El Tribunal Supremo anula la candidatura de Aukera Guztiak a las elecciones vascas
La plataforma podr¨¢ recurrir la decisi¨®n en un plazo de dos d¨ªas ante el Constitucional
Los 16 magistrados de la Sala Especial del Tribunal Supremo (TS) han acordado por unanimidad a ¨²ltima hora de la tarde anular la candidatura de Aukera Guztiak (AG) para las elecciones auton¨®micas vascas del 17 de abril, las demandas de impugnaci¨®n presentadas por la Fiscal¨ªa y el Gobierno. En su fallo, los magistrados declaran "no conformes a derecho" las candidaturas de AG y anulan los actos de proclamaci¨®n de estas listas. La plataforma podr¨¢ recurrir esta decisi¨®n ante el Tribunal Constitucional.
Seg¨²n han informado fuentes del alto tribunal, la Sala del Tribunal Supremo regulada en el art¨ªculo 61 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial ha dictado sobre las ocho de esta tarde una sentencia en la que estima los recursos presentados por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal y anula la proclamaci¨®n de las candidaturas presentadas por la AG a las elecciones vascas que tendr¨¢n lugar el pr¨®ximo 17 de abril. El abogado general del Estado, en representaci¨®n del Gobierno, pidi¨® el pasado jueves al Supremo la anulaci¨®n de la candidatura por considerar que ¨¦sta es "una creaci¨®n de ETA" y un instrumento al servicio de la banda terrorista.
La Abogac¨ªa del Estado aport¨® 13 indicios de la presunta vinculaci¨®n de la candidatura con el entramado ETA-Batasuna, como las conversaciones intervenidas en la c¨¢rcel a la dirigente de Batasuna Elisabet Zubiaga con el preso etarra Jorge Garc¨ªa Sertucha y las intervenciones telef¨®nicas de las que da cuenta un auto de la Audiencia Nacional. Por su parte, la Fiscal¨ªa General consider¨® probado en el recurso contencioso electoral presentado tambi¨¦n el jueves que miembros "muy destacados" del complejo de Batasuna han intervenido en el desarrollo de la estrategia dise?ada por la agrupaci¨®n de electores AG. El recurso presentado por el fiscal jefe de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Mariano Fern¨¢ndez Bermejo, observaba en el escrito la coincidencia de los planteamientos de ETA y de Batasuna con la de algunos de los promotores de la citada candidatura.
Tres d¨ªas de deliberaciones
En las alegaciones Aukera aseguraba que sus promotores hicieron p¨²blico un manifiesto en el que quedaba claro que no ten¨ªan "ataduras" ni "compromisos previos con nadie, ni con ETA ni con Batasuna". El manifiesto es, a su juicio, "tan sencillo y democr¨¢tico que nunca podr¨¢ sostenerse que ha sido escrito al dictado o bajo la disciplina de ETA ni para defender los intereses de esta organizaci¨®n". En una nota de prensa emitida esta noche por el Supremo, se se?ala que el fallo de la sentencia indica que los magistrados han acordado estimar los recursos contencioso-electorales deducidos por la Abogac¨ªa del Estado y el Ministerio Fiscal, "impugnando los Acuerdos de las Juntas Electorales de los Territorios Hist¨®ricos de ?lava, Guip¨²zcoa y Vizcaya de fecha 21 de marzo de 2005", por los que se proclaman las candidaturas presentadas a las elecciones al Parlamento Vasco en relaci¨®n a AG.
Adem¨¢s, la Sala, llamada Sala del 61, ha acordado declarar no conformes a derecho y anular los actos de proclamaci¨®n de la citadas candidaturas, y "no hacer especial pronunciamiento en relaci¨®n a las costas procesales". La decisi¨®n de la Sala Especial del Supremo, presidida por Francisco Jos¨¦ Hernando, se produce despu¨¦s de tres d¨ªas de deliberaciones de los magistrados, que tambi¨¦n han analizado las alegaciones presentadas ayer por AG a las impugnaciones. Ayer, la Sala Especial acord¨® que no se entregara, por motivos de seguridad, el censo electoral a la candidatura impugnada, tal y como hab¨ªa solicitado la Abogac¨ªa del Estado.
El Supremo ya adopt¨® una decisi¨®n similar cuando se impugnaron las listas de Herritarren Zerrenda (HZ) a las elecciones europeas celebradas el 13 de junio del pasado a?o por su relaci¨®n con Batasuna. En aquella ocasi¨®n, el Alto Tribunal entendi¨® que "la obtenci¨®n de los datos censales actualizados por los ciudadanos podr¨ªa conllevar un potencial e important¨ªsimo riesgo para la seguridad de muchos de ellos". El fallo del Supremo puede ser recurrido por AG ante el Tribunal Constitucional en el plazo de dos d¨ªas naturales a partir de que sea notificada la resoluci¨®n. El Constitucional tendr¨ªa que pronunciarse antes del 1 de abril, fecha de comienzo de la campa?a electoral en el Pa¨ªs Vasco.
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