Las contradicciones del Tribunal Supremo
En Espa?a la normativa europea ha sido muy torpedeada, permitiendo que contratos como los pr¨¦stamos hipotecarios est¨¦n plagados de cl¨¢usulas abusivas
Durante el siglo pasado el desarrollo del consumo de masas condujo a un nuevo modelo de contrataci¨®n. Proliferaron los contratos de adhesi¨®n redactados por las compa?¨ªas en los que el consumidor se encontraba en situaci¨®n de inferioridad al disponer de menos informaci¨®n.
Este desequilibrio fue analizado por juristas alemanes e italianos que abogaron por proteger la posici¨®n de los ciudadanos. En 1993, Europa incorpor¨® estas ideas con un doble objetivo: evitar distorsiones a la competencia y proteger a los consumidores.
En Espa?a la normativa europea ha sido muy torpedeada, permit...
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Durante el siglo pasado el desarrollo del consumo de masas condujo a un nuevo modelo de contrataci¨®n. Proliferaron los contratos de adhesi¨®n redactados por las compa?¨ªas en los que el consumidor se encontraba en situaci¨®n de inferioridad al disponer de menos informaci¨®n.
Este desequilibrio fue analizado por juristas alemanes e italianos que abogaron por proteger la posici¨®n de los ciudadanos. En 1993, Europa incorpor¨® estas ideas con un doble objetivo: evitar distorsiones a la competencia y proteger a los consumidores.
En Espa?a la normativa europea ha sido muy torpedeada, permitiendo que contratos como los pr¨¦stamos hipotecarios est¨¦n plagados de cl¨¢usulas abusivas. Carlos Ballugera, registrador de la Propiedad y presidente del Consejo de Consumidores y Usuarios, ha detectado m¨¢s de 90 cl¨¢usulas abusivas como intereses de demora excesivos, cl¨¢usulas suelo o el empleo del IRPH (?ndice de Referencia de pr¨¦stamos hipotecarios).
La lucha contra las malas pr¨¢cticas ha sido llevada a cabo por juristas y asociaciones de consumidores. Ha sido muy valiosa la labor de determinados jueces que han preguntado al Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) para que dilucidara sobre si ciertas leyes o la doctrina del Tribunal Supremo eran compatibles con la Uni¨®n.
Numerosas sentencias europeas han forzado el cambio de normas y obligado al Supremo a rectificar. La confrontaci¨®n en el TJUE ha mostrado como los abogados del Estado han defendido a la banca, mientras que los consumidores han contado con el apoyo de la Comisi¨®n Europea. El Tribunal Supremo ha tratado de mantener el statu quo favorable a los intereses econ¨®micos reinterpretando las sentencias europeas. Esta semana hemos tenido el ¨²ltimo ejemplo. El Alto Tribunal ha declarado en cuatro repetitivas sentencias, que la cl¨¢usula que incorpora el IRPH no es transparente, pero no es abusiva.
Afortunadamente el magistrado Francisco Javier Arroyo ha discrepado al manifestar esclarecedoramente que la cl¨¢usula que fij¨® el IRPH es abusiva. Sostiene que seg¨²n el doble criterio europeo la abusividad se produce por falta de buena fe y causar un perjuicio. Arroyo estima que el banco ¡°no trat¨® al consumidor de manera leal al no ofrecerle la informaci¨®n legalmente requerida¡±. Y precisa que la ausencia de informaci¨®n perjudic¨® al consumidor ¡°porque no ha podido comparar con otras ofertas del mercado¡±. En 2017 Arroyo se adhiri¨® al voto discrepante del magistrado Javier Ordu?a sobre esta materia cuando se?al¨® que se trataba de una cl¨¢usula ¡°abusiva e ineficaz¡±.
El debate es un tanto desatinado. Las hipotecas con IRPH son y ser¨¢n siempre m¨¢s costosas que el eur¨ªbor, porque a este ¨ªndice le a?aden comisiones y gastos. Nadie las hubiera aceptado si se lo hubieran explicado.
El Supremo se contradice. En las cl¨¢usulas suelo admiti¨® que la falta de transparencia implicaba abusividad porque hab¨ªa enga?o. Para la Comisi¨®n la informaci¨®n dada en el IRPH es enga?osa. Tambi¨¦n se contradice porque en 2019 valid¨® cuatro acuerdos en los que Caixabank acept¨® cambiar el IRPH por el eur¨ªbor y devolver lo cobrado indebidamente. El asunto exigir¨¢ nuevas intervenciones del TJUE, pero esto tiene un coste inaceptable.