Europa regula la inteligencia artificial, el primer paso de un largo camino
Hay que dotar de recursos a organismos especializados para evitar que se da?e al ser humano y es algo que queda todav¨ªa pendiente
Cuando se analiza la cuesti¨®n del futuro del empleo y la inteligencia artificial (IA) se hace desde dos miradas muy distintas. De un lado, desde la perspectiva de la sustituci¨®n de la mano de obra por robots. En efecto, la mayor¨ªa de los estudios realizados en la ¨²ltima d¨¦cada examinan l...
Cuando se analiza la cuesti¨®n del futuro del empleo y la inteligencia artificial (IA) se hace desde dos miradas muy distintas. De un lado, desde la perspectiva de la sustituci¨®n de la mano de obra por robots. En efecto, la mayor¨ªa de los estudios realizados en la ¨²ltima d¨¦cada examinan la probabilidad de desaparici¨®n de determinadas profesiones en el futuro, la destrucci¨®n o creaci¨®n de empleo resultante de los procesos de automatizaci¨®n derivados de IA, etc. Sin embargo, una segunda perspectiva est¨¢ ganando terreno. Esta partir¨ªa de la premisa de que la IA no ser¨¢ un sustitutivo de las personas trabajadoras, sino un complemento. De hecho, los m¨¢s recientes estudios realizados por el Banco Mundial, la OCDE y la OIT apuntan a que la mayor¨ªa de los empleos y profesiones se ver¨¢n afectados por la interacci¨®n humano-IA (un 80% de empleos de todos los sectores y niveles de cualificaci¨®n), mientras que solamente unos pocos empleos resultar¨¢n totalmente sustituidos por una m¨¢quina (se pronostica que entre el 10 y el 15% de los empleos pueden verse sustituidos).
Esta segunda perspectiva en la que la IA ser¨ªa una especie de ¡°compa?ero de trabajo¡± parte de la premisa de que la m¨¢quina no sustituye profesiones completas, sino tareas concretas. De esta forma, una profesi¨®n, compuesta por multitud de tareas, seguir¨¢ existiendo, solo que algunas de estas tareas ser¨¢n complementadas por la m¨¢quina. Esta perspectiva, adicionalmente, plantea otras interacciones, esta vez no ya de complementariedad, sino de subordinaci¨®n a la m¨¢quina.
Actualmente, se est¨¢n viendo cada vez m¨¢s empresas que recurren a la IA como supervisor o mando intermedio en las empresas: fen¨®meno al que se ha llamado ¡°direcci¨®n algor¨ªtmica del trabajo¡±. Aunque en el imaginario colectivo nos cueste entender la idea de una IA como jefe, la l¨®gica detr¨¢s de este movimiento es absoluta.
Una IA, a d¨ªa de hoy, lo que mejor hace es analizar datos y ¡°decidir¡± cu¨¢l es el mejor camino para llegar a un concreto resultado. Esta habilidad es bastante similar a realizada por los mandos intermedios en las empresas. As¨ª, una IA puede ¡°leer¡± miles de CV y decidir cu¨¢l encaja mejor en la empresa, escuchar conversaciones en un call center y calificar a las personas trabajadoras en materia de empat¨ªa, cortes¨ªa y resoluci¨®n de problemas. Tambi¨¦n puede cronometrar, mediante un smartwatch, la velocidad en la que una camarera de piso arregla una habitaci¨®n o limpia un retrete, para, de esta forma, decidir si va suficientemente r¨¢pido de acuerdo con el ¨ªndice de productividad decidido por la propia IA. Por supuesto, ya existen m¨²ltiples casos de despidos ¡°adoptados¡± por una IA. La decisi¨®n partir¨ªa de un ranquin de productividad realizado por esta, conforme a los par¨¢metros que considera adecuados y, aquellos que se encuentran en el percentil inferior, reciben una carta de despido autom¨¢ticamente enviada por la IA.
Los riesgos de tener un algoritmo como jefe saltan a la vista. Se han detectado casos de IA de reclutamiento que discriminaba a las mujeres. Casos en los que el ¨ªndice de productividad, calculado por la IA, no contemplaba un permiso por conciliaci¨®n, siendo despedida autom¨¢ticamente. Casos donde han aflorado problemas de salud mental por ritmos de trabajo inasumibles decididos por la IA y tambi¨¦n se han documentado decisiones algor¨ªtmicas que han provocado accidentes graves y mortales de personas trabajadoras.
Estas cuestiones son tenidas en cuenta por el recientemente acordado Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, regulaci¨®n que clasifica sistemas de IA por niveles de riesgos para las personas. En este sentido, la regulaci¨®n establece que la IA que afecte a las personas trabajadoras y se use para reclutamiento, evaluaci¨®n, determinaci¨®n de salarios, etc., se considerar¨¢ un sistema de alto riesgo.
El problema surge debido a que, como suele ocurrir con regulaciones transversales ¡ªy es el caso de la regulaci¨®n de protecci¨®n de datos tambi¨¦n¡ª, las particularidades del mercado de trabajo no son contempladas por esta nueva regulaci¨®n. Por tanto, aunque el Reglamento Europeo es un gran avance para garantizar que se mantienen los derechos fundamentales y de seguridad y salud en el trabajo de las personas trabajadoras, se considera insuficiente.
Asentado que el mayor reto de la IA no ser¨¢ la destrucci¨®n de empleo, sino la subordinaci¨®n de las personas trabajadoras a las decisiones tomadas por la IA, mejores salvaguardas son necesarias. Cuestiones como las auditor¨ªas de la IA, as¨ª como dotar de recursos a organismos especializados en condiciones de trabajo e IA para que supervisen y auditen el funcionamiento de las IA con objeto de evitar que estas da?en a un ser humano quedan todav¨ªa pendientes. La regulaci¨®n europea debe verse solamente como el primer paso de un largo camino para adaptar los derechos de las personas trabajadoras al mundo del S. XXI.
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