La encrucijada legal para atender a hijos en cuarentena
Los expertos cuestionan que las bajas laborales sean el mecanismo id¨®neo para resolver el problema
No se ve luz al final del t¨²nel. A pesar de que muchos colegios han abierto ya sus puertas, el Gobierno sigue sin alumbrar una soluci¨®n legal para los padres y madres con hijos e hijas que deben permanecer aislados sin estar contagiados de covid. El consenso en torno a la urgencia de ofrecer una cobertura frente a este problema contrasta, sin embargo, con las dudas que generan las propuestas para resolverlo. Especialmente, aquell...
No se ve luz al final del t¨²nel. A pesar de que muchos colegios han abierto ya sus puertas, el Gobierno sigue sin alumbrar una soluci¨®n legal para los padres y madres con hijos e hijas que deben permanecer aislados sin estar contagiados de covid. El consenso en torno a la urgencia de ofrecer una cobertura frente a este problema contrasta, sin embargo, con las dudas que generan las propuestas para resolverlo. Especialmente, aquella por la que presionan los ministros de Unidas Podemos: convertir esta circunstancia en un motivo de baja laboral. O, como la ha bautizado la ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, la ¡°incapacidad temporal por cuarentena indirecta¡±.
La gran ventaja de la baja, especialmente tras equipararse el aislamiento por covid con una enfermedad profesional o un accidente de trabajo, es que es la opci¨®n econ¨®micamente m¨¢s favorable para empresario y trabajador. El mayor esfuerzo recae sobre el Estado, que asume el pago de la prestaci¨®n desde el primer d¨ªa y con una cuant¨ªa que asciende al 75% de la base reguladora. Cuando la incapacidad temporal es por enfermedad com¨²n, la retribuci¨®n es menor y los tres primeros d¨ªas de baja corren a cargo del empleador.
Pero, a partir de ah¨ª, todo son problemas. El primero es la propia sostenibilidad del mecanismo, cuesti¨®n relevante a la vista de la incertidumbre sobre la duraci¨®n y la evoluci¨®n de la pandemia (?cu¨¢ntas bajas puede financiar el Estado?, ?durante cu¨¢nto tiempo?). Despu¨¦s aparecen las dificultades pr¨¢cticas que conlleva aplicar un instrumento dise?ado para proteger la salud laboral en un conflicto de conciliaci¨®n. ¡°No es una buena opci¨®n¡±, valora el juez de lo social Carlos Javier Gal¨¢n, que prev¨¦ ¡°grandes complicaciones¡± si se opta por esta alternativa. El sistema de incapacidades temporales, explica, est¨¢ concebido sobre la base de que un m¨¦dico concede la baja ¡°tras evaluar la salud de un paciente que tiene delante¡±. As¨ª funcionan tambi¨¦n el seguimiento y los controles posteriores. De este modo, ¡°o se regula c¨®mo acreditar ante el m¨¦dico el aislamiento del ni?o o se establece que la baja no la d¨¦ un facultativo, pero cualquiera de las dos opciones obliga a revisar todo el procedimiento en profundidad¡±, zanja Gal¨¢n.
En la misma l¨ªnea, ?lvaro San Mart¨ªn, responsable de laboral del Bufete Casadeley, asevera que esta alternativa es ¡°poner un parche sanitario a un problema de conciliaci¨®n¡±. Y, adem¨¢s, carga sobre los m¨¦dicos una responsabilidad que no les corresponde, como es controlar que el aislamiento del ni?o es real para ¡°no abrirle la puerta de par en par al absentismo¡±, a?ade.
Una patata caliente que los facultativos rechazan. Juli¨¢n Ezquerra, secretario general del sindicato m¨¦dico Amyts, exige ¡°una soluci¨®n diferente¡±. Los profesionales, argumenta, est¨¢n formados para evaluar con criterios de salud y no para llevar a cabo ¡°un acto absolutamente burocr¨¢tico¡± como es verificar un documento expedido por el colegio o la consejer¨ªa de educaci¨®n.
Lo que nadie discute es que resulta imperativo amparar a los progenitores. ¡°Hay que articular alguna medida o utilizar las existentes. No se trata de que sea buena o mala, es que es necesaria¡±, reclama Eduardo Rojo, catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Aut¨®noma de Barcelona, que, en todo caso, ve preferible apoyarse en los instrumentos legales vigentes.
Pero, ?hay alternativa a las bajas laborales? El supuesto que se pretende cubrir es tan novedoso que todos los caminos conducen a una reforma legal, como admiti¨® el ministro de Seguridad Social, Jos¨¦ Luis Escriv¨¢. ¡°Podr¨ªa crearse un permiso retribuido para cuidar a los hijos menores por cuarentena, aprobando en paralelo alg¨²n tipo de compensaci¨®n para la empresa¡±, sugiere Daniel Toscani, profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia.
Otra opci¨®n, agrega el docente, es admitir el aislamiento del menor como un supuesto cubierto por el art¨ªculo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores (ET) que regula los permisos ¡°para el cumplimiento de un deber inexcusable de car¨¢cter p¨²blico y personal¡±. De hecho, existe alguna sentencia que ha amparado a trav¨¦s de ese precepto a padres que han tenido que llevar a sus hijos al m¨¦dico (aunque tambi¨¦n las hay en contra). No obstante, Toscani reconoce que ¡°se estar¨ªa forzando la ley¡± porque est¨¢ pensado para otras obligaciones, como ser parte de una mesa electoral o de un jurado popular.
El juez Gal¨¢n, por su parte, sugiere otro mecanismo: la reducci¨®n de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave, regulada en el 37.6 del ET. Aunque ¡°habr¨ªa que ampliar la causa, a?adiendo la cuarentena por covid¡±. En este caso, la merma salarial por disminuir las horas de trabajo se ve compensada por una prestaci¨®n p¨²blica. ¡°Se ajusta bastante mejor a la situaci¨®n que las bajas¡±, afirma el magistrado.
Por ¨²ltimo, San Mart¨ªn apuesta por un fortalecimiento del Plan MeCuida, instrumento por el que se ha decantado el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez. ¡°El plan es una buena declaraci¨®n de intenciones, pero se puede mejorar haciendo vinculantes los derechos de conciliaci¨®n, d¨¢ndoles la protecci¨®n que ya reciben la maternidad y la paternidad¡±. Seg¨²n el letrado, se ha dado mucho margen a las empresas para objetar las peticiones de teletrabajo y adaptaci¨®n horaria, y eso ha debilitado la posici¨®n de las plantillas. ¡°Si se eliminan esas trabas, es una estructura jur¨ªdica fuerte que puede crear un sistema de protecci¨®n duradero¡±, sostiene.
Fraudes m¨¢s comunes
Con relaci¨®n a las bajas laborales, seg¨²n explica Gerard Luj¨¢n, inspector de trabajo, son dos los fraudes m¨¢s comunes. En primer lugar, que el empleado con una incapacidad temporal reconocida siga trabajando para la empresa. De este modo, el afectado cobra la prestaci¨®n mientras recibe parte de su salario en negro. El segundo es que, aquellas organizaciones en r¨¦gimen de colaboraci¨®n obligatoria (la empresa paga al empleado la cuant¨ªa de la prestaci¨®n y despu¨¦s se la deduce de las cotizaciones) no ingresen de forma total o parcial la cantidad al trabajador, lo que supone una infracci¨®n grave. La conducta puede devenir en muy grave si, adem¨¢s, el empresario aplica deducciones en las cuotas a ingresar en la Seguridad Social.