Hacienda activa la p¨¢gina web para pedir la ayuda de 200 euros
Las solicitudes tendr¨¢n que realizarse desde el pr¨®ximo 15 de febrero hasta el 31 de marzo
El Ministerio de Hacienda, a trav¨¦s de la Agencia Tributaria, ha activado este viernes la p¨¢gina web oficial en la que los ciudadanos podr¨¢n solicitar la ayuda directa de 200 euros que prev¨¦ el ¨²ltimo paquete anticrisis aprobado por el Consejo de Ministros. El Gobierno deja as¨ª preparada toda la infraestructura digital de cara al 15 de febrero, fecha en la que se abrir¨¢ el plazo para pedir el cheque.
A partir de ese momento, habr¨¢ un mes y medio para hacer las gestiones correspondientes, puesto que el d¨ªa l¨ªmite es el 31 de marzo. Podr¨¢n ser beneficiarios de la ayuda las personas que dispongan de una renta m¨¢xima de 27.000 euros anuales y un patrimonio inferior a 75.000 euros, a excepci¨®n de aquellos que perciban una pensi¨®n o el Ingreso M¨ªnimo Vital (IMV). Adem¨¢s, se debe haber realizado durante 2022 una actividad por cuenta propia o ajena por la cual se est¨¦ dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o haber cobrado una prestaci¨®n o subsidio por desempleo.
Para poder optar a su cobro, el Gobierno fij¨® como l¨ªmites no haber superado los 27.000 euros de ingresos anuales en 2022 ni tener un patrimonio de m¨¢s de 75.000 euros a 31 de diciembre de 2022, excluyendo del c¨®mputo a la vivienda principal. A la hora de hacer los c¨¢lculos de ingresos y patrimonio, se tiene en cuenta el conjunto de la pareja si la hubiera y estuviera registrada como tal. Los pensionistas o aquellos que perciben el Ingreso M¨ªnimo Vital no tienen derecho a percibir el cheque. El Gobierno estima que la ayuda alcanzar¨¢ a 4,2 millones de hogares y se reducir¨¢n las situaciones de vulnerabilidad econ¨®mica que no est¨¢n cubiertas por otras prestaciones sociales.
Esta es una de las medidas estrella del tercer paquete para combatir los efectos econ¨®micos derivados de la invasi¨®n rusa de Ucrania. Junto a este cheque, el Gobierno aprob¨® tambi¨¦n rebajar el IVA de algunos de los alimentos de primera necesidad -pan, las harinas panificables, la leche, los huevos, las legumbres, los cereales, las frutas, las verduras y las hortalizas- del 4% al 0%, y reducir del 10% al 5% del IVA del aceite y la pasta.
La solicitud deber¨¢ presentarse en la Sede Electr¨®nica de la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria. Los potenciales beneficiarios deber¨¢n rellenar el formulario electr¨®nico que se pondr¨¢ a disposici¨®n desde el 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, en el que deber¨¢ figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono. La ayuda acordada se abonar¨¢ mediante transferencia bancaria. Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la informaci¨®n de que disponga la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificar¨¢ al solicitante una propuesta de resoluci¨®n denegatoria, en la que se le indicar¨¢n los datos necesarios para consultar los motivos de la denegaci¨®n.
El solicitante dispondr¨¢ de un plazo de 10 d¨ªas, a contar desde el d¨ªa siguiente a la notificaci¨®n de la propuesta de resoluci¨®n denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes. Transcurrido un mes, a contar desde el d¨ªa siguiente a la notificaci¨®n de la propuesta, sin la presentaci¨®n de alegaciones, documentos o justificantes, se producir¨¢ la finalizaci¨®n del procedimiento en los t¨¦rminos de la propuesta denegatoria, sin necesidad de resoluci¨®n expresa de la Administraci¨®n. Adem¨¢s, transcurridos tres meses desde la finalizaci¨®n del plazo de presentaci¨®n de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resoluci¨®n denegatoria, la solicitud podr¨¢ entenderse desestimada. Contra esta desestimaci¨®n presunta se podr¨¢ interponer recurso de reposici¨®n y reclamaci¨®n econ¨®mico-administrativa.
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