Competencia multa con 98 millones a las empresas de gesti¨®n de residuos
El organismo acusa a 39 empresas y tres asociaciones de repartirse clientes, licitaciones e intercambiarse informaci¨®n. Las empresas recurrir¨¢n ante los tribunales
![Miguel ?ngel Noceda](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Fd59ea3dc-cb82-40bf-bc9e-dcaa209026b0.jpg?auth=6ac2f9e39caff9d5522fdbdf8615278e474324b6f88db098a98bdffaf60088ce&width=100&height=100&smart=true)
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 98,2 millones de euros a 39 empresas y tres asociaciones sectoriales del sector de la gesti¨®n de residuos, tanto peligrosos como no, recuperaci¨®n de papel y cart¨®n y dem¨¢s actividades de saneamiento urbano como limpieza, gesti¨®n de zonas verdes y tratamiento de aguas entre 2000 y 2013. Seg¨²n la CNMC, quedan acreditados ¡°m¨²ltiples contactos bilaterales entre las empresas del sector, desarrolladas en ¨¢mbitos geogr¨¢ficos y temporales distintos, todos referidos a clientes, condiciones contractuales y precios ofertados, as¨ª como a acuerdos y pactos de no agresi¨®n entre las empresas implicadas en los contactos¡±.
El 75% de la multa, que corresponde al 3% del volumen de las ventas de cada entidad en el periodo mencionado, recae en los grandes grupos constructores (Urbaser y Sertego, de ACS, con 23,3 millones; FCC, 16,8; Valoriza, de Sacyr, 15,3; Cespa, de Ferrovial, 13,6, y Saica, 13,6, son las cinco m¨¢s grandes), que han anunciado que piensan recurrir la sanci¨®n impuesta antes los tribunales.
Sus argumentos, que coinciden con los del voto particular discrepante del consejero Fernando Torremocha (el consejo lo componen cuatro consejeros m¨¢s el presidente) que acompa?a a la resoluci¨®n, se basan en que se confunde la Uni¨®n Temporal de Empresas (UTE) con la concertaci¨®n y en que no procede ning¨²n tipo de sanci¨®n al estar caducado el expediente por haber transcurrido m¨¢s de 18 meses desde la incoaci¨®n del expediente, en julio de 2013. Las fuentes consultadas de a?aden que las multas no establecen el porcentaje de facturaci¨®n para cada empresa sobre el mercado relevante.
En las conductas acreditadas en el expediente se constata que las empresas afectadas se repart¨ªan los clientes, se intercambiaban ¡°informaci¨®n comercialmente sensible referente a clientes y ofertas¡±, se repart¨ªan ¡°las licitaciones p¨²blicas a trav¨¦s de la presentaci¨®n de ofertas conjuntas o de la no concurrencia de una parte a cambio de la posterior participaci¨®n en las actividades objeto de la licitaci¨®n¡±, utilizaban las asociaciones sectoriales ¡°para implementar el reparto de mercado o para coordinar las actuaciones de las empresas en determinados ¨¢mbitos¡± y hac¨ªan recomendaciones colectivas emitidas para a trav¨¦s de dichas asociaciones ¡°para persuadir a sus socios acerca del respeto del acuerdo global del reparto de mercado¡±.
Los criterios para la determinaci¨®n de la multa, una vez desestimadas las alegaciones presentadas por las empresas, se centran en la infracci¨®n ¨²nica y continuada a lo largo de m¨¢s de 10 a?os, aunque la participaci¨®n no ha tenido siempre la misma intensidad. En ese sentido, el organismo requiri¨® informaci¨®n a las empresas sobre el volumen de negocio total de 2013 y al correspondiente al mercado afectado en el periodo en que se registra la conducta infractora, que var¨ªa en funci¨®n de la entidad de que se trate.
Seg¨²n el organismo que preside Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada, en infracciones muy graves, ha venido aplicando un porcentaje del 10% para determinar la sanci¨®n. Un porcentaje justificado en casos con conductas continuadas. Sin embargo, en este caso ¡°concurren circunstancias muy espec¨ªficas que aconsejan reducir sustancialmente dicho porcentaje¡±.
¡°Por un lado¡±, dice el expediente, ¡°se trata de una conducta de concertaci¨®n en las que predomina el reparto de mercado entre distintos competidores y, aun siendo muy grave, se considera que el nivel de ingresos no refleja una base de c¨¢lculo de la sanci¨®n de igual magnitud que en el caso de una conducta continuada de fijaci¨®n de precios¡±. La aplicaci¨®n de una multa del 10% ser¨ªa desproporcionada, seg¨²n la CNMC, que adem¨¢s sostiene que se refiere a sectores conexos pero no id¨¦nticos. De acuerdo a tales consideraciones, la multa establecida se reduce al 3% del volumen de ventas. Un total de 13 firmas han superado el mill¨®n de euros de multa, recayendo las mayores sobre los principales grupos del sector.
En el ¨¢mbito de gesti¨®n de residuos industriales e hidrocarburos las empresas han actuado con pactos bilaterales, sociedades conjuntas y UTE para repartirse clientes. En el de recuperaci¨®n de papel y cart¨®n, habr¨ªan concertado el reparto de mercado a trav¨¦s de la asociaci¨®n sectorial Arema y de pactos de reparto de mercado entre Saica y otras empresas del sector. En el segmento de saneamiento urbano se han producido mediante recomendaciones de la asociaci¨®n Aselip para no presentarse a una licitaci¨®n cuando la Administraci¨®n no estuviera al corriente del pago a la empresa concesionaria. Asimismo, la CNMC dice que esa asociaci¨®n recomend¨® crear ¡°empresas en participaci¨®n, UTE o pactos bilaterales con la finalidad de suprimir la competencia mediante la presentaci¨®n de ofertas ¨²nicas en licitaciones en entidades locales al menos en Andaluc¨ªa, Madrid y Pa¨ªs Vasco¡±.
La CNMC, en consecuencia, tambi¨¦n multa a la Associaci¨® Catalana d`Empreses de Serveis de Residus (Aceser) y a la Asociaci¨®n de Empresas de Limpieza P¨²blica (Aselip) con 100.000 euros por considerarlas responsables de algunas de las pr¨¢cticas realizadas por las empresas que representan al haber intervenido en las negociaciones y pactos sancionados. En ese sentido, la asociaci¨®n Arema (est¨¢n Holmen Papel, Carpa, Dolaf, Defesa, Irmasol, Marepa, FCC Ambito, S. Solis y Saica Natur) ha tenido actuaciones globales desde que suscribieron el primer convenio de colaboraci¨®n el 10 de agosto de 2000 con el ayuntamiento de Madrid hasta la actualidad a trav¨¦s de acuerdos con el citado ayuntamiento referentes a la recuperaci¨®n y valorizaci¨®n de papel y cart¨®n.
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