Regalos de Navidad que pueden acabar en despido
Aceptar obsequios sospechosos, como viajes a Punta Cana, a veces choca con la pol¨ªtica antisoborno de la empresa y se considera un acto de corrupci¨®n
Hace a?os que la tradici¨®n de hacer regalos durante las fiestas navide?as se col¨® en las empresas, que en estas fechas suelen agasajar a sus mejores proveedores o clientes con unos vinos o dulces t¨ªpicos, una entrada al f¨²tbol o un jam¨®n, entre otros obsequios. Pero, ojo con este intercambio de detalles porque, en algunos casos, tiene consecuencias. Y es que las compa?¨ªas pueden amonestar e, incluso, despedir a un empleado por aceptar un regalo excesivo. Adem¨¢s, si el gesto se hace para...
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Hace a?os que la tradici¨®n de hacer regalos durante las fiestas navide?as se col¨® en las empresas, que en estas fechas suelen agasajar a sus mejores proveedores o clientes con unos vinos o dulces t¨ªpicos, una entrada al f¨²tbol o un jam¨®n, entre otros obsequios. Pero, ojo con este intercambio de detalles porque, en algunos casos, tiene consecuencias. Y es que las compa?¨ªas pueden amonestar e, incluso, despedir a un empleado por aceptar un regalo excesivo. Adem¨¢s, si el gesto se hace para conseguir un trato de favor, puede incurrirse en un delito de corrupci¨®n, o de soborno si hay de por medio un funcionario.
No existe una regla de oro para saber si el regalo que ha llegado a la oficina o a casa por Navidad deber¨ªa de rechazarse por sospechoso, aunque su valor econ¨®mico o excepcionalidad pueden servir de gu¨ªa tanto para el que lo da como para el que lo recibe. Como explica Mar¨ªa Jes¨²s Hern¨¢ndez, socia de RSM, especialista en penal econ¨®mico y corporate compliance (conjunto de buenas pr¨¢cticas de las que se dota una organizaci¨®n para cumplir con la legalidad), ¡°no hay un criterio unificado de los l¨ªmites cuantitativos, pero, se entiende que est¨¢n admitidos todos los que se encuentren dentro de los usos sociales, de cortes¨ªa, y que tengan un valor m¨ªnimo¡±.
En cualquier caso, el empleado debe acatar la pol¨ªtica ¨¦tica de la compa?¨ªa y rechazar los regalos prohibidos. Eso s¨ª, un primer filtro siempre ser¨¢ el sentido com¨²n: no es lo mismo una botella de vino que un viaje a Punta Cana. Las compa?¨ªas suelen fijar un l¨ªmite de entre 90 y 300 euros por presente. Una barrera que en muchos casos baja a los 50 o 100 euros, afirma Jeannell Alfau, manager de corporate crime & compliance en Ecija. Lo normal, explica la abogada, es que, a la hora de vetar ciertos regalos, las empresas se gu¨ªen por ¡°la posible incidencia que puedan tener en la toma de decisiones de quien los recibe¡±. En el contexto navide?o, apunta, estar¨ªan permitidos obsequios como ¡°botellas de vino, cestas de frutas, d¨¦cimos de loter¨ªa, detalles promocionales o corporativos, as¨ª como invitaciones puntuales a actos sociales o eventos deportivos¡±.
En caso de duda sobre el importe de la d¨¢diva navide?a, lo mejor es dirigirse al responsable de la organizaci¨®n (compliance officer) ¡°y poner a su disposici¨®n la entrada o el presente para que proceda de conformidad con las pol¨ªticas internas de la empresa¡±, recomienda Mar¨ªa Jes¨²s Hern¨¢ndez. Poner la lupa en estos obsequios deber¨ªa ser algo habitual en las organizaciones, opina la abogada. De hecho, su bufete aconseja que las compa?¨ªas exijan el visto bueno del compliance officer cada vez que un empleado ¡°reciba o env¨ªe un regalo a un cliente o proveedor con el que haya relaci¨®n profesional¡±.
Actuar de espaldas a la empresa y quedarse determinados regalos puede considerarse un abuso de confianza. Si es grave, justificar¨ªa el despido disciplinario del trabajador. Como en el caso de dos empleados de banca cesados despu¨¦s de aceptar obsequios como viajes a Punta Cana con acompa?ante, cenas en restaurantes caros y hasta un contrato temporal para sus hijos a cambio de hacer la vista gorda en algunas operaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratific¨® el despido en 2015 de estos dos operarios dando por buena la versi¨®n de los auditores de la entidad. Por el contrario, la justicia andaluza rechaz¨® en 2019 el cese de otra empleada de banca cuyo marido acept¨® la herencia de uno de sus clientes porque, aunque iba en contra del c¨®digo ¨¦tico, no pod¨ªa imponerse a una persona ajena a la entidad.
Riesgo penal
Lo cierto es que desde que las empresas pueden sentarse en el banquillo de los acusados (en Espa?a desde 2010) escudri?an cualquier presente que huela a chamusquina. Cuando se trata de un posible il¨ªcito penal, la vara de medir no es tanto el precio del obsequio, sino que ¡°constituya una contraprestaci¨®n a cambio de un favor irregular¡±, explica Jos¨¦ Mar¨ªa de Pablo, socio y responsable del ¨¢rea penal en Bufete Mas y Calvet. ¡°Hacer un regalo como manifestaci¨®n de afecto, gratitud o buena educaci¨®n navide?a no es ning¨²n delito¡±, puntualiza el abogado.
Por ejemplo, el Tribunal Supremo, en 2017, consider¨® ¡°acto de cortes¨ªa¡± el regalo a unos altos funcionarios de unas botellas de Vega Sicilia y de Ali¨®n valoradas en casi 685 euros porque ¡°no comprometieron la imparcialidad de los aforados¡±.
A diferencia del delito de cohecho, que implica comprar a un funcionario p¨²blico para conseguir, por ejemplo, una contrataci¨®n, la corrupci¨®n en las relaciones comerciales consiste en engatusar con regalos para favorecer indebidamente una venta o una contrataci¨®n de servicios. Como este comportamiento, penado con hasta cuatro a?os de c¨¢rcel, puede salpicar a la organizaci¨®n, ¡°si la empresa considera que hay un acto delictivo debe denunciar al empleado e incoarle un expediente, adem¨¢s de poner los medios necesarios para impedirlo¡±, afirma De Pablo.
Hay que tener en cuenta, agrega Mar¨ªa Jes¨²s Hern¨¢ndez, que con estos il¨ªcitos lo que se protege es ¡°el libre mercado y a los consumidores¡±. Por tanto, se?ala Jeannell Alfau, las empresas beneficiadas por el trasiego pueden ser penalmente responsables siempre que hayan sacado provecho ¡°directo o indirecto¡± e incumplido ¡°gravemente¡± los deberes de ¡°supervisi¨®n, vigilancia y control¡± con el empleado corrupto. Para prevenir, aconsejan las expertas, lo ideal es empapar a la organizaci¨®n de cultura ¨¦tica porque, hasta en Navidad, hay regalos envenenados.
Hacienda y las atenciones navide?as
El tratamiento fiscal de los obsequios que reciben los trabajadores de sus empresas puede suponer un reto para estas. Como señala Marcos González, asociado de Cremades & Calvo-Sotelo, en principio, los regalos deberían de ser incluidos en la nómina de los empleados como retribución en especie, aunque, reconoce, “es muy poco frecuente que las compañías lo hagan”. Por su parte, las mercantiles pueden deducirse los gastos de las atenciones para los trabajadores cuando “esta práctica sea una costumbre seguida en la empresa”, aclara el experto fiscalista. Sin embargo, avisa González, “las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de bienes o servicios que se destinen a obsequios, cenas u otra clase de atenciones navideñas no son deducibles para la compañía”.
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