Hacienda abre la puerta al fraude en su proyecto de orden de amnist¨ªa fiscal
Planea permitir el lavado de dinero en efectivo, lo que facilita evadir impuestos este a?o Los defraudadores podr¨¢n acogerse a la amnist¨ªa fiscal desde su casa por internet Los expertos consultados ven en eso una puerta abierta de par en par al fraude fiscal
Los defraudadores lo tendr¨¢n m¨¢s f¨¢cil este a?o para lavar dinero negro. Al menos, si prospera el proyecto de orden que ha preparado el Ministerio de Hacienda para concretar el alcance de la amnist¨ªa fiscal que anunci¨® el pasado 30 de marzo al presentar los Presupuestos Generales del Estado. Dicho proyecto permite acogerse a la amnist¨ªa fiscal a quienes posean dinero en efectivo sin declarar, en contra de lo que parec¨ªa inicialmente, lo que incentivar¨¢ que los particulares o empresas que tengan ingresos no controlados por Hacienda todav¨ªa sin declarar de 2011 o de este mismo a?o los evadan al fisco y los blanqueen despu¨¦s con un tributaci¨®n de solo el 10%.
Si lo que se quiere regularizar es dinero negro, bastar¨¢ con ingresarlo en el banco para al d¨ªa siguiente poder lavarlo. No har¨¢ falta probar en modo alguno que es un dinero defraudado antes del 31 de diciembre de 2010, una condici¨®n que s¨ª hay que demostrar para poder regularizar, por ejemplo, cuentas bancarias en el extranjero sin declarar.
Los expertos consultados ven en eso una puerta abierta de par en par al fraude fiscal
La amnist¨ªa fiscal, aprobada por decreto-ley, establec¨ªa que los defraudadores "podr¨¢n presentar la declaraci¨®n prevista en esta disposici¨®n con el objeto de regularizar su situaci¨®n tributaria, siempre que hubieran sido titulares de tales bienes o derechos con anterioridad a la finalizaci¨®n del ¨²ltimo per¨ªodo impositivo cuyo plazo de declaraci¨®n hubiera finalizado antes de la entrada en vigor de esta disposici¨®n". Es decir, en teor¨ªa, la amnist¨ªa fiscal est¨¢ hecha para el fraude anterior al 31 de diciembre de 2010, ya que la campa?a impositiva de renta y sociedades de 2011 todav¨ªa estaba abierta en el momento de dictarse el decreto.
El motivo era evidente: si se permit¨ªa acogerse a la amnist¨ªa a los impuestos a pagar por las declaraciones de 2011 y por los ingresos de 2012, se incentivaba que los declarantes defraudasen, porque les saldr¨ªa m¨¢s barato pagar el 10% que exige la regularizaci¨®n, frente a los tipos del 30% en Sociedades y de hasta el 52% en el impuesto sobre la renta.
Pero eso precisamente es lo que permite el proyecto de orden en que se desarrolla el decreto-ley de marzo. Como norma general, se establece que "la titularidad de los bienes y derechos objeto de declaraci¨®n deber¨¢ haberse adquirido por el declarante en una fecha anterior al 31 de diciembre de 2010" y se se?ala que "la titularidad de los bienes y derechos, as¨ª como su fecha de adquisici¨®n, podr¨¢ acreditaras por cualquier medio de prueba admisible en Derecho". Hasta ah¨ª todo correcto.
Un ingreso bancario como prueba
El problema llega en el segundo p¨¢rrafo del art¨ªculo 3.4. Ah¨ª se establece que, "en particular, trat¨¢ndose de dinero en efectivo se entender¨¢ que se es titular del mismo con anterioridad al 31 de diciembre de 2010 cuando con car¨¢cter previo a la presentaci¨®n de la declaraci¨®n tributaria especial se hubiera depositado en una cuenta cuya titularidad jur¨ªdica corresponda al declarante abierta en una entidad de cr¨¦dito" espa?ola o europea, siempre que no sea en un para¨ªso fiscal, seg¨²n consta en el texto de la orden, publicado por Hacienda como proyecto normativo en su p¨¢gina web.
Es decir, bastar¨¢ con ingresar el dinero negro en el banco para al d¨ªa siguiente poder lavarlo. No har¨¢ falta probar que es un dinero defraudado antes del 31 de diciembre de 2010. Los expertos consultados ven en eso una puerta abierta de par en par al fraude fiscal.
Los defraudadores podr¨¢n acogerse a la amnist¨ªa fiscal por v¨ªa telem¨¢tica, a trav¨¦s de internet, desde su casa
Basten algunos ejemplos. Alguien que venda un piso ahora puede cobrar buena parte en negro, evitar pagar el IRPF por la plusval¨ªa, acto seguido ingresar el dinero en el banco y beneficiarse de la amnist¨ªa fiscal. Una empresa (un restaurante, una cl¨ªnica dental, una tienda al por menor...) puede cobrar en met¨¢lico (incluso facturando sin IVA) y regularizar despu¨¦s el dinero sin tributar por el impuesto de sociedades. Los aut¨®nomos cuyos ingresos no est¨¦n sujetos a control directo del fisco podr¨¢n minimizar su declaraci¨®n para pagar menos y luego tributar al 10% de la amnist¨ªa fiscal. O, en el peor de los casos, un traficante de drogas que quiera blanquear su dinero no tendr¨¢ m¨¢s que ir a la sucursal bancaria m¨¢s cercana (aunque obviamente eso no le exima de responsabilidad por sus delitos). Las posibilidades de blanqueo inmediato para el fraude nuevo son enormes. En plena campa?a del impuesto sobre la renta, esos planes pueden suponer un duro golpe a la recaudaci¨®n.
Seg¨²n el modelo de declaraci¨®n, adem¨¢s de efectivo se pueden declarar inmuebles, dep¨®sitos, pagar¨¦s, acciones y cualquier clase de bienes y derechos. El plazo de regularizaci¨®n acaba el 30 de noviembre. La orden garantiza el "car¨¢cter reservado" de la declaraci¨®n tributaria especial. Adem¨¢s, los defraudadores podr¨¢n acogerse a la amnist¨ªa fiscal por v¨ªa telem¨¢tica, a trav¨¦s de internet, desde su propia casa, con todas las comodidades que les ofrece un Estado moderno y eficiente.
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