilegales impuestas a la oferta p¨²blica de adquisici¨®n (OPA) de la el¨¦ctrica E.ON sobre Endesa y ha dicho que espera que este dictamen sirva para que en el futuro las autoridades espa?olas no impongan requisitos ilegales a las fusiones energ¨¦ticas transfronterizas.
"La importancia de la sentencia es sobre todo la jurisprudencia que establece. Clarifica las obligaciones de los Estados miembros. Por ello esperamos que Espa?a y todos los dem¨¢s Estados miembros tomen nota de la sentencia y respetan la legislaci¨®n comunitaria a la luz de las aclaraciones que ha realizado el Tribunal", ha se?alado el portavoz de Competencia, Jonathan Todd.
"La sentencia confirma que los Estados miembros no pueden privar a las empresas y a los consumidores de los beneficios del mercado interior, y que la Comisi¨®n puede y debe seguir vigilando las medidas nacionales para garantizar que no se impongan restricciones injustificadas a las fusiones transfronterizas que son competencia exclusiva de la Comisi¨®n", ha destacado.
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