La jornada laboral semanal de cuatro d¨ªas
El foco de la reducci¨®n de tiempo de trabajo no es el reparto de empleo, sino la atracci¨®n de talento laboral y la capacidad econ¨®mica de producir con menos horas en contextos de digitalizaci¨®n
Los programas piloto que incentivan la jornada laboral semanal de cuatro d¨ªas d¨ªas, reduciendo tiempo de trabajo y manteniendo salarios, est¨¢n dando buenos resultados, como consta en la reciente experiencia del Reino Unido. La gesti¨®n empresarial es m¨¢s eficiente, con ganancias de productividad para la empresa y sin p¨¦rdida de salarios de los trabajadores, un incremento del tiempo libre semanal favorable para la conciliaci¨®n familiar o el ocio, y una disminuci¨®n sig...
Los programas piloto que incentivan la jornada laboral semanal de cuatro d¨ªas d¨ªas, reduciendo tiempo de trabajo y manteniendo salarios, est¨¢n dando buenos resultados, como consta en la reciente experiencia del Reino Unido. La gesti¨®n empresarial es m¨¢s eficiente, con ganancias de productividad para la empresa y sin p¨¦rdida de salarios de los trabajadores, un incremento del tiempo libre semanal favorable para la conciliaci¨®n familiar o el ocio, y una disminuci¨®n significativa del absentismo de las plantillas. Las transformaciones digitales facilitan, adem¨¢s, este modelo, sustentados en una ganancia de productividad, porque se produce, igual o m¨¢s, en menos tiempo de trabajo.
El camino hacia jornadas laborales semanales de cuatro d¨ªas no est¨¢ siendo, ni debe ser, el de la imposici¨®n legal, sino el de la adecuaci¨®n a la productividad empresarial a trav¨¦s de la negociaci¨®n colectiva o los pactos individuales con los trabajadores. No es necesaria una ley de reducci¨®n de la jornada m¨¢xima legal, aqu¨ª de 40 horas semanales de promedio en c¨®mputo anual, reducidas por la negociaci¨®n colectiva con herramientas de flexibilidad, para conseguir este objetivo. La regulaci¨®n vigente permite ya este modelo de distribuci¨®n semanal de las jornadas, sin merma salarial, en las empresas donde resulta viable. Una ley que impusiera esta f¨®rmula ir¨ªa en contra de la heterogeneidad productiva con, previsiblemente, el efecto indeseado de reducci¨®n de salarios en los sectores con menor capacidad de adaptaci¨®n a este sistema.
El foco de la reducci¨®n de tiempo de trabajo no es tanto ahora el reparto de empleo, como s¨ª sucedi¨® en las 35 horas de Francia con enorme frustraci¨®n, sino la atracci¨®n de talento laboral y la capacidad econ¨®mica de producir con menos horas en contextos de digitalizaci¨®n. El impacto positivo en el empleo de las jornadas laborales semanales de cuatro d¨ªas s¨ª puede provenir por el aumento de consumo en nuestras econom¨ªas de servicios y entretenimiento, siempre que no bajen los salarios de los trabajadores, pero no por repartir tiempo y trabajo.
La jornada laboral semanal de cuatro d¨ªas es una idea atractiva, con gran recorrido futuro, que no debe conducir a espejismos ni a equ¨ªvocos. La flexibilidad en el transformado tiempo de trabajo ir¨¢ desembocando en estas jornadas semanales con los m¨¢rgenes de productividad suficientes para conseguir sus objetivos positivos sin efectos contraproducentes.
Jes¨²s Lahera Forteza es catedr¨¢tico del Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense e investigador de Fedea.
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