Los empleados podr¨¢n negociar su horario cuando teletrabajen
Las empresas tendr¨¢n que pagar los gastos que ocasione el trabajo a distancia, seg¨²n el anteproyecto de ley al que ha tenido acceso EL PA?S
El Ministerio de Trabajo ya ha redactado el anteproyecto de ley del teletrabajo. En ¨¦l queda claro que las empresas deber¨¢n pagar ¡°en su totalidad¡± los gastos en los que incurre el trabajador desde su casa, tanto los directos como los indirectos. Otro punto, completamente novedoso, es que se establece el ¡°derecho al horario flexible¡± que permite que quien trabaje a distancia pueda ¡°alterar¡± su jornada, aunque pone l¨ªmites ya que debe ¡°respetar la normativa sobre tiempo de trabajo¡± y siempre que ¡°est¨¦ pactado previamente con la empresa¡± el periodo de disponibilidad. El texto, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, tiene que negociarse ahora con los agentes sociales, a quienes ya se les ha enviado. Tambi¨¦n tiene que ser aprobado por el Consejo de Ministros y pasar por el Congreso y el Senado.
La ley del teletrabajo ¡ªLey de Trabajo a Distancia, seg¨²n el nombre oficial¡ª est¨¢ a punto de dar su siguiente paso. El primero lo dio el Ministerio de Trabajo hace unas semanas, cuando abri¨® un periodo de consulta p¨²blica que acab¨® el lunes. Ahora ya tiene listo el texto del anteproyecto. El documento arranca definiendo qu¨¦ es el teletrabajo y diferenci¨¢ndolo del trabajo a distancia. El primero ser¨ªa el que se hace ¡°mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas inform¨¢ticos, telem¨¢tico y de telecomunicaci¨®n¡±. El otro ser¨ªa el que se realiza desde el lugar que elige el trabajador durante toda la jornada o parte de ella. Adem¨¢s, tambi¨¦n define lo que es trabajo presencial y trabajo a distancia ocasional.
La norma contiene 21 art¨ªculos, una disposici¨®n transitoria y cuatro adicionales. El anteproyecto concreta puntos que, en algunos casos, ya est¨¢n recogidos en la norma, si bien dispersos en diversas leyes como el Estatuto de los Trabajadores, la reforma laboral de 2012 ¨Cque desarroll¨® algunos aspectos del trabajo a distancia¨C y la ley de protecci¨®n de datos, que estableci¨® el derecho a la desconexi¨®n digital en 2018. Tambi¨¦n desarrolla muchos otros, en algunos de los cuales se aprecia la influencia de estos meses de teletrabajo masivo forzado por el coronavirus.
Durante la pandemia y con las restricciones a la actividad y movimientos decretadas para combatir la covid-19, el teletrabajo y el trabajo a distancia han vivido un ensayo que, en muchas ocasiones, no se ha desarrollado en las mejores condiciones. El Gobierno lo recomend¨® y lo facilit¨® relajando algunas exigencias legales ¡ªcomo sucedi¨® con la adecuaci¨®n de los puestos de trabajo¡ª. No obstante, en estos meses la ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, ha advertido de que esta ha sido una situaci¨®n excepcional que ha obligado a adoptar decisiones para facilitar esta modalidad de trabajo y que su intenci¨®n era regularlo teniendo en cuenta la experiencia vivida.
Este anuncio ¡ªy la situaci¨®n provocada por la pandemia¡ª ha desatado un debate en el que el propio gobernador del Banco de Espa?a, Pablo Hern¨¢ndez de Cos, ha intervenido esta misma semana actuando de ¡°Pepito Grillo¡±, seg¨²n sus propias palabras. El banquero central advirti¨® de que si la sociedad lo quiere hay que impulsarlo, pero que puede lastrar la productividad.
Estos son los puntos m¨¢s destacados del anteproyecto:
Voluntariedad. El trabajo a distancia es voluntario para el empleado y debe comenzar por un acuerdo entre el empleado y el empresario que deber¨¢ plasmarse por escrito. Ese texto tendr¨¢ que incluir un inventario del material necesario, un ¡°mecanismo de compensaci¨®n de todos los gastos, directos e indirectos¡±, el horario, el centro de trabajo al que el empleado queda adscrito y los medios de control que tendr¨¢ la empresa.
Elecci¨®n de horario. El art¨ªculo 13 de la norma se?ala que el trabajador ¡°podr¨¢ alterar el horario de prestaci¨®n de servicios establecido respetando la normativa sobre tiempo de trabajo y de descanso¡±. No obstante, esta libertad no es absoluta porque la propia norma fija una excepci¨®n clara: que el acuerdo preceptivo fije ¡°los tiempos de disponibilidad absoluta obligatoria o los l¨ªmites que al respecto se hubieran podido establecer¡±.
Qui¨¦n paga los costes. En esto la norma es muy clara. Habla de ¡°derecho a la compensaci¨®n total de los gastos¡± y se?ala que el trabajo a distancia no puede suponer costes ¡°directos o indirectos, relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral¡±. Este punto podr¨ªa deducirse de la norma actual, al estar prohibida la discriminaci¨®n entre el trabajo presencial y el que no lo es. Pero este punto supone una aclaraci¨®n, m¨¢s a¨²n despu¨¦s de la experiencia masiva de teletrabajo vivida durante la pandemia que ha llevado a que en muchos casos esto no haya sido as¨ª.
Lo que no dicta la norma es c¨®mo debe realizarse esa compensaci¨®n, aunque abre los convenios establezcan f¨®rmulas para hacerlo ¡°que podr¨¢n consistir en complementos espec¨ªficos que, en todo caso, deber¨¢n garantizar la completa compensaci¨®n de aquellos¡±.
Fuerza mayor. Donde m¨¢s claramente se aprecia la influencia de la experiencia durante la pandemia es en los dos art¨ªculos que regulan la fuerza mayor. A las empresas les exige que cuando concurran estas causas ¨Cincluidas las ¡°razones de protecci¨®n medioambiental¡±¨C las empresas deber¨¢n apostar por el trabajo a distancia ¡°siempre que resulte t¨¦cnica y razonablemente posible¡±. Esta exigencia tiene consecuencias, ya que esta medida deber¨ªa aplicarse antes que los ERTE. Los trabajadores, por su parte, podr¨¢n trabajar a distancia en el 60% de la jornada ¡°por fuerza mayor familiar¡±. De nuevo, pone un l¨ªmite al derecho, que ¡°sea t¨¦cnica y razonablemente posible¡±.
Desconexi¨®n digital. En Espa?a la desconexi¨®n digital se garantiza a los trabajadores en una norma sobre ley de protecci¨®n de datos personales y garant¨ªa de derechos digitales. Ahora esta norma da un paso m¨¢s para el caso de los trabajadores a distancia, ya que es taxativa al establecer ¡°el deber empresarial de garantizar la desconexi¨®n conlleva una limitaci¨®n absoluta del uso de los medios tecnol¨®gicos de comunicaci¨®n empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso¡±. Adem¨¢s, la norma remite a los convenios colectivos para que en ellos se desarrolle c¨®mo establecer medidas efectivas que garanticen el derecho a la desconexi¨®n. El objetivo es evitar, como dice la exposici¨®n de motivos, el llamado smart working (trabajo en cualquier momento y en cualquier lugar).
Igualdad. La ley tambi¨¦n hace mucho hincapi¨¦ en que el teletrabajo no genere desigualdades. La norma actual ya recoge que estos trabajadores tienen los mismos derechos que quienes acuden a la empresa. Ahora, adem¨¢s, se desarrolla algo m¨¢s al detallar que estos empleados ¡°no sufrir¨¢n perjuicio en sus condiciones laborales, incluyendo retribuci¨®n, estabilidad en el empleo y promoci¨®n profesional¡±. Tambi¨¦n fija para las empresas la obligaci¨®n de tener presente las particularidades de estos puestos de trabajos en los protocolos contra el acoso.
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