Los convenios con jubilaci¨®n forzosa se multiplican en dos a?os
La Seguridad Social quiere vetarla otra vez porque va contra el plan de alargar la edad real de jubilaci¨®n
La cl¨¢usula de jubilaci¨®n forzosa en los convenios va ganando terreno. El primer Gobierno de Pedro S¨¢nchez volvi¨® a permitir su inclusi¨®n en la negociaci¨®n colectiva en 2019. Desde entonces los empresarios y los sindicatos la usan cada vez m¨¢s. El a?o pasado se incluy¨® en el 14% de los nuevos convenios que se firmaron, y el anterior, en el 11,5%. Pero la Seguridad Social quiere vetarla otra vez, as¨ª se lo ha comunicado a los agentes sociales y a Bruselas. Entiende que va contra el plan de alargar la...
La cl¨¢usula de jubilaci¨®n forzosa en los convenios va ganando terreno. El primer Gobierno de Pedro S¨¢nchez volvi¨® a permitir su inclusi¨®n en la negociaci¨®n colectiva en 2019. Desde entonces los empresarios y los sindicatos la usan cada vez m¨¢s. El a?o pasado se incluy¨® en el 14% de los nuevos convenios que se firmaron, y el anterior, en el 11,5%. Pero la Seguridad Social quiere vetarla otra vez, as¨ª se lo ha comunicado a los agentes sociales y a Bruselas. Entiende que va contra el plan de alargar la edad real de jubilaci¨®n y acercarla a la legal.
La llamada jubilaci¨®n forzosa consiste realmente en la posibilidad de que los convenios colectivos contengan una cl¨¢usula que permite a las empresas rescindir el contrato de los trabajadores que alcanzan su edad legal de retiro. Aunque esto exige m¨¢s condiciones: los afectados deben tener derecho a cobrar el 100% de la pensi¨®n a la que tienen derecho por su trayectoria laboral y, adem¨¢s, el convenio que abre la puerta a ello debe vincularlo a medidas de estabilidad o mantenimiento del empleo.
En Espa?a la jubilaci¨®n es voluntaria. Cuando alguien cumple los 65 o 66 a?os, arco de la edad legal de jubilaci¨®n en 2021 (ser¨¢ de 65 a 67 a?os en 2027), no est¨¢ obligado a retirarse y la empresa no puede despedirlo sin tener una causa justificada para ello ni pagarle la indemnizaci¨®n correspondiente.
En las ¨²ltimas d¨¦cadas, la historia de esta cl¨¢usula en los convenios no ha sido pac¨ªfica, ni jur¨ªdica ni pol¨ªticamente. Ha sido discutida en los tribunales, en la legislaci¨®n y, todav¨ªa m¨¢s, en la arena pol¨ªtica. Se ha derogado ¡ªcon gobiernos del PP¡ª y restaurado ¡ªcon ejecutivos del PSOE¡ª varias veces. La ¨²ltima vez que se prohibi¨® fue en la reforma laboral de 2012. Se recuper¨® siete a?os despu¨¦s.
Petici¨®n com¨²n de patronal y sindicatos
Las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos UGT y CC OO la reclamaron al un¨ªsono en el ¨²ltimo Acuerdo Estatal de Negociaci¨®n Colectiva, y en el ¨²ltimo decreto de 2018, el primer Ejecutivo de Pedro S¨¢nchez recogi¨® el guante. Aunque la medida naci¨® de un acuerdo bipartito de los agentes sociales, el inter¨¦s en este mecanismo es desigual: la defienden con mucho m¨¢s ah¨ªnco los empresarios porque ven en ella una v¨ªa para prescindir de trabajadores que creen menos productivos y con sueldos altos ¡ªpor encima de la pensi¨®n m¨¢xima¡ª una vez cumplen la edad legal.
Desde que hace dos a?os volvi¨® a permitirse su utilizaci¨®n ha ido ganando protagonismo, seg¨²n los datos del registro de convenios del Ministerio de Trabajo. En 2019 la cl¨¢usula se incluy¨® en 130 de los nuevos convenios que se firmaron ese a?o, el 11,5% del total, entre ellos algunos como el de Telef¨®nica o el del sector de la construcci¨®n. En 2020, en 75. Si se miden en volumen son menos que el ejercicio anterior, pero como la negociaci¨®n colectiva estuvo bajo m¨ªnimos el a?o pasado por la pandemia, su porcentaje real es m¨¢s alto, el 14%.
El uso es desigual si se miran las cifras de lo pactado en las empresas o lo firmado en los sectores. En las primeras, la cl¨¢usula se firm¨® solo en el 12% de los convenios de ese ¨¢mbito. En los segundos, aument¨® significativamente, hasta el 22%.
1,1 millones de trabajadores afectados
Esos 205 convenios suscritos el a?o pasado y el anterior que contienen la cl¨¢usula amparan a algo m¨¢s de 1,1 millones de trabajadores. Aunque eso no quiere decir que vaya a afectar a todos. En realidad solo lo hace a una minor¨ªa de ellos, ya que tienen que cumplir con los requisitos legales que se exigen. Y, adem¨¢s, el n¨²mero potencial de trabajadores implicados tambi¨¦n se reduce por la edad, ya que la medida solo puede aplicarse a los que cumplen la edad legal.
El porcentaje del 14% de todos los convenios firmados en 2020 todav¨ªa est¨¢ lejos del que se alcanz¨® en 2012, el a?o de su ¨²ltima derogaci¨®n. Entonces se incluy¨® en el 21% de los convenios que se firmaron en ese ejercicio. No obstante, s¨ª que indica que su uso va recuper¨¢ndose.
Pero ahora el futuro de la jubilaci¨®n forzosa en la negociaci¨®n colectiva est¨¢ en duda. La Seguridad Social plantea corregir el paso dado en 2019 y vetarla otra vez. Entienden en el departamento que dirige Jos¨¦ Luis Escriv¨¢ que esta opci¨®n va contra la l¨®gica de alargar la vida laboral, uno de los principios de la reforma de pensiones que est¨¢n planteando.
El plan ya ha llegado a la mesa de di¨¢logo social que este ministerio tiene abierta para reformar las pensiones. Sin embargo, fuentes oficiales del instituto p¨²blico tambi¨¦n advierten de que su forma final depender¨¢ del resultado de esas negociaciones.
Esta medida est¨¢ en l¨ªnea con otras que Escriv¨¢ ya ha planteado a los sindicatos y las patronales: desincentivos en la jubilaci¨®n anticipada voluntaria, ajustes en el retiro parcial o premios por salir del mercado laboral despu¨¦s de cumplir los 65 o 66 a?os con una cantidad a tanto alzado. El objetivo declarado es aumentar la edad real de jubilaci¨®n, que ahora se sit¨²a en una media de 64,6 a?os, para acercarla a la legal. El retraso de la edad de jubilaci¨®n es una de las formas m¨¢s eficaces para contener el gasto futuro de la Seguridad Social.
Adem¨¢s de este argumento, m¨¢s propio de la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones, el ministro de Seguridad Social tambi¨¦n ha esgrimido en varias ocasiones otro: en Espa?a la jubilaci¨®n es un derecho, no una obligaci¨®n.
Poca negociaci¨®n colectiva por el virus
El mercado laboral ha sido uno de los grandes damnificados de la pandemia. Se observa en la ca¨ªda del empleo, en los ERTE y, tambi¨¦n, en la negociaci¨®n colectiva. Esto ya se vio en 2020, cuando solo se firmaron 594 convenios nuevos frente a los 1.675 de 2019 o los m¨¢s de 1.900 de 2018. Y la t¨®nica se mantiene en lo que va de a?o.
Seg¨²n los ¨²ltimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo, en enero solo se registraron dos nuevos convenios firmados este a?o. Es habitual que en el primer mes del a?o haya muy poca actividad en la negociaci¨®n colectiva, pero lo sucedido supera lo visto en otros ejercicios.
Esa par¨¢lisis tambi¨¦n llega a la evoluci¨®n de los sueldos, que se negocia en los convenios. El aumento medio de esos dos convenios fue de apenas un 1,05%. Esto, unido a los convenios que han caducado y, por tanto, dejan de contar en la estad¨ªstica, ha ralentizado la marcha de los salarios pactados, que acabaron 2020 creciendo a un ritmo del 1,9% y han comenzado 2021 con el 1,4%.