La ¡®omert¨¤¡¯ se impone en las empresas
Ser se?alado como un chivato y el temor a las represalias frenan el uso por los empleados de los canales para denunciar malas pr¨¢cticas
Con una sospecha basta. Es la invitaci¨®n que hacen desde la Asociaci¨®n Espa?ola de Compliance (?ASCOM) a los empleados para que denuncien mala praxis, comportamientos no ¨¦ticos o delictivos de compa?eros o jefes que ponen en peligro la reputaci¨®n, el negocio e incluso la viabilidad de sus compa?¨ªas. Una invitaci¨®n que activa inmediatamente la maquinaria del canal de denuncias implantada o en v¨ªas de hacerlo en el 75% de las grandes empresas, seg¨²n el Estudio sobre l...
Con una sospecha basta. Es la invitaci¨®n que hacen desde la Asociaci¨®n Espa?ola de Compliance (?ASCOM) a los empleados para que denuncien mala praxis, comportamientos no ¨¦ticos o delictivos de compa?eros o jefes que ponen en peligro la reputaci¨®n, el negocio e incluso la viabilidad de sus compa?¨ªas. Una invitaci¨®n que activa inmediatamente la maquinaria del canal de denuncias implantada o en v¨ªas de hacerlo en el 75% de las grandes empresas, seg¨²n el Estudio sobre la funci¨®n de Compliance en las empresas espa?olas 2020 de esta asociaci¨®n. La encuesta revela la escasa utilizaci¨®n que se hace de estos canales (el 51% no recibieron ninguna denuncia, y el 33%, menos de cinco en un a?o) por temor, sobre todo, a ser se?alados como chivatos y a sufrir represalias internas.
Pero hay otras causas que justifican su bajo uso: ¡°Que no sea de f¨¢cil acceso; que el empleado no perciba garant¨ªas de confidencialidad, anonimato y protecci¨®n, o que la empresa no realice suficiente formaci¨®n y divulgaci¨®n del mismo¡±, sostiene la presidenta de ASCOM, Sylvia Ense?at, quien apuesta por la implicaci¨®n directa de los responsables del canal y de la alta direcci¨®n en esta formaci¨®n. Ense?at aboga por la implantaci¨®n de todo un sistema de cumplimiento que, adem¨¢s de un canal de denuncias, cuenta con un c¨®digo ¨¦tico o de conducta, mapa de riesgos y controles de cumplimiento, plan de monitorizaci¨®n e informes al ¨®rgano de administraci¨®n, as¨ª como un equipo que lo gestione. Para el abogado y oficial de cumplimiento del Colegio de Abogados de Barcelona Francisco Bonatti, ¡°los canales de denuncia son una innovaci¨®n brutal para limpiar negocios, pero est¨¢n infrautilizados porque son muy j¨®venes y algunas empresas no tienen arraigada la cultura de cumplimiento. Otras entienden el coste de su implantaci¨®n como un gasto y no como inversi¨®n¡±.
Seg¨²n fuentes del sector, el coste de un canal inform¨¢tico oscila entre 2.000 y 3.000 euros (para empresas de unos 200 empleados), m¨¢s una partida anual de 6.000 euros por consultor¨ªa. En el caso de las pymes, seg¨²n ?IDBO Consultants, aunque las tarifas var¨ªan en funci¨®n de la licencia (anual) y funcionalidades que el cliente elija, el coste de implantaci¨®n comienza en 670 euros (para firmas de menos de 50 trabajadores) con la licencia Starter. Con entre 50 y 99 trabajadores se parte de 1.120 euros con id¨¦ntica licencia. El coste de la consultor¨ªa en canal de denuncias va por bolsas de 10 horas que parten de 1.000 euros. ¡°Si son grandes empresas, la inversi¨®n total oscila de 30.000 a 45.000 euros, incluidas las licencias de uso de aplicaciones y asesoramiento para la implantaci¨®n¡±, apunta el socio del ¨¢rea de Forensics de EY ??igo Sebasti¨¢n de Erice.
Las empresas obligadas a tener un canal de denuncia son las entidades reguladas, las financieras (riesgo blanqueo de capital, mala venta de productos financieros, fraude interno¡), aquellas cuya actividad tenga que ver con contratos y subvenciones con la Administraci¨®n (riesgo corrupci¨®n, tr¨¢fico de influencias¡) y todos los organismos p¨²blicos a excepci¨®n de los ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes. Se incluir¨¢n todas las empresas con m¨¢s de 50 empleados cuando se realice la trasposici¨®n de la Directiva de la UE 2019/1937 sobre canales de denuncia a la legislaci¨®n nacional.
A trav¨¦s de este canal, cualquier trabajador puede denunciar una infracci¨®n, incluidos los que desarrollan su actividad a tiempo parcial, con contratos de duraci¨®n determinada, contratos con ETT, funcionarios o cualquier otro trabajador del sector p¨²blico. Adem¨¢s, las empresas cuentan con la figura del ombudsman corporativo como otro canal de denuncia, que ampl¨ªa su marco a clientes y proveedores para mediar en la resoluci¨®n de conflictos. Se trata de una persona neutral normalmente ajena a la compa?¨ªa. A estos dos canales se une el del departamento de recursos humanos, que ¡°suele canalizar las denuncias relativas a las relaciones internas entre empleados (abuso de autoridad, acoso sexual, discriminaci¨®n¡) y que a menudo son m¨¢s numerosas, seg¨²n Sylvia Ense?at.
An¨¢lisis de riesgos
¡°Los trabajadores denuncian poco porque hay que ser valiente cuando las condiciones no son garantistas¡±, sostiene el profesor de Esade David Murillo. ¡°No se puede aplicar un mismo sistema de cumplimiento. Las empresas se tienen que molestar en hacer sus propios an¨¢lisis de riesgos reputacio?nales, econ¨®micos y distintivos de su cultura, analizando los agujeros negros que afronta su negocio, y asegurar total apoyo y anonimato al trabajador que denuncia¡±.
Murillo aconseja a los trabajadores que ¡°no sean h¨¦roes¡± y que se aseguren de que su empresa est¨¢ comprometida. ¡°Si alguien se ve implicado en una pr¨¢ctica poco clara, debe hacer que se conozca y dejar trazabilidad de su denuncia para que no le afecte. Conviene enviar un correo al oficial de cumplimiento con copia a la direcci¨®n o utilizar la intranet, buz¨®n o plataforma online habilitadas¡±, aconseja. A los m¨¢s expuestos, directivos que operan internacionalmente, los que est¨¢n muy presionados por objetivos de venta exagerados o jefes de compra les advierte: ¡°Es clave que marquen su propio list¨®n ¨¦tico y tomen decisiones frente a la extendida corrupci¨®n gris [pagos de facilitaci¨®n o apertura de negocios, pagos para presentar concursos p¨²blicos, compra de funcionarios¡] porque hay empresas que prefieren no saber c¨®mo genera negocio el empleado y no van a responder por ¨¦l en caso de mala praxis¡±.
Si el trabajador no ve segura la v¨ªa escrita, puede denunciar por la verbal (telef¨®nica o presencial). ¡°Un buen sistema incluye un abogado de confianza, otro externo que asesora legalmente sobre lo que supone presentar una demanda¡±, dice Francisco Bonatti. Y concluye: ¡°No hay que tener miedo de comentar una sospecha porque nadie se va a enterar. Un canal no le va a delatar y, si se equivoca, no pasa nada¡±.
Oficial de cumplimiento
El oficial de cumplimiento es una nueva profesi¨®n derivada de la necesidad de las empresas de demostrar que ¡°hacen sus mejores esfuerzos para cumplir con la legislaci¨®n vigente, sobre todo de cara a su reputaci¨®n, para que terceros conf¨ªen en que cumple con sus compromisos¡±, indica Jos¨¦ Zamarriego, vicepresidente de ASCOM. Es un perfil al que se puede acceder desde cualquier posici¨®n con la adecuada formaci¨®n. ¡°El principal requisito es que sea ¨ªntegro y honesto¡±.
Para ser oficial de cumplimiento hay que conocer el sector, los procedimientos internos de las compa?¨ªas y tener conocimiento hol¨ªstico de muchas variables para poder demostrar ¡°que se est¨¢ evitando desde dentro cometer delitos¡±. Hay mandos que buscan nuevas posiciones y ¡°aqu¨ª tienen una oportunidad¡±, a?ade Zamarriego. A veces provienen del sector legal, pero tambi¨¦n se reconvierten directores financieros, auditores o comerciales. Adem¨¢s, pueden ser contratados por empresas que de forma externa prestan estos servicios a entidades peque?as que carecen de presupuesto para un equipo de cumplimiento interno.