Un a?o para frenar a los fondos buitre
Durante la ¨²ltima d¨¦cada los bancos han vendido cientos de miles de inmuebles y pr¨¦stamos a fondos oportunistas, a precios tirados
Una vez m¨¢s, una directiva europea podr¨ªa ser clave para remediar la indefensi¨®n de miles de deudores hipotecarios. En 2023, Espa?a tiene que adaptar su legislaci¨®n a la Directiva Europea 2021/2167, que eleva la protecci¨®n a los ciudadanos que han visto como sus hipotecas que no pudieron pagar fueron vendidas a fondos extranjeros (buitres), muchos en para¨ªsos fiscales a precios muy devaluados, (hasta la d¨¦cima parte de su valor), mientras sus compradores pod¨ªan seguir reclam¨¢ndoles el 100% de su deuda. Todo ello ocult¨¢ndolo al deudor.
Durante la ¨²ltima d¨¦cada los bancos ...
Una vez m¨¢s, una directiva europea podr¨ªa ser clave para remediar la indefensi¨®n de miles de deudores hipotecarios. En 2023, Espa?a tiene que adaptar su legislaci¨®n a la Directiva Europea 2021/2167, que eleva la protecci¨®n a los ciudadanos que han visto como sus hipotecas que no pudieron pagar fueron vendidas a fondos extranjeros (buitres), muchos en para¨ªsos fiscales a precios muy devaluados, (hasta la d¨¦cima parte de su valor), mientras sus compradores pod¨ªan seguir reclam¨¢ndoles el 100% de su deuda. Todo ello ocult¨¢ndolo al deudor.
Durante la ¨²ltima d¨¦cada los bancos han vendido cientos de miles de inmuebles y pr¨¦stamos a fondos oportunistas, a precios tirados. Seg¨²n Axis Corporate las ventas han ascendido a 213.850 millones de euros entre 2008 y 2021. No precisa el n¨²mero de viviendas afectadas. El art¨ªculo 1.535 del C¨®digo Civil, inspirado en principios de ¡°humanismo y benevolencia¡± del derecho romano, permite que el deudor pueda liberarse de su deuda abonando lo que hab¨ªa pagado el comprador. As¨ª lo han interpretado algunos jueces y Audiencias como la de Girona que permit¨ªan a los deudores saldar sus deudas abonando el precio pagado por los fondos.
Esta posibilidad fue rechazada en 2015 por el Tribunal Supremo, que opt¨® por priorizar los intereses de los bancos. Consider¨® que hab¨ªa que tener en cuenta el ¡°intenso proceso de reestructuraci¨®n y reforzamiento de los recursos propios del sistema financiero de este pa¨ªs, sumido en una profunda crisis¡± y que por ello ¡°no hay cabida para que los deudores puedan retraer las operaciones que dejaron impagadas y en situaci¨®n de litigiosidad¡±.
Una interpretaci¨®n calificada de ¡°muy restrictiva¡±, por destacados juristas como el magistrado Edmundo Rodr¨ªguez. Otro magistrado, Diego Guti¨¦rrez, estima que ¡°el problema es que el Tribunal Supremo est¨¢ imbuido de presupuestos neoliberales y piensa que hay que ayudar al sistema financiero. En su opini¨®n ¡°con la legislaci¨®n vigente ya ten¨ªamos herramientas para hacer una interpretaci¨®n m¨¢s favorable al deudor¡±. En Las falacias econ¨®micas que repercuten en la jurisprudencia (Bolet¨ªn 86 de Juezas y jueces para la Democracia) considera que ¡°el verdadero problema ha sido el endeudamiento privado¡± y que la mejor soluci¨®n para la econom¨ªa es la reducci¨®n de la deuda de los particulares.
La mayor sensibilidad del Supremo con la banca se comprende si tiene en cuenta que el ponente de la referida sentencia fue Sebasti¨¢n Sastre Papiol, quien antes de ser nombrado magistrado por el Consejo General del Poder Judicial en 2012, hab¨ªa sido director de los servicios jur¨ªdicos de La Caixa durante 25 a?os. Contradicci¨®n que ya hab¨ªa sido destacada por reconocidos juristas como Fernando Zunzunegui y Fernando Gom¨¢.
El Supremo ha mantenido su postura en posteriores sentencias. Solo una ley puede equilibrar la situaci¨®n. El Gobierno debe transponer cuanto antes la directiva para elevar los derechos de los deudores y asegurar que tengan toda la informaci¨®n de estas ventas opacas incluido el precio que ahora no tienen.