Una sentencia judicial allana el camino para la devoluci¨®n de los gastos hipotecarios
Una asociaci¨®n de consumidores gana una demanda colectiva en primera instancia y solicitar¨¢ la ejecuci¨®n provisional de la sentencia; el fallo contempla que personas en circunstancias similares puedan adherirse
El juzgado de lo Mercantil n¨²mero 11 de Madrid ha estimado parcialmente una demanda colectiva de la Asociaci¨®n de Usuarios Financieros (Asufin) por la que condena a cuatro entidades financieras a devolver a los consumidores parte de los gastos de constituci¨®n de sus hipotecas. Concretamente, y conforme a la doctrina que asent¨® el Supremo en enero de 2019, los afectados podr¨¢n recuperar el 50% de lo que pagaron por notar¨ªa, gestor¨ªa y tasaci¨®n, as¨ª como el 100% del importe satisfecho ante el registro de la propiedad. Esas cantidades son menos de lo que muchas asociaciones confiaban en recuperar...
El juzgado de lo Mercantil n¨²mero 11 de Madrid ha estimado parcialmente una demanda colectiva de la Asociaci¨®n de Usuarios Financieros (Asufin) por la que condena a cuatro entidades financieras a devolver a los consumidores parte de los gastos de constituci¨®n de sus hipotecas. Concretamente, y conforme a la doctrina que asent¨® el Supremo en enero de 2019, los afectados podr¨¢n recuperar el 50% de lo que pagaron por notar¨ªa, gestor¨ªa y tasaci¨®n, as¨ª como el 100% del importe satisfecho ante el registro de la propiedad. Esas cantidades son menos de lo que muchas asociaciones confiaban en recuperar tras la ¨²ltima sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE), pero el fallo deja clara la nulidad de las cl¨¢usulas y adem¨¢s abre la puerta a que otras personas en circunstancias an¨¢logas se unan a la demanda colectiva en ejecuci¨®n de sentencia, ahorrando costes judiciales y tiempo de espera en los tribunales.
As¨ª lo estima Asufin, que se?ala que en breve solicitar¨¢ una ejecuci¨®n provisional de la sentencia y calcula que las cantidades que pueden percibir los afectados rondan los 1.500 euros. No obstante, desde la propia asociaci¨®n admiten que se trata de un fallo en primera instancia y lo prudente es guardar ese importe por si se recurre y se pierde, lo que obligar¨ªa a devolver el dinero. El riesgo existe, pero para Asufin es m¨ªnimo porque los t¨¦rminos en los que el juez ha repartido de gastos se ajustan exactamente a lo que dijo el Tribunal Supremo.
Antes de la nueva ley hipotecaria de junio de 2019, no estaba claro qui¨¦n deb¨ªa pagar por determinados servicios que son necesarios para constituir una hipoteca (como la gestor¨ªa, la notar¨ªa, la tasaci¨®n del inmueble o el registro). A?os atr¨¢s, era habitual que los bancos incluyeran en el contrato cl¨¢usulas que se?alaban que era el cliente quien deb¨ªa correr con la totalidad de esos gastos, una disposici¨®n que es contraria a la directiva europea de protecci¨®n a los consumidores. Una batalla judicial de a?os llev¨® al reconocimiento de que dichas cl¨¢usulas eran abusivas y por tanto nulas, pero no estaba claro entonces c¨®mo se deb¨ªan dividir los gastos. El Supremo opt¨® por un reparto salom¨®nico, aunque posiblemente tendr¨¢ que volver a pronunciarse tras el ¨²ltimo fallo del TJUE.
Bas¨¢ndose en lo dicho por el alto tribunal espa?ol hasta ahora, el juez Manuel Ruiz de Lara declara nulas varias cl¨¢usulas que habitualmente figuraban en los contratos hipotecarios de Kutxabank, ING, Deutsche Bank y Banco de Caja Espa?a de Inversiones, Salamanca y Soria (actualmente integrado en Unicaja Banco). El fallo condena a ¡°indemnizar a los consumidores perjudicados en las cantidades a determinar en ejecuci¨®n de sentencia sobre la base del importe indebidamente abonado¡±. Es decir, que si se ejecuta provisionalmente la sentencia, las entidades deber¨¢n devolver parte de los gastos y los correspondientes intereses legales a los consumidores afectados.
Pendiente de la ejecuci¨®n provisional
?Es sencillo obtener entonces esas devoluciones? Para Marta Serra, directora de R?iz Abogados, ¡°en principio toda sentencia es provisionalmente ejecutable y la regla general es que se ejecute¡±. No obstante, la abogada, que advierte que las valoraciones que hace ¡°son sobre la ley y no sobre el caso particular¡± porque no ha tenido tiempo de examinar detenidamente la sentencia y el expediente del caso, se?ala que ¡°el condenado puede oponerse¡± a esa ejecuci¨®n provisional en el recurso que plantee.
Serra a?ade otras consideraciones que hay que hacer, puesto que quienes se quieran adherir a la demanda colectiva tienen que estar en situaci¨®n id¨¦ntica. En primer lugar, deben tener una hipoteca con uno de esos cuatro bancos y que en el contrato figure una cl¨¢usula id¨¦ntica a las que el juez ha anulado. Adem¨¢s, deben poder demostrar que pidieron la hipoteca como consumidores. La jurisprudencia europea solo se aplica sobre estos supuestos, y no sirve, por ejemplo, para empresas o personas que den al inmueble un uso diferente al de vivienda propia (por ejemplo, una inversi¨®n para alquilar).
Otra posibilidad es que el recurso ni siquiera permita nuevas adhesiones a la causa. Beatriz R¨²a, socia responsable de Procesal y Concursal en KPGM Abogados, recuerda que ¡°la Secci¨®n 11 de la Audiencia Provincial de Madrid ya desestim¨® una demanda de ejecuci¨®n provisional formulada por un consumidor invocando la extensi¨®n de los efectos de una sentencia en la que se ejercitaba una acci¨®n colectiva¡±. De repetirse los argumentos de aquel fallo, asegura R¨²a, ¡°solo quienes se hayan personado en el procedimiento podr¨ªan obtener la ejecuci¨®n provisional de la sentencia; el resto de potenciales afectados por esta cl¨¢usula tendr¨ªan que esperar a la firmeza de la sentencia, que promete llevar a?os, pues falta que se pronuncien la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo¡±. Agenor G¨®mez, el letrado de Asufin que ha llevado la direcci¨®n letrada de la demanda, considera sin embargo que este caso es diferente porque el propio fallo conocido ahora especifica que ampara "a todos los consumidores perjudicados¡±.